El 26 de enero iremos nuevamente a las urnas para elegir un Congreso que deberá estar en funciones hasta julio del 2021. Esta es la segunda vez que los peruanos tendremos que ir de modo extraordinario a votar porque así lo decidió el señor Martín Vizcarra. Primero fue el 9 de diciembre del 2018 en un referéndum que ya vemos que de poco ha servido, y ahora porque al exgobernador de Moquegua se le ocurrió disolver de manera fáctica el Congreso porque ‘interpretó’ que se le había denegado la confianza cuando el Parlamento, en plena autonomía y facultades, inició la votación de los miembros del Tribunal Constitucional que tenían que reemplazar a los salientes con mandato vencido.
Resulta que ahora Carlos Ramos, uno de los magistrados con mandato vencido, es el que ha sustentado una ponencia en la que determina que el cierre fáctico y la irregular interpretación de Vizcarra tienen luz verde.
Para el abogado constitucionalista Natale Amprimo, “la ponencia que ha presentado el magistrado Carlos Ramos Núñez, respecto de la demanda competencial contra la disolución del Congreso de la República, es, con todo respeto, una suerte de matasellos para la inconstitucionalidad: justifica la arbitrariedad y el incumplimiento de la formalidad exigida; es contradictoria en sí misma y con los propios precedentes del Tribunal Constitucional; y, por último, abdica de aquello que en sus partes iniciales ofrece. En buena cuenta, una hojarasca para sustentar, a como dé lugar, lo que el presidente hizo, que deja peligrosamente el futuro al libre albedrío de quien ocupe dicho cargo”.
Estamos entonces ante la posibilidad de que se consagre un acto inconstitucional avalado por el ente que –paradójicamente– debe velar por la defensa de la Carta Magna, que en su artículo 118 expresa claramente que le “corresponde [al presidente] cumplir y hacer cumplir la Constitución”, asunto que viene incumpliendo desde el 30 de setiembre.
Es en medio de este fangoso terreno que los peruanos estamos obligados a ir a votar y elegir un nuevo Congreso en dos semanas. Y a todo esto debemos añadirle que, según el artículo 7 de la Ley Orgánica de Elecciones, “el voto es personal, libre, igualitario y secreto”. Bien con lo de personal, igual y secreto, ¿pero libre? ¿En serio?
“Estamos ante hechos consumados”, dice un buen amigo a quien admiro y respeto. Cierto, hay que ir a las urnas el domingo 26 y votar a conciencia por la mejor alternativa, pero eso no debe hacernos dejar de reflexionar que estamos frente a una elección por expresa decisión de Martín Vizcarra Cornejo y que el decreto supremo de disolución del Congreso y convocatoria a elecciones tiene serias deficiencias. Por eso, decir que estamos yendo a “elecciones libres” resulta una exageración.
A propósito del nuevo Congreso, una vez que este se elija, ¿ya se sabe cuándo se instala? ¿Quienes aspiran a integrar el nuevo Legislativo tienen esto claro? En buena cuenta: ¿tienen idea de cuándo empezarán sus funciones como parlamentarios y cuándo las concluirán?
Esperemos que esta vez no se cumpla el dicho lo que mal comienza mal acaba. Después no digan que no les advertimos.