Los conductores de motos y mototaxis han sido favorecidos con la extensión de la validez de sus brevetes luego de que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) dictara medidas para que este tipo de licencia se integre al Sistema Nacional de Conductores (SNC). Mediante decreto se decidió ampliar el plazo de vigencia de las licencias de conducir de clase B de acuerdo al tipo de categoría. Conoce en qué consiste la prórroga, y el cronograma admitido para vehículos de 2 o 3 ruedas.
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¿HASTA QUÉ MES DEL 2023 SE AMPLIÓ LA VIGENCIA DE LOS BREVETES PARA MOTOS Y MOTOTAXIS SEGÚN EL MTC?
El 10 de enero, el diario oficial El Peruano publicó en su portal el Decreto Supremo (DS) Nº 001 que, entre otras medidas, amplía la fecha de vencimiento de las autorizaciones para conducir vehículos automotores y no motorizados tales como bicimotos, motocicletas, y mototaxis.
Según la norma, se considera beneficiar con esta prórroga a las licencias de conducir de clase B que hayan vencido entre el 2020 y el 2023.
La ampliación del plazo de vigencia decretado por el MTC estipula que se admitan a todos los brevetes de motos que expiraron entre el 1 de enero de hace 3 años hasta el 29 de setiembre del presente año.
Desde fines de mayo a setiembre de 2023 quedaron estructuradas las fechas de prórroga de acuerdo a la fecha de vencimiento de las licencias de conducir de clase B, y programadas en un esquema que especifica los tipos de categoría, y el tiempo de validez previo a la posterior revalidación.
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DS Nº 001: CRONOGRAMA DE LA AMPLIACIÓN DE LA VALIDEZ DEL BREVETE PARA CONDUCIR MOTOS Y MOTOTAXIS
El artículo 1 del DS Nº 001 determina que las licencias de conducir de clase B valoradas para que se efectúe, y cumpla con lo establecido, sean de sus 3 categorías, y su fecha de vencimiento esté incluida entre el 1 de enero de 2020, y el 29 de setiembre de 2023.
Repasemos cómo quedó el cronograma dispuesto para extender la caducidad de los brevetes que vencieron durante los últimos 3 años:
- Las licencias de conducir de las categorías II-A, II-B, y II-C vencidas del 01/01 al 31/12 de 2020, tendrán valor hasta el 31 de mayo de 2023.
- Las licencias de conducir de las categorías II-A, II-B, y II-C vencidas del 01/01 al 31/12 de 2021, tendrán valor hasta el 31 de julio de 2023.
- Las licencias de conducir de las categorías II-A, II-B, y II-C vencidas del 01/01 al 31/12 de 2022, tendrán valor hasta el 31 de agosto de 2023.
- Las licencias de conducir de las categorías II-A, II-B, y II-C vencidas del 01/01 al 29/09 de 2023, tendrán valor hasta el 30 de setiembre de 2023.
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