En la semana, el precio del limón llegó a los S/8 el kilo en los mercados.
En la semana, el precio del limón llegó a los S/8 el kilo en los mercados.
Franco Balza Tassara Cánepa

La congresista del grupo parlamentario presentó un que tiene como objeto prohibir la especulación de y el acaparamiento de alimentos de primera necesidad, e insumos médicos, , servicios de de pasajeros urbano, así como de servicios de pasajeros interprovincial terrestre, aéreo y marítimo.

Según lo expuesto en el documento, el estado de emergencia y aislamiento social obligatorio anunciado por el Ejecutivo, como medida ante la expansión del nuevo , “ha despertado una serie de prácticas comerciales que afectan negativamente a la sociedad y al libre mercado, como son el acaparamiento y la especulación”.

En esa línea, se afirma en el proyecto que “en los últimos días se ha incrementado los precios de los productos de primera necesidad en los mercados, así como la escasez de medicamentos”.

El proyecto de ley no tiene ningún tipo de sustento, ya que si bien puede haber algún tipo de escasez [durante el estado de emergencia] no está acreditado de que eso sea una consecuencia de que alguien que haya retenido bienes. Además, el acaparamiento es una práctica bien difícil de detectar y que se dé en el mercado”, indica Christian Chávez, socio de Baxel Consultores.

Por su parte, Alejandro Falla, socio de Bullard Falla Ezcurra +, sostiene que lo que propone esta norma sería contraproducente, ya que podría cortar la cadena de abastecimiento.

“Lo que la gente espera en estas circunstancias es que, pese al confinamiento, el abastecimiento no se corte y haya disponibilidad en los mercados de bienes necesarios. Empezar a perseguir con leyes de este tipo a los comerciantes puede ser contraproducente, generando el efecto contrario, ya que genera pánico en los comerciantes, quienes pueden optar por dejar de operar", subraya Falla.

Asimismo, Falla menciona que es comprensible que en determinadas circunstancias se generen incrementos a los precios ante una mayor demanda, pero advierte que una vez que la situación se restablezca, los precios volverán a la normalidad.

¿Qué sanciones penales propone para la especulación de precios?

La iniciativa propone también que el productor, fabricante o comerciante que especule con los productos y servicios anteriormente señalados, serán sancionados conforme lo establecido en el artículo 234, en el cual se establece sanciones de hasta tres años de pena privativa de libertad.

El supuesto de esa norma es que haya una regulación de precios de bienes y servicios que ahora no existe. Existía entre los años 70 y 80 pero hoy día no existen este tipo de regulaciones tarifarias. Con lo cual no es solamente volver a la época de regulación de precios, sino insistir en la aplicación de normas de esos tiempos”, asevera Falla.

Mercados (Foto: GEC)
Mercados (Foto: GEC)

Además, el proyecto estipula la restitución “en todos sus extremos” del artículo 233 del código penal (derogado en el 2008), que establecía que el que acapara o de cualquier manera sustrae del comercio, bienes de consumo o producción, con el fin de alterar los precios, provocar escasez u obtener lucro indebido en perjuicio de la colectividad, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años. Si se trata de bienes de primera necesidad, la pena será privativa de libertad no menor de tres ni mayor de cinco años.

Por su parte, Chávez menciona que este proyecto no muestra algún tipo de data que demuestre que es necesario restituir el artículo 233, que sanciona el acaparamiento.

“En caso se apruebe esta iniciativa, sería bien complicado aplicarla. ¿Cómo saber si alguien está acaparando y más en una situación de este tipo?”, cuestiona Chávez.

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