Jorge Ramírez fue separado del cargo de procurador ad hoc para el caso Lava Jato (Foto: GEC)
Jorge Ramírez fue separado del cargo de procurador ad hoc para el caso Lava Jato (Foto: GEC)
René Zubieta Pacco

Poco más de dos años y seis meses permaneció como procurador público ad hoc para los casos que involucran a la empresa y otras. Su alejamiento se debe a la decisión del recientemente designado primer procurador general del Estado, Daniel Soria Luján.

Luján hizo uso de las atribuciones que le da el Decreto Legislativo N°1326 de enero del 2017, que reestructuró el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y creó la Procuraduría General del Estado.

El reglamento de dicha norma faculta al procurador general cesar las funciones de los procuradores públicos en actividad, previa aprobación del Consejo Directivo, órgano colegiado de mayor nivel jerárquico de la Procuraduría General. Ello considerando además que los procuradores responden a un “cargo de confianza”.

¿Pero qué funciones tenía Jorge Ramírez como procurador ad hoc? El término ad hoc se refiere a una acción adecuada, apropiada o dispuesta solo para un fin determinado.

Así, de acuerdo a la norma que lo designó en agosto del 2017, Ramírez fue nombrado “procurador público ad hoc para que ejerza la defensa jurídica de los derechos e intereses del Estado peruano ante los órganos jurisdiccionales y no jurisdiccionales, nacionales e internacionales, en las investigaciones y procesos vinculados a delitos de corrupción de funcionarios, lavado de activos y otros conexos en los que habría incurrido la empresa Odebrecht y otras”.

Como parte de sus labores, Jorge Ramírez participó de las negociaciones para, junto al equipo especial de la fiscalía para el Caso Lava Jato, arribar a un acuerdo de colaboración eficaz con la empresa Odebrecht, el cual fue aprobado por el Poder Judicial. Él estableció la reparación civil en S/610 millones.

Además, hace unos días, la procuraduría ad hoc para el Caso Lava Jato solicitó al equipo especial que se incorpore a la empresa y a sus exejecutivos en la investigación al proyecto Gasoducto Sur Peruano, luego de que Odebrecht presentara la demanda arbitral.

La procuradora adjunta Silvana Carrión pidió a la fiscal Geovana Mori, a cargo de la investigación, que incorpore a Barata y a otros exejecutivos, “una vez que verifique los alcances de la ratificación de responsabilidad en este caso”.

Carrión advirtió que “el no reconocimiento de culpabilidad por parte de la empresa Odebrecht evidenciaría la no voluntad de colaboración con las autoridades peruanas”.

En fin de semana, el renunciante ministro de Energía y Minas, Juan Carlos Liu Yonsen, reveló que fue Ramírez quien “pidió” una reunión el último 9 de enero con representantes de la empresa Odebrecht. “Lo que nos señala el procurador Jorge Ramírez era que la empresa Odebrecht requería una reunión informativa para que le expliquemos cómo iba el proyecto del SIT Gas [antes gasoducto del sur], porque ellos decían que, en función de esto, la pretensión de la empresa de plantear a futuro una querella se desvanecía si el Estado aseguraba que el proyecto iba hacia adelante”, manifestó.

Cabe recordar que Odebrecht, finalmente, decidió presentar una demanda arbitral contra el Estado Peruano por la cancelación del contrato con el consorcio Gasoducto Sur Peruano en el 2017, aduciendo que esto le trajo perjuicios con acreedores y aseguradores internacionales. Por tanto, pide una indemnización de US$1.200 millones.

En diálogo con El Comercio sobre el asunto hace unos días, Ramírez dijo tomar con “cautela y serenidad” la demanda arbitral, y aseveró que el acuerdo de colaboración eficaz no está en riesgo. “La documentación de Odebrecht dada a raíz del acuerdo de culpabilidad, y otros, puede ser utilizada por el Estado peruano en su defensa”, aseguró.

Como parte de sus funciones, a Ramírez también se le vio participar en interrogatorios a exfuncionarios de Odebrecht y OAS en Brasil; así como gestionar embargos de bienes a investigados y empresas con el fin de que el Estado pueda asegurar los pagos de eventuales reparaciones civiles.

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