Porqué la tauromaquia forma parte de la cultura nacional
La tauromaquia es una manifestación cultural de muchos habitantes del Perú; varios millones de compatriotas no conciben sus fiestas sin sus corridas; al cabo de casi cinco siglos, es una cultura propia, tan peruana como la música criolla, solo que más antigua.
PABLO J. GÓMEZ DEBARBIERI
Uno de los primeros animales que llegaron al Perú, hace más de 480 años, fue el toro. Entre aquellos, llegaron algunos muy bravos, que impresionaros vivamente a los naturales, tal como lo cuentan el Inca Garcilaso de la Vega y otros cronistas.
Garcilaso, en sus Comentarios Reales, menciona que en 1560 se celebró en el Cusco la primera corrida de toros. La fuerza e indómito ímpetu de los toros de lidia; su impactante estampa y fuerza arrolladora; su bravura inagotable y su forma de acometer –sin cesar e incansablemente− a todo lo que se mueva, han apasionado y aún apasionan a millones de peruanos, desde hace más de 450 años.
La tauromaquia, es por lo tanto, una manifestación cultural autóctona, que no puede calificarse de implantada ni foránea en el Perú. Es mucho más antigua y posee mayor entramado social, hasta nuestros días, que otras expresiones culturales, a las que nadie duda en calificar como absolutamente peruanas, como la música criolla o la cocina peruana.
Aquella tauromaquia primitiva del siglo XVI, evolucionó por separado, pero de forma paralela, en el Perú y en España. Aquí se dieron expresiones taurinas propias, como el capeo a caballo, que sustituyó temporalmente a la suerte de varas. Actualmente, en el Perú se celebran más de 600 festejos taurinos anualmente, cifra que se incrementa de año en año.
Baste decir, para disipar cualquier duda acerca de la peruanidad de la cultura que representa la tauromaquia, que desde 2007 a la fecha, los festejos taurinos en todo el Perú se han incrementado en 83% y cada año, se construyen más plazas de toros. La semana pasada, una de las noticias destacadas fue que las empresas mineras tienen que construir plazas de toros, para solventar conflictos sociales con los pueblos andinos. De esa forma, y por el afán de millones de peruanos que solicitan a sus autoridades la construcción de cosos taurinos firmes –de ladrillo, piedra y cemento, que ya superan los 230 en todo el país−, la tauromaquia es hoy, el primer espectáculo de masas del Perú. Con mucha mayor asistencia que el fútbol, e infinitamente más que el cine, la música y el teatro.
Espectáculo que genera impuestos directos e indirectos y sostiene muchísimos puestos de trabajo, a lo largo de su cadena económica. Además, en los centenares de ciudades y pueblos en los que se celebran corridas, el movimiento económico se multiplica gracias a esos festejos taurinos; muchos de esos pueblos se sostienen todo el año, gracias a la bonanza que origina la tauromaquia en sus ferias. Como decía la semana pasada el alcalde provincial de La Unión-Cotahuasi, Arequipa, los pobladores están mucho más pendientes de lo taurino: toreros y toros, que de lo religioso en las fiestas patronales. Pretender prohibir la tauromaquia, tendría un enorme costo para el país.
EL TORO DE LIDIA EN EL PERÚ
Debido al auge y a la vocación taurina de millones de peruanos, el número de ganaderías de lidia ha ido creciendo en el interior del país. Los ganaderos de provincias han ido adquiriendo vacas bravas y sementales a los ganaderos peruanos más conocidos, pero muchos de ellos, también han importado reses de lidia desde Colombia.
El toro de lidia, por su acometividad y enorme agresividad, no es ni una mascota, ni un animal de granja; no es doméstico ni domesticable. Embiste desde el primer día de nacido; en cuanto se puede poner en pie. Su genética lo determina indefectiblemente. No tiene rendimiento cárnico ni lechero; su única utilidad es su bravura congénita.
Los toros de lidia viven en condiciones envidiables para cualquier animal, en medio de la amplitud de la naturaleza, en reservas ecológicas de gran extensión. Para lidiar tres mil toros al año, es necesario mantener y cuidar de forma muy dedicada a centenares de miles de animales bravos –toros, novillos, becerros y vacas−, que tendrían que exterminarse ipso facto, de prohibirse los festejos taurinos. El mundo al revés; los antitaurinos dicen defender a los animales –por encima de los humanos, inclusive, pues son violentos y agresivos con la gente− pero pretenden que se terminase matando –de golpe, en camales, o como fuera− a innumerables toros, becerros y vacas, que no se podrían sostener sin festejos taurinos.
