El proyecto fue aprobado en primera votación con 74 votos a favor, nueve en contra y tres abstenciones. Posteriormente, fue exonerado de segunda votación con 55 votos a favor, 21 en contra y 11 abstenciones.
El proyecto fue aprobado en primera votación con 74 votos a favor, nueve en contra y tres abstenciones. Posteriormente, fue exonerado de segunda votación con 55 votos a favor, 21 en contra y 11 abstenciones.
Redacción EC

El aprobó la noche del lunes 17 de diciembre el dictamen recaído en el proyecto de ley 3674/2018-CR, que prorroga la vigencia de diversos para cuatro distintas actividades al 31 de diciembre del 2019.

El proyecto fue aprobado en primera votación con 74 votos a favor, nueve en contra y tres abstenciones. Posteriormente, fue exonerado de segunda votación con 55 votos a favor, 21 en contra y 11 abstenciones.

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Según el texto sustitutorio del dictamen, que ingresó al expediente virtual parlamentario del proyecto cerca de las cuatro de la tarde del lunes, se incluyen actividades como donaciones del exterior e importaciones de misiones diplomáticas; titulares de la actividad minera y de hidrocarburos durante la fase de exploración; y la emisión de dinero electrónico efectuado por las empresas emisoras de dinero electrónico.

Estos son los cuatro incisos que fueron prorrogados en el dictamen:

► El decreto legislativo 783, que aprueba la norma sobre devolución de impuestos que gravan las adquisiciones con donaciones del exterior e importaciones de misiones diplomáticas.

► La ley 27623, que dispone la devolución del impuesto general a las ventas (IGV) e impuesto de promoción municipal a titulares de la actividad minera durante la fase de exploración.

► La ley 27624, que dispone la devolución del IGV e impuesto de promoción municipal para la exploración de hidrocarburos.

► Exoneración del IGV por la emisión de dinero electrónico efectuado por las empresas emisoras de dinero electrónico, a que se refiere el artículo 7 de la ley 29985, que regula las características básicas del dinero electrónico como instrumento de inclusión financiera.

Las exoneraciones tienen vigencia hasta el 31 de diciembre del 2019. Previo a esta fecha, podrían volver a ser revisadas y extendidas.

LEE AQUÍ EL TEXTO SUSTITUTORIO

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