Los vecinos podrán realizar canje de sus deudas a cambio de ofrecer servicios a la municipalidad en limpieza o seguridad. (Foto: GEC)
Los vecinos podrán realizar canje de sus deudas a cambio de ofrecer servicios a la municipalidad en limpieza o seguridad. (Foto: GEC)
/ LUCERO DEL CASTILLO
Redacción EC

La Municipalidad de otorgará beneficios tributarios a sus vecinos para incentivar y flexibilizar el pago de impuestos en el marco del estado de emergencia por el nuevo (COVID-19).

Según , publicada este miércoles en el Diario Oficial El Peruano, la medida aplicará a todos los contribuyentes del distrito que tengan que efectuar declaraciones formales, actos administrativos tributarios y pago de tributos en vía ordinaria y coactiva.

MIRA:

La norma señala que los contribuyentes podrán optar por acogerse al pago del impuesto predial y arbitrios municipales de este año sin intereses.

A continuación se brinda el detalle de todos los beneficios que ofrecerá la municipalidad:

  • Descuento del 10% en el pago del insoluto de Arbitrios Municipales 2020 de los meses vencidos y/o por vencer, siempre y cuando cumplan al menos con el pago de la primera cuota del Impuesto Predial 2020.
  • Descuento del 15% en el pago anual del insoluto de Arbitrios Municipales 2020, si cumplen con el pago anual del Impuesto Predial 2020.
  • Descuento del 12% en el pago semestral del insoluto de Arbitrios Municipales 2020.
  • Descuento del 15% en el pago anual del insoluto de Arbitrios Municipales 2020, si cumplen con el pago anual del Impuesto Predial 2020 y para aquellos montos que superen las 10 UIT en sus Arbitrios Municipales el descuento será del 25% siempre y cuando cumplan con el pago anual del Impuesto Predial 2020.
  • Descuento de pago bimensual insoluto del 10% en Arbitrios Municipales 2020 de los meses vencidos y/o por vencer.
  • Los vecinos del distrito podrán efectuar sus pagos por medios electrónicos o virtuales, a través del aplicativo celular “Yo Pago Magdalena”, la o a través de las páginas web de los bancos: Banco BBVA, Scotiabank y otros que puedan incorporarse en el proceso e implementación de la presente ordenanza.

CANJE DE DEUDAS

Las personas propietarias de predios con uso de casa habitación, que tengan una sola unidad predial y que mantengan deudas tributarias por hasta S/ 3.000 por concepto de Arbitrios Municipales hasta el 2020, podrán cumplir con el pago total o parcial de las mismas, mediante la prestación de servicios a la municipalidad en los rubros de limpieza pública, mantenimiento de parques y jardines y seguridad ciudadana.

El tiempo de duración del servicio será hasta que cubra el monto total o parcial de la deuda según lo solicitado, debiendo regirse a los horarios, actividades y plan de trabajo establecido por la gerencia y/o subgerencias responsables encargadas de dar la conformidad de servicio.

El periodo del servicio por canje de deuda tendrá un plazo de 30, 60 y 90 días, y de ser el caso renovables 90 días adicionales.

MULTAS

El pago de las multas administrativas podrán ser objeto de descuento tanto en vía ordinaria como en la vía coactiva, la misma que queda exonerada de gastos y costas procesales, cuyo descuento se detalla a continuación:

Año de emisión de la multa administrativaPorcentaje de descuento
2010 y años anteriores90%
2011 al 201585%
2016 al 201870%
2019 y 202050%

TE PUEDE INTERESAR

Contenido sugerido

Contenido GEC