DERECHOS CONSTITUCIONALES
Las manifestaciones culturales son inalienables
LA CONSTITUCIONALIDAD DE LA TAUROMAQUIA
En 2010, el Tribunal Constitucional emitió la sentencia 0017-2010-PI/TC, que deja sin efecto la sentencia 0024-2004-PI/TC. La de 2010, entre varios enunciados y tras analizar la realidad nacional, dice lo siguiente: “…a juicio de este Tribunal, no puede señalarse que los espectáculos taurinos son, sin más, una simple y pura exhibición de tratos crueles y muerte de un animal; mientras hay quienes asumen esa postura, otros sostienen lo contrario…” y continúa citando una fuente de jurisprudencia constitucional: “…aún cuando en su desarrollo se pone en peligro al torero y se sacrifica al toro, dichas manifestaciones no corresponden a actos de crueldad, sino a demostraciones artísticas de las disyuntivas a las que se enfrenta el quehacer humano: fuerza y razón; arrojo y cobardía; vida y muerte”. Prosigue: “…la reprobación de ciertos sectores a espectáculos con animales, no les hace perder su condición de cultural…”. Concluye: “…a juicio de este Tribunal, los espectáculos taurinos son culturales…” Inclusive, un magistrado que suscribió la sentencia de 2004 declara, en voto singular: “…considero necesario reconsiderar mi posición…” y declara: “…negar el carácter cultural (de la tauromaquia) sería negar nuestra propia historia, razón por la que estoy de acuerdo con la resolución que le otorga carácter cultural a los espectáculos taurinos…”.
QUÉ IMPLICA LA SENTENCIA 0017-2010-PI/TC
LA TAUROMAQUIA ES MANIFESTACIÓN CULTURAL
Que la tauromaquia es una expresión cultural de vastos sectores del Perú y que aun pudiendo ser una minoría –muy respetable, por cierto, de más de 4 millones de peruanos− los aficionados taurinos poseen un derecho constitucional inalienable −de segunda generación−, el respeto a sus expresiones culturales. Por ello, resulta inadmisible que se pretenda ejercer una eventual “dictadura de las mayorías”, propósito de grupos antitaurinos que de forma fascistoide y financiados por diversas fundaciones extranjeras −suecas, suizas y belgas, en inadmisible injerencia en nuestro país−, pretenden prohibir (jugando semánticamente con el verbo abolir, que finalmente es lo mismo), lo que ellos no entienden o no les gusta. De suceder, sería una vulneración de los derechos humanos de millones de compatriotas, lo que en el Perú no es posible, salvo vulnerando convenios y tratados internacionales y la propia Constitución.
PROYECTOS DE LEYES ANTITAURINAS
En la Comisión Agraria, que preside el congresista por Huancavelica −tierra taurina− Wuilian Monterola, de Unión Nacional y en la de Justicia y Derechos Humanos, que preside el congresista por Arequipa –región especialmente taurina−Juan Carlos Eguren del PPC, hay en curso dos proyectos de ley antitaurinos.
El proyecto de la Comisión Agraria reúne de forma desordenada y errada −confundiendo mascotas y biodiversidad con toros de lidia− las propuestas de los congresistas Yonhy Lescano, de Puno, departamento en el que se dan más de 100 festejos taurinos al año; Celia Anicama, iqueña y Gustavo Rondón, de Arequipa, donde se dan más de 60 corridas anuales. El de la Comisión de Justicia reúne –no de mejor forma− el proyecto de Anicama y uno del congresista Carlos Bruce.
Ambos proyectos crean gastos y generan más burocracia, inventando unos “Comités de Protección y Bienestar Animal Regional a cargo del presidente regional y conformado por los alcaldes provinciales o distritales”, lo cual contraviene el artículo 79° de la Constitución que dice que los congresistas no tienen iniciativa para crear ni aumentar el gasto público.
El de la Comisión de Justicia, erradamente se basa en la ya superada sentencia 0024-2004-PI/TC y construye supuestos en base a documentos falsos, atribuidos a la UNESCO, como una apócrifa “declaración de derechos animales”, inventada por animalistas y colgada en Internet por ellos. Asimismo, tergiversa un artículo publicado en este Diario, por el reconocido divulgador científico Tomás Unger, a favor de la tauromaquia.
Ambos proyectos establecen penas de cárcel desproporcionadas para el maltrato de mascotas.
Ninguno ha hecho un análisis real de costo beneficio (económico) que representaría la prohibición de la tauromaquia, que como hemos visto líneas arriba implicaría un enorme perjuicio para el Estado y para la economía nacional. Dicen solamente “El proyecto de Ley no irrogará gasto alguno al Estado”, lo que es falso. Algo, lamentablemente común, en muchísimos proyectos de ley.
Ninguno de los proyectos menciona siquiera una consulta a alcaldes de ciudades y localidades taurinas y mucho menos a personas relacionadas con la tauromaquia, ni toma en cuenta las implicancias anti constitucionales de prohibirla.
Consultado el congresista Eguren, reconoció que al proyecto de su comisión le falta mayor análisis y consultas.
Nadie discrepa con la protección a las mascotas. Pero en vez de inventar leyes absurdas ¿por qué no se amplían razonablemente las sanciones y multas (si eso fuese lo adecuado), estipuladas en la vigente Ley 27265 de protección a los animales −que toma en cuenta como tradiciones nacionales las corridas de toros en todo el Perú, las peleas de toros arequipeñas y las peleas de gallos− para quien maltratase a una mascota? ¿Por qué el Perú es así de kafkiano y se pretende hacer nuevas leyes, reiterativas y redundantes, con el único fin de obtener rédito político demagógicamente?