(Foto: El Comercio)
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Paolo Benza

La jueza María de los Ángeles Álvarez finalmente emitió una resolución. El documento, , implica que se le devuelvan a S/524 millones del saldo de la venta de la hidroeléctrica Chaglla que se mantenían retenidos en un fideicomiso administrado por la unidad funcional del Ministerio de Justicia. Entender este fallo, sin embargo, es complicado.

Pese a que la magistrada declara improcedente el pedido de reembolso hecho por la empresa, indica también que no hay controversia alguna respecto a su sentencia de homologación. De ello se desprende que el dinero deberá ser devuelto, porque así lo convinieron las partes en su acuerdo de colaboración. Y aunque especifica que sí se refería a investigaciones preliminares en una cláusula que añadió cuando homologó el acuerdo, indica que esto no bloquea de ninguna manera la devolución.

¿Cómo se interpreta lo resuelto por Álvarez? ¿Es correcto su razonamiento? El Comercio conversó con tres abogados penalistas para responder a estas preguntas.

-No hay controversia, sí devolución-

Pese a que Álvarez declara improcedente el pedido de Odebrecht para que se le devuelvan los S/524 millones, que esto significa que el dinero debe devolverse. ¿Por qué? Según el penalista Carlos Caro, la jueza declara improcedente la demanda porque su posición es que no hay controversia que resolver respecto a la sentencia de homologación del acuerdo.

“Los contratos se tienen que cumplir tal y como se firmaron y por ese lado la fiscalía y el Poder Judicial están supeditados al acuerdo de colaboración eficaz. La jueza, entonces, ha dicho que ya hay un acuerdo y no hay nada que dilucidar porque se tiene que cumplir lo acordado”, asegura Caro. Es decir, la demanda se declara improcedente no porque la devolución no deba darse, sino porque la jueza considera que no hay ningún problema sobre el que deba pronunciarse.

Esto se expresa claramente en uno de los párrafos de la resolución. “En el presente caso, este órgano jurisdiccional no encuentra situación controversial que dirimir en ejecución de la sentencia”, afirma Álvarez. Además, agrega que en el acuerdo los involucrados —fiscalía, procuraduría y empresa— habían acordado que el dinero de la venta de Chaglla debía ser devuelto.

En esa línea, la jueza también resalta que hoy las tres partes “se encuentran en consenso para la devolución del saldo de la venta de Chaglla” como segunda razón importante para dar su fallo.

-Sí eran preliminares, pero no hay problema-

Asimismo, Álvarez precisa que la cláusula que agregó, y que decía que antes de la devolución del dinero la fiscalía debía informar que la empresa no tenía “investigaciones o procesos penales en curso”, sí se refería a investigaciones preliminares. Esto contradice la interpretación hecha por la fiscalía en un informe elevado al Ministerio de Justicia hace dos meses, en la que se interpretaba la palabra “investigación” solo como una preparatoria.

“Desde mi punto de vista, las investigaciones siempre incluyeron a investigaciones preliminares. La jueza está sosteniendo algo que va en contra de la interpretación del equipo especial [de fiscales del caso Lava Jato]”, explica el penalista Rafael Chanjan. Sin embargo, la jueza indica en su resolución que esta cláusula solo pretendía ser “una herramienta” para la fiscalía en caso la empresa no aceptase responsabilidad —y, por ende, accediese a colaborar— en los nuevos casos.

“[La jueza] está diciendo que aunque haya otras investigaciones preliminares, como la sentencia del acuerdo de colaboración dice que a la fiscalía le corresponde elevar el informe y decidir si las hay, entonces sí se puede inaplicar la ley 30737 [y devolverse el dinero]. La fiscalía está usando ese poder bajo su criterio y está diciendo que las investigaciones preliminares no impiden la devolución”, explica Chanjan.

Según Caro, la jueza igual corrige la interpretación de la fiscalía: “hubo un error en la fiscalía al tratar de decir que no existían otras investigaciones preliminares”.

-El espíritu del acuerdo-

¿Es correcta esta resolución judicial para los penalistas? "El espíritu de la sentencia que homologó el acuerdo es que no existan deudas pendientes. Es decir, que no haya investigaciones de las que emane una reparación sin que se haya aceptado responsabilidad”, dice Caro. Esto significa que la cláusula añadida por Álvarez a la sentencia del acuerdo de colaboración debe entenderse junto al resto del texto. Y en su párrafo 144, este ya hacía referencia a otras investigaciones en curso.

“Lo que dice la jueza va en perfecta consonancia con lo que había pensado que iba a resolver. Desde una perspectiva de coherencia con su sentencia, no podía resolver de otra manera. Con su cláusula ella le dio un instrumento a la fiscalía para que no quede atada de manos por el acuerdo ante nuevos casos, pero no había intención de bloquear el desembolso si se analiza todo el resto del acuerdo. No había claroscuros respecto a eso”, dice el penalista Antonio Maldonado.

-Cuándo-

Este Diario pudo conocer que la resolución de Álvarez ya ha movido las tuercas del aparato judicial. a la jefa de la unidad funcional de Ministerio de Justicia, Cecilia García Díaz, encargada de administrar el fideicomiso donde está retenido el dinero de la venta de Chaglla.

El objetivo de la reunión, a la que también asistirán el fiscal superior Rafael Vela y la procuradora adjunta Silvana Carrión, es brindar alcances y realizar preguntas sobre la liberación de los S/524 millones. Será una reunión informativa, pudo conocer El Comercio.

“Si la unidad funcional exigiera un nivel de comunicación formal, tanto procuraduría como fiscalía están facultados a pedir la liberación del dinero. Pero entiendo que deben proceder de oficio. Si no devolviera el dinero estaría desacatando una decisión jurisdiccional”, dice Maldonado. Caro coincide en que la devolución debería realizarse de manera automática por parte de la unidad funcional.

El Ministerio de Justicia y Odebrecht declinaron de responder para la elaboración de esta nota.

-Miembros del Congreso disuelto en contra-

Luego de que El Comercio revelara que el fallo de Álvarez implica la devolución del dinero, la integrante de la Comisión Permanente del Congreso por Fuerza Popular Karina Beteta cuestionó la decisión. Beteta criticó la lucha anticorrupción del gobierno, pese a que la decisión había sido tomada por una jueza.

“La gran lucha contra la corrupción de este gobierno golpista resulta siendo una gran burla al país y principalmente al pueblo huanuqueño, que sigue esperando desarrollo, atención del Estado e indemnización por la hidroeléctrica de Chaglla, pero a Odebrecht todas las gollerías”, escribió en su cuenta de Twitter.

Por su parte, el integrante del Congreso disuelto por Acción Popular Víctor Andrés García Belaúnde también expresó su malestar por la decisión tomada por la jueza Álvarez. “Sucedió lo anunciado. Corrupta Odebrecht le sigue ganando al Perú. Ahora se lleva S/524 millones más, sin garantizar pagos de S/610 millones del acuerdo [de colaboración] a 15 años, ni pagar S/450 millones a Cofide, ni retirar sus demandas contra el Perú. ¿Apelará procurador?”, afirmó.



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