El Apra solo logró presentar la solicitud de inscripción de la plancha presidencial y la lista de candidatos al Parlamento por Arequipa, Junín y para representantes de los peruanos que residen en el extranjero. (Foto: Violeta Ayasta / GEC)
El Apra solo logró presentar la solicitud de inscripción de la plancha presidencial y la lista de candidatos al Parlamento por Arequipa, Junín y para representantes de los peruanos que residen en el extranjero. (Foto: Violeta Ayasta / GEC)
Redacción EC

El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1 concedió un recurso de apelación al contra la Resolución N° 00043-2020-LC1-JNE, del 27 de diciembre, que había declarado improcedente otra apelación por la inscripción de su lista congresal.

Mediante la Resolución N° 00114-2020-JEE-LIC1/JNE, se dispuso remitir los actuados al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) dentro de las 24 horas, para que resuelva conforme a ley.

El último miércoles 30 de diciembre se había declarado inadmisible el escrito de apelación presentado por el personero legal del Apra, por cuanto no había adjuntado la tasa correspondiente, y se le concedió un día hábil para subsanarlo.

“El personero legal de la organización política Partido Aprista Peruano, con fecha 31 de diciembre de 2020, adjunta a su escrito de subsanación el voucher de pago por la tasa correspondiente, además adjuntó la papeleta de habilitación del abogado que autoriza el escrito”, refirió.

“En tal sentido, corresponde a este Órgano Electoral conceder dicho recurso y elevar el presente expediente al Pleno del Jurado Nacional de Elecciones para que proceda de acuerdo a sus atribuciones”, añadió el órgano electoral.

Decisión del JEE Lima Centro 1 sobre el Apra. (Foto: JEE Lima Centro 1)
Decisión del JEE Lima Centro 1 sobre el Apra. (Foto: JEE Lima Centro 1)
Decisión del JEE Lima Centro 1 sobre el Apra. (Foto: JEE Lima Centro 1)
Decisión del JEE Lima Centro 1 sobre el Apra. (Foto: JEE Lima Centro 1)

El pasado 27 de diciembre el Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 rechazó el pedido del Apra para culminar el proceso de inscripción de las listas de candidatos al Congreso de la República y al Parlamento Andino. El JEE de Lima Centro 2 ya había declarado improcedente la solicitud de la agrupación política el pasado 25 de diciembre.

La resolución N° 00043-2020-JEE-LIC1/JNE señala que el personero legal de la agrupación política, José Pimentel Aliaga, esperó registrar su solicitud de inscripción el último día y a falta de una hora para cerrar el sistema informático, por lo que no cumplió con su “deber de diligencia”.

Además, el documento señala que no es válido el argumento según el cual “el sistema presentó fallas” al momento de la inscripción, pues el partido sí pudo cumplir el trámite de inscribir a sus candidatos de la fórmula presidencial.

El martes 22 de diciembre venció el plazo para la inscripción de candidatos a la Presidencia, Congreso de la República y Parlamento Andino.

En el caso del Partido Aprista, solo logró presentar la solicitud de inscripción de la plancha presidencial y la lista de candidatos al Parlamento por Arequipa, Junín y para representantes de los peruanos que residen en el extranjero. Se quedaron fuera 24 listas, entre ellas la de postulantes al Parlamento por Lima.

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