Entre las actividades que quedarán suspendidas se encuentran los eventos académicos y extrajurisdiccionales que provocan confluencia de personas, los viajes de jueces y funcionarios al interior del país o extranjero por motivos de la función.  (Foto: GEC)
Entre las actividades que quedarán suspendidas se encuentran los eventos académicos y extrajurisdiccionales que provocan confluencia de personas, los viajes de jueces y funcionarios al interior del país o extranjero por motivos de la función. (Foto: GEC)
/ GESTION > Diana Chavez Zarate
Redacción EC

El Consejo Ejecutivo del (CEPJ) aprobó este miércoles un protocolo que regula cómo se llevará a cabo el progresivo retorno a las actividades jurisdiccionales cuando se levante el estado de emergencia por el (COVID-19).

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El protocolo fue aprobado mediante Resolución Administrativa N° 129-2020-CE-PJ. Se basa en un período de 30 días calendario posteriores al levantamiento de la medida.

La directiva busca la reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos en forma progresiva, la regularización de la carga procesal y administrativa interrumpida por la suspensión de labores, además de la garantía de la prestación del servicio a la ciudadanía en el período posemergencia.

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Entre las actividades que quedarán suspendidas se encuentran los eventos académicos y extrajurisdiccionales que provocan confluencia de personas, así como los viajes de jueces y funcionarios al interior del país o el extranjero por motivos de la función.

Precisa, asimismo, que los magistrados tendrán dos turnos de trabajo: lunes, miércoles y viernes; y martes, jueves y lunes siguiente. El horario también será modificado y correrá desde las 8:00 a.m. a la 1:00 p.m. Con esta disposición la asistencia será reducida al 50% en cada oficina.

El documento fue propuesto por el juez supremo e integrante del CEPJ Héctor Lama More y elaborada en coordinación con la Gerencia General del Poder Judicial.

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