La Junta Nacional de Justicia (JNJ) sancionó con 30 días de suspensión en el cargo al juez supremo César San Martín. El informe se basa en su actuación dentro de un proceso judicial familiar develado en un audio de Los Cuellos Blancos del Puerto.
La decisión de sancionar fue por unanimidad, mientras que el plazo de la sanción fue acordada en mayoría. El integrante de la JNJ, Guillermo Thornberry, dijo que debían ser tres meses de sanción.
Como se recuerda, según un audio difundido, el magistrado supremo llamó al expresidente de la Corte Superior de Justicia del Callao, Walter Ríos, para solicitarle que hable con la jueza a cargo de un proceso de interdicción seguido contra un familiar, y acelere los trámites administrativos.
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“Considerando el uso del acto abusivo, este ponente concluye que la conducta atribuida constituye un abuso de la conducción de juez”, se indicó.
Esto debido a que la conducta atribuida “resulta ser indebida” al querer defender sus intereses por vías distintas a las regulares y “es indebida” porque atenta contra la Ley de Carrera Judicial (inciso 17 del artículo 34) que exige al juez guardar una conducta intachable.
Según las conclusiones del proceso disciplinario iniciado en su contra en febrero del 2020, habría incurrido en una “falta grave” prevista en el numeral 47 inciso 15 de la Ley de Carrera Judicial, y disponer la inscripción de la sanción.
La JNJ sostuvo que existía atenuación en la sanción debido a que la actuación del juez supremo, fue para proteger a una persona discapacitada que era parte de un proceso judicial de interdicción. Además, porque no quería influir sobre el sentido de un fallo, ya que este ya había sudo resuelto y confirmado en segunda instancia; sino que pedía que sea notificado a las instituciones correspondientes.
El hecho se vincula a la llamada que San Martín Castro realizó a Walter Ríos el 14 de mayo del 2018, a fin de que hablara con el juez que tenía a su cargo un proceso para que su hermana sea declarada “interdicta” (restricción para el ejercicio de ciertos derechos) por tener incapacidad mental.
Ríos Montalvo, según la fiscalía, es investigado como uno de los principales actores dentro de la organización criminal Los Cuellos Blancos del Puerto.
Hechos probados
Según el informe, San Martín estaba prohibido de intervenir en la causa procesal de su hermana, pues solo puede intervenir en una causa propia. Es decir, donde él sea el demandado.
“En ese orden de ideas cualquier actuación como litigantes no puede ser considerada como causa propia. Es por ello que su actuación como litigante en el proceso contra su hermana se encuentran fuera de los alcances de la norma establecida y por tanto están legalmente prohibido”, se indica.
Otro aspecto es que la trayectoria de San Martín es reconocida públicamente y en el ámbito judicial, por lo que en la llamada que hizo a Ríos no necesitaba poner su cargo en evidencia para ser identificado sobre su condición de juez supremo.
Además, se advierte que la llamada la hizo el exjuez Ríos se hizo desde el teléfono institución que se le asignó en la Corte Suprema y a través de su secretaria, quien dijo que llamada venía desde el despacho del juez San Martín. Entonces, se establece la vinculación del despacho con la condición de juez que ejercía.
Por tanto, debido a ello, no es atendible su excusa de que jamás invocó su condición de juez supremo o su jerarquía para ser atendido o favorecido.
Ello, leyó Váquez, sumado a que no cualquier persona tiene la oportunidad de que su llamada sea atendido directamente por un juez. “El mensaje que se daría es que el juez estaría por encima de la ley, menoscabando la confianza”, anotó.
No hubo abuso del cargo
En la sesión de descargos, realizada hace dos semanas, el abogado Carlos Caro, defensa del juez supremo, se presentó esta mañana ante el pleno de la JNJ, solicitando que se rechace la propuesta de suspensión contra su patrocinado.
Resaltó que el pedido que su patrocinado le hizo a Ríos, no fue atendido. Pese a que la llamada fue en marzo del 2018, recién el 30 de mayo de ese año, el juzgado emitió los escritos correspondientes sobre la situación de su hermana, hacia el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) y los Registros Públicos.
“En la Ley de Carrera Judicial, lo que se sanciona es el abuso de la posición del cargo, de la posición de juez supremo. En la llamada no hay ninguna referencia a la posición de poder del doctor San Martín. El doctor San Martin no dice te llama César San Martín, juez de la Corte Suprema, presidente de la Sala Penal Permanente, expresidente del Poder Judicial. No dice nada, es una llamada pura y simple”, remarcó Caro.
En otro momento, informó que tanto el Ministerio Público, el Comité de Ética del Poder Judicial y la Comisión de Acusaciones del Congreso, concluyeron que no hubo acuso del cargo.
También rechazó que se pueda configurar un “trato favorable” el haber usado el teléfono del Poder Judicial y pedirle a su secretaria que marque el número telefónico para hacer la llamada a Ríos.
“¿Hizo bien con es llamada, usando una expresión impropia como “presionar”? Seguramente no, eso queda en el plano de la moralidad o ética. estamos discutiendo aquí la legalidad. Tipicidad administrativa, el artículo 47 de la Ley de Carrera Judicial es preciso, abuso de cargo. Tres órganos han dicho que no hay. Y, si es que había una trato favorable, era para una persona con discapacidad y no para él”, concluyó.
El Pleno de la JNJ suspendió la sesión para debatir la propuesta del informe final y retomarán la sesión para emitir su votación.
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