![Resumen del partido Boca vs. Independiente del Valle | VIDEO](https://elcomercio.pe/resizer/v2/WAV4XKSLP5FSXIZKJJF33SCFQA.jpg?auth=cab16bb27b496883a0fc874ee39fa2a4fe57fafc497aee206a73b5ecb5d60bad&width=85&height=85&quality=75&smart=true)
El gobierno publicó la lista de bienes y servicios que podrán ser donados en esta coyuntura de lluvias y desastres naturales y que al hacerlo podrán tener beneficios tributarios.
BIENES
Así, se detalló que los bienes donados que pueden recibir beneficios tributarios son los siguientes:
Material médico, medicamentos, bloqueadores solares, vacunas, equipos médicos y/o afines, repelentes de insectos, alimentos, bebidas, prendas de vestir, textiles para abrigo, calzado, toallas, colchones, botas, menaje de cama y cocina, útiles de aseo personal y limpieza, maquinaria y equipo.
También figuran silbatos, pilas, baterías, generadores eléctricos, combustibles líquidos, combustible diésel, artículos y materiales de construcción, plantas de tratamiento potabilizadoras de agua, radio a transistores y baterías, radios de comunicación UHF y VHF, materiales y artículo de plástico, carpas, toldos, bolsas de dormir, herramientas, linternas, baldes, juguetes, motobombas, hidrojets, sacos de polietileno (sacos terreros), puentes provisionales y/o definitivos así como elementos de puentes modulares, alcantarillas y cualquier otro bien que sea necesario para atender los requerimientos de la población afectada.
SERVICIOS
El Gobierno también detalló los servicios que podrán ser donados recibiendo beneficios tributarios:
Servicios de catering, servicios médicos, servicios de transporte, servicios logísticos de despacho, traslado y almacenaje, servicios de operadores y cualquier otro servicio que sea necesario para atender los requerimientos de la población afectada.
Esta lista de bienes y servicios era necesaria para que las donaciones puedan generar beneficios tributarios para los donantes. Ahora sí, ellos podrán deducir como gastos estas donaciones.