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![El MEF aprobó el otorgamiento de un crédito suplementario a favor del Congreso. (Foto: GEC)](https://elcomercio.pe/resizer/v2/42SQUDQ2CFERXDN2V7NBMEM6HM.jpg?auth=38c4ad9d1c9b00ae9ce327f152a3d24da0fadd4875d996acec12b99f5448ff0c&width=580&height=330&quality=75&smart=true)
El Gobierno autorizó un crédito suplementario por más de S/50 millones a favor del Congreso de la República, con la finalidad de financiar gastos de personal, servicios y equipamiento. El decreto supremo lleva la firma de la presidenta Dina Boluarte y del ministro de Economía y Finanzas, José Arista.
El Decreto Supremo Nº 044-2024-EF fue publicado pocos días de la presentación del jefe del Gabinete Ministerial, Gustavo Adrianzén, ante el pleno del Parlamento, para pedir el voto de confianza, previsto para el miércoles 3 de abril.
Los S/50 millones 430 mil 449 serán destinados a gastos corrientes (personal y obligaciones sociales; pensiones y otras obligaciones sociales; y bienes y servicios) y de capital (adquisición de activos no financieros).
El decreto supremo también precisa que los recursos del crédito suplementario no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales han sido incorporados.
![Decreto supremo que aprueba crédito suplementario a favor del Congreso. (Foto: El Peruano)](https://elcomercio.pe/resizer/v2/BH6DXBP3YNEYZMWARUI6UGHCNQ.jpg?auth=894346a65359c1a3d980e1a2204cf8a0afafc601ded41e6070fe56371b9daabd&width=620&quality=75&smart=true)
![Decreto supremo que aprueba crédito suplementario a favor del Congreso. (Foto: El Peruano)](https://elcomercio.pe/resizer/v2/OYUAVTH6KZBC3CHIQWX774H6WA.jpg?auth=97f8a323280eee1df7e970dadc7822006f43df2c084baa9f4dd8518e62cb7099&width=620&quality=75&smart=true)
También refiere que la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el MEF, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas partidas de ingresos, finalidades y unidades de medida.
Del mismo modo, instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la norma.
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