las 8:36 de la noche, Keiko Fujimori, lideresa del partido político Fuerza Popular (FP), salió en libertad luego de permanecer trece meses en prisión. La excongresista continuará siendo investigada por la presunta recepción de dinero ilícito para sus campañas electorales del 2011 y 2016, cuando postuló a la presidencia del Perú.
“El Tribunal Constitucional ha corregido un gran daño en un proceso lleno de abusos. Me corresponde seguir enfrentando la investigación y seguir colaborando con la justicia. En esos casi 400 días tuve la oportunidad de reflexionar y darme cuenta que he podido hacer mejor. Salgo del penal anexo de Chorrillos para ayudar a miles de hombres y mujeres que están en las cárceles sin sentencia. Me voy a tomar un tiempo para reencontrarme con mi familia y recuperar mi salud y decidiré que haré en esta etapa de mi vida. Los invoco a dejar de lado los odios y a trabajar juntos”, exclamó Keiko Fujimori.
“Es el momento más doloroso de mi vida, quiero dar gracias a Dios por haberme dado fuerzas para resistir. Gracias Mark por su amor y por su sacrificio. Gracias a mis hijas por ser mi fuente de esperanza, gracias a mi familia, a mis amigos, a los miembros del partido, a los simpatizantes que me acompañaron. Gracias a las voces que se sumaron al debido proceso. Gracias al INPE por su trato profesional y humano”., remarcó.
Su esposo Mark Vito Villanella la esperó en la puerta del Penal Anexo de Mujeres de Chorrillos, junto a Giulliana Loza, abogada de la excandidata presidencial. También llegó al lugar el dirigente fujimorista Luis Galarreta.
A las 6 de la tarde, el fiscal José Domingo Pérez anunció que solicitó al procurador del Ministerio de Justicia que plantee la nulidad de la sentencia del TC. Indicó que este pedido es independiente a si Keiko Fujimori es o no excarcelada hoy.
A las 5:40 de la tarde, en Canal N, el jefe del Instituto Nacional Penitenciario, César Cárdenas, informó que están haciendo todo lo posible para que Keiko Fujimori salga hoy de prisión.
“Estamos tratando de que esto pueda ser [resuelto] en máximo dos horas más, felizmente no tenemos el volumen de excarcelaciones de ayer, que era bastante, que no nos permitía hacer las corroboraciones correspondientes. El Poder Judicial está dando las facilidades a efectos de poder hacer las verificaciones”, explicó.
A las 5 de la tarde, la abogada de Keiko Fujimori, Giuliana Loza, señaló que se comunicaron con la Defensoría del Pueblo para monitorear el trámite de excarcelación. “Esperamos sinceramente, que después de un año de una prisión tan dolorosa para la familia Fujimori, no se busque ningún tipo de excusa para prolongar más la espera de sus niñas. Todo está en manos del Poder Ejecutivo ahora”, añadió Loza.
A las 5:22 de la tarde, Loza invocó al INPE y al Ministerio de Justicia que cumplan “en el más breve plazo” con ejecutar el fallo del TC. “Ella está muy atenta”, indicó en las puertas del penal.
-Varias horas de trámite-
Poco antes de las 3 de la tarde, el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) informó que hasta ese momento no había recibido la orden de excarcelación.
“Una vez recibida la documentación se iniciarán los procedimientos de verificación de mandatos judiciales vigentes junto con las demás liberaciones que disponga el PJ”, indicó en su cuenta de Twitter.
Al promediar las cuatro de la tarde de este viernes, la Corte Superior de Lima informó que la magistrada Rosa Elisa Amaya Saldarriaga del 20 Juzgado Penal de Lima, envió al INPE un oficio junto a la resolución que ordena la excarcelación.
El documento, llegó tras un trámite administrativo que inició a horas de la mañana, luego el Tribunal Constitucional (TC) notificara a la Procuraduría del Poder Judicial (PJ) la resolución que en mayoría amparó el recurso de habeas corpus a favor de la excandidata presidencial.
Luego de ello, en el TC se consideró que la notificación debía ser remitida a la Sala Penal de Apelaciones y al juzgado de investigación preparatoria que ordenó la prisión preventiva. Sin embargo, el expediente finalmente fue enviado al promediar el mediodía a la Segunda Sala Penal para Procesos con Reos Libres.
“El Tribunal Constitucional lo está devolviendo a la Segunda Sala Especializada en lo Penal para procesos con reos libre de la corte de lima. Esta luego debe remitirla a un juzgado y este finalmente al Inpe”,
Como se recuerda, dicho colegiado ratificó en segunda instancia la decisión de rechazar el recurso de habeas corpus que interpuso Sachie Fujimori, a favor de su hermana Keiko. Posteriormente, dicho tribunal derivó el expediente al 20 Juzgado
Penal de Lima que fue el despacho que en primera instancia declaró improcedente el recurso constitucional.
En esa línea, la magistrada Amaya Saldarriaga dispuso la excarcelación de la excandidata presidencial.
“Ordena, la inmediata libertad de la ciudadana Keiko Sofía Fujimori Higuchi; medida que se hará efectiva siempre y cuando no registre mandato de detención pendiente emanado por autoridad judicial competente a nivel nacional”, se lee en la resolución.
