En el caso de las AFP, el delito se configura cuando el empleador retiene el 10% del sueldo mensual a sus trabajadores y no lo deposita para que vayan a sus Cuentas Individuales de Capitalización (CIC). (Foto: GEC)
En el caso de las AFP, el delito se configura cuando el empleador retiene el 10% del sueldo mensual a sus trabajadores y no lo deposita para que vayan a sus Cuentas Individuales de Capitalización (CIC). (Foto: GEC)
/ JORGE CERDAN
Redacción EC

El pleno del aprobó por unanimidad, en su última sesión de la presente legislatura, una ley que castiga hasta con seis años de cárcel a los empleadores que se apropien de los fondos de pensiones y de salud de sus trabajadores.

La ley fue aprobada por 115 a favor, cero en contra y cero abstenciones, modificándose, de ese modo, el artículo 190 del D.L. 635 del Código Penal, para sancionar en materia de seguridad social.

El proyecto de ley es iniciativa de la legisladora Susel Paredes (Juntos por el Perú-Cambio Democrático), que luego de ser aprobada en el Parlamento fue observada por el Poder Ejecutivo debido a un detalle en la tipificación del delito de apropiación ilícita.

El Congreso se allanó a la observación de Ejecutivo quedando establecido que todo empleador que se apropie de los fondos de pensiones y de salud, será reprimido con pena de cárcel.

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De esa manera, el delito de apropiación ilícita común se dará cuando el agente se apropia o dispone indebidamente, en todo o en parte, con fines propios o de terceros, los aportes destinados a la constitución, formación, consolidación o desarrollo de un fondo de pensiones o del seguro social de salud. En esos casos, la pena será privativa de la libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años.

Además, constituye un agravante si el agente tiene la calidad de servidor público. En estos casos, la pena no será menor de tres ni mayor de seis años de presión, así como inhabilitación en el cargo.

Deuda con AFP

En el caso de las AFP, el delito se configura cuando el empleador retiene el 10% del sueldo mensual a sus trabajadores y no lo deposita para que vayan a sus Cuentas Individuales de Capitalización (CIC).

A marzo de 2023 y actualizada por factores de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), según informó la Asociación de AFP, la deuda total del Estado y de las empresas privadas con los trabajadores afiliados supera los S/ 34 mil millones.

En el sector público son 2.593 entidades, entre gobierno central, gobiernos regionales y municipalidades, las que deben a 425.842 trabajadores afiliados, por concepto de AFP, S/ 14.502.438.229.

En el sector privado son 167,164 empresas las que deben a 1,362,640 trabajadores afiliados, por c6oncepto de AFP, S/ 19.736.908.808.

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