El Poder Ejecutivo promulgó un conjunto de reglas excepcionales, aprobadas por el Congreso de la República, para la realización de las Elecciones Generales 2021. Estas disposiciones se dan en el marco del estado de emergencia sanitaria a nivel nacional debido a la pandemia del coronavirus (COVID-19). La elecciones se realizarán el domingo 11 de abril.
Según la Ley Nº 31038, publicada este sábado en el diario oficial El Peruano, las elecciones internas de los partidos políticos serán organizadas por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) se encargará de elaborar el padrón de electores. Esta lista será elaborada en base a la información proporcionada por el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
MIRA: Lizárraga pide a la JNJ investigación de oficio a fiscales Tomás Gálvez y Víctor Rodríguez
Asimismo, la organización política determinará los requisitos, la modalidad de inscripción y el número de sus postulantes a candidatos que tendrá, de acuerdo a su normativa interna. Las candidaturas a las elecciones internas se presentan ante la misma organización política. Estas elecciones internas se realizarán conforme al calendario fijado por el JNE.
Otra de las disposiciones es que los candidatos en las elecciones internas deben estar afiliados a la organización política por la que deseen postular y registrar dicha afiliación en el ROP del JNE, como máximo hasta el 30 de setiembre de este año. Además, el partido puede establecer mayores requisitos a los señalados.
En el caso de las organizaciones políticas en vías de inscripción, los candidatos en las elecciones internas deben estar en la relación de afiliados presentada por la organización política en su solicitud de inscripción ante el ROP del JNE. Esta solicitud de inscripción debe ser presentada como máximo, también, hasta el 30 de setiembre.
Por otro lado, las elecciones internas se podrán realizar en dos modalidades: voto universal o a través de los delegados. Para ambas, la ONPE emitirá el reglamento correspondiente.
Otras medidas
Las mesas de votación para las elecciones 2021 deberán instalarse antes de las 7:00 a.m. y el proceso electoral concluirá a las 7:00 p.m. Solo en caso todos los electores de la mesa de sufragio hubiesen votado, el presidente de la mesa de sufragio puede declarar terminada la votación antes de dicha hora.
Las personas en grupos de riesgo para COVID-19, identificadas por la Autoridad Nacional Sanitaria de conformidad con las normas emitidas por el Poder Ejecutivo, están exentas del pago de la multa por omisión al sufragio o de inasistencia a la integración de las mesas de sufragio.
El JNE deberá habilitar una plataforma virtual para el trámite de justificación o dispensa, y emitir el reglamento respectivo. La ONPE debe hacer lo propio en relación al trámite de excusas para ser miembro de mesa. Todos los trámites serán gratuitos.
La capacitación de los miembros de mesa, personeros y del personal involucrado en el desarrollo del proceso electoral puede ser desarrollada a través de medios virtuales, para lo cual los organismos electorales, en el ámbito de sus funciones, deben dictar las disposiciones que correspondan.
La instalación de las mesas de sufragio y los procesos de votación manual o electrónica, y de escrutinio de los votos, así como el acopio de actas y ánforas, deben realizarse garantizando todas las medidas de control y seguridad sanitarias que determinen la ONPE y el Ministerio de Salud (Minsa).
El pasado 7 de agosto, por 76 votos a favor, 10 en contra y 35 abstenciones, el pleno del Congreso aprobó el texto sustitutorio de la Comisión de Constitución sobre las reglas transitorias para los comicios generales del próximo año.
La norma promulgada este sábado lleva las firmas del presidente Martín Vizcarra y del jefe del Gabinete Ministerial, Walter Martos.