En diálogo con El Comercio, Giulliana Loza, abogada de Keiko Fujimori, sostuvo que todo ya estaba en las manos del Inpe.
“Espero que salga hoy, el Inpe puede notificar inmediatamente al penal”, sostuvo.
Fuentes del INPE indicaron que de no ser excarcelada hoy, deberán ejecutar la medida el sábado por la mañana.
-Nota original-
Ayer, el Tribunal Constitucional (TC) publicó el fallo sobre el hábeas corpus con el que, por mayoría, se anuló la prisión preventiva que le impuso el Poder Judicial (PJ) como parte de la investigación por los delitos de lavado de activos y organización criminal por el Caso Odebrecht. La notificación al PJ para que ejecute la excarcelación se realizó hoy en la mañana.
Los fundamentos de los siete magistrados quedaron separados en tres bloques. El primero está compuesto por los argumentos de Ernesto Blume –presidente del TC y ponente del caso–, José Luis Sardón y Augusto Ferrero, quienes le dieron la razón a la defensa de Fujimori en su totalidad. El segundo, por el voto de Carlos Ramos, que falló a favor de la libertad, con un sustento distinto, pero que al final sumó los cuatro votos necesarios para acoger el recurso.
El tercero es la posición en conjunto de Manuel Miranda (vicepresidente del TC), Marianella Ledesma y Eloy Espinosa-Saldaña, quienes votaron en contra y en minoría, al considerar que la excongresista debía continuar en prisión preventiva.
1-Afectación a la libertad personal y crítica a los fallos
La resolución conjunta firmada por los magistrados Blume, Sardón y Ferrero concluye que la falta de motivación y corroboración de los elementos de convicción contra Fujimori Higuchi llevaron a que se dicte una prisión preventiva inconstitucional, afectando su derecho a la “libertad personal”.
Remarcaron que las instancias judiciales no sustentaron de manera “explícita” cómo es que la excongresista obstaculizó las investigaciones del equipo especial Lava Jato, a través de su partido político. O cómo es que se llega a la “convicción que es ella quien dispuso la realización de tales actos”.
Sin embargo, para arribar a dicha conclusión, los tres magistrados analizaron los elementos probatorios que usaron el juez Richard Concepción Carhuancho y los jueces de la Segunda Sala de Apelaciones Nacional y la Corte Suprema para ratificar la medida restrictiva.
Sostuvieron que el juez Concepción sustenta en “meras presunciones” la vinculación de la investigada con los envíos de dinero de la empresa Odebrecht para sus campañas. Señalan que los documentos presentados por la empresa y las versiones de Jorge Barata no fueron corroborados con pruebas circunstanciales.
Indicaron que no se puede probar que Fujimori haya solicitado los montos y que tampoco se puede suponer que la excandidata presidencial pudo haber presumido que el dinero de Odebrecht era ilícito.
Finalmente, alegan que la presunción de la sala sobre la conducta ilícita que podrían adoptar partidos políticos como Fuerza Popular no se encuentra fundamentada y tampoco cómo la investigada llega a ser cabecilla de una organización criminal.
Pese a que dichos puntos quedan en solo una opinión sin efecto legal, por no tener el respaldo mayoritario, indican que no existen elementos que corroboren que la lideresa de Fuerza Popular pudo haber cometido los delitos de lavado de activos y criminalidad organizada.
2-La disminución del peligro de obstrucción
El magistrado Carlos Ramos, en su voto, discrepa del análisis de Blume, Sardón y Ferrero, pues considera que el TC no debe actuar como “cuarta instancia” y analizar los elementos probatorios.
Sin embargo, termina amparando el hábeas corpus y votando a favor de la libertad, alegando que el peligro de obstrucción disminuyó.
A su criterio, con la disolución del Congreso de la República, la investigada ha perdido poder político. También perdió influencias judiciales, pues consideró que los magistrados implicados en el Caso Los Cuellos Blancos –como el exjuez César Hinostroza– están siendo procesados o están fuera del país. Señala también que con las declaraciones de los empresarios de la Confiep el escenario procesal actual es distinto al que se presentaba cuando se dictó la prisión preventiva.
3-Cuestionan falta de motivación y ejecutabilidad
Miranda, Ledesma y Espinosa-Saldaña, en su voto que declara improcedente el pedido, cuestionaron la ponencia de Blume y alegaron que el derecho vulnerado –libertad personal– no está conectado con los argumentos esgrimidos.
“Nos preocupa entonces esta situación, que seguramente generará incertidumbre sobre la consistencia y ejecutabilidad de lo resuelto”, indicaron.
También cuestionaron que los otros magistrados actúen como “una cuarta instancia” al revisar funciones exclusivas de los jueces penales.
Advirtieron que los jueces constitucionales no pueden calificar de “meras especulaciones” el análisis que hacen los jueces penales sobre las intenciones de Odebrecht de realizar aportes a Fuerza Popular, pues ello podría interferir con las investigaciones.
Finalmente, cuestionaron que el magistrado Ramos Núñez hiciera uso de un argumento que no estaba en el expediente, como la disolución del Congreso.