Redacción EC

Lima

Luego de que el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria dictara 18 meses de prisión preventiva contra cuatro ex representantes de las empresas que fueron socias de la brasileña en la ejecución de los tramos II y III de la carretera Sur, los abogados defensores apelaron la decisión y exigieron al juez que “no se utilicen las marrocas”.

Eduardo Alcocer, abogado de Fernando Camet, consideró que la medida es injusta y reveló que su patrocinado ya se encontraba en el recinto judicial, razón por la cual solicitó que no se haga uso de las “marrocas”, puesto que no eran necesarias dada la voluntad de su cliente de ponerse a derecho.

“Apelo su fallo. Es injusta esta decisión. Además deseo decirle que mi patrocinado […] se encuentra ya en este recinto, y […] en tanto ha venido voluntariamente, señor magistrado le pido que no se utilicen las marrocas, no es necesario ello”, expresó.

Similar postura sostuvo José Caro, abogado de Fernando Castillo Dibós, quien apeló a la decisión y remarcó que según la tipificación del delito de colusión, este ya se encuentra prescrito.

“[…] Interponemos el recurso de apelación contra todos los argumentos esbozados y sobre todo quiero recalcar […] que de acuerdo a la tipificación que ha hecho usted del delito de colusión ese delito está prescrito”, arguyó.

Por su parte, Roger Tuesta, defensa de Gonzalo Ferraro Rey — a quien no se le dictó prisión preventiva por su delicado estado de salud — expresó su desacuerdo con la medida de Concepción Carhuancho sobre todo en lo concerniente al peligro procesal que su representado podría presentar.

“Las valoraciones formuladas por el despacho y en atención a los criterios de valoración negativa que se ha tenido respecto a su peligro procesal y peligro de fuga consideramos que también interponemos apelación”, afirmó.

Finalmente, la abogada de Fernando Graña Acuña y de José Graña Miro Quesada, Icaza Izquierdo, aseveró que rechaza los criterios esgrimidos por Concepción Carhuancho y que coinciden con lo expuesto por José Caro respecto a la prescripción del delito de colusión.

“Rechazamos en absoluto los criterios esbozados en su resolución. No pensamos que veníamos a una sentencia de condena, pensamos que veníamos a la decisión de una prisión preventiva […] Coincidimos con lo que ha señalado el Dr. Caro en el sentido que de acuerdo a lo que usted ha esbozado en los fundamentos jurídicos del delito de colusión esto ya está prescrito”, señaló.

De igual manera, Izquierdo aseveró que sus patrocinados se han puesto a derecho y exigió que se eviten medidas como los “enmarrocamientos”.

“También señalamos finalmente señor magistrado que tanto el ingeniero Graña Acuña como el arquitecto Graña Miro Quesada se encuentran, si no es en la puerta, a cinco minutos de llegar a este despacho a entregarse, y le pedimos, por favor, evite las medidas de enmarrocamientos”, añadió.

Pese a estas reiteradas solicitudes, los cuatro empresarios fueron trasladados a la carceleta del Poder Judicial enmarrocados. Duberlí Rodríguez, presidente del Poder Judicial, señaló que esta decisión es sola competencia del Instituto Nacional Penitenciario (INPE).

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