Los restaurantes y afines, tanto en zonas internas con ventilación, así como al aire libre (terrazas o jardines), el aforo es del 30%. Fotos: Alessandro Currarino / @photo.gec
Los restaurantes y afines, tanto en zonas internas con ventilación, así como al aire libre (terrazas o jardines), el aforo es del 30%. Fotos: Alessandro Currarino / @photo.gec
Redacción EC

El Poder Ejecutivo dispuso una serie de medidas focalizadas para enfrentar la pandemia por la en el Perú, las cuales regirán desde el lunes 18 hasta el 31 de octubre. En vista de que todas las provincias del Perú se mantiene con la clasificación de alerta sanitaria moderada, los aforos en Lima y en las demás regiones tendrán el mismo nivel de aforo.

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De acuerdo con el Decreto Supremo 159-2021-PCM publicado hoy en el diario El Peruano, los aforos se dividen por espacios cerrados o al aire libre. Sepa aquí los detalles:

Aforos para actividades en espacios cerrados:

Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 50%

-Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 60%

-Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros cuadrados en zonas internas: 60%

-Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen igual o más de 200 metros cuadrados en zonas internas: 100%

-Casinos y tragamonedas: 50%

Cines y artes escénicas: 50%

Bancos y otras entidades financieras: 60%

-Templos y lugares de culto: 50%

-Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 60%

-Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 60%

-Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 60%

-Eventos empresariales y profesionales: 60%

-Peluquería y Barberia: 60%

-Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 60%

- Coliseos (vacunados con 2 dosis):20%

- Gimnasios: 50%

Actividades en espacios abiertos: Se permiten respetando protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias:

- Artes escénicas

-Enseñanza cultural

- Restaurantes y afines en zonas al aire libre

- Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos

- Baños termales al aire libre.

-Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre

- Eventos empresariales y profesionales al aire libre

- Mercados itinerantes

- Estadios deportivos (vacunados con 2 dosis): 20%

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