La vigencia del programa que brinda garantías estatales a la reprogramación de deudas ya había sido extendida hasta en dos oportunidades. (Foto: GEC)
La vigencia del programa que brinda garantías estatales a la reprogramación de deudas ya había sido extendida hasta en dos oportunidades. (Foto: GEC)
/ ANA LIA OREZZOLI
Redacción EC

El Poder Ejecutivo oficializó la extensión de la vigencia del programa de garantías que permitirá la reprogramación de créditos de consumo, personales, hipotecarios para vivienda, vehiculares y mypes hasta fin de año.

La Ley Nº 31245, dada por el Congreso de la República, fue publicada por el Gobierno este jueves en el Diario Oficial El Peruano.

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La vigencia del programa ya había sido extendida hasta en dos oportunidades, mediante los decretos de urgencia 007-2021 y 033-2021.

El Programa de Garantía COVID-19 tiene por objetivo la reprogramación y congelamiento de deudas, enfocándose en los clientes que antes de la pandemia eran buenos pagadores, cuya capacidad de pago se ha visto afectada por el impacto del COVID-19 en la economía y que requieren aplazar el cronograma de pagos por una cierta cantidad de días sin incrementar las cuotas de préstamos.

El plazo de la reprogramación no puede exceder los 3 años y puede incluir un periodo de gracia que no puede ser menor a 6 meses para créditos de consumo, personal, vehicular y Mype, y de 9 meses para créditos hipotecarios para vivienda. Las garantías resultan válidas solo en la moneda que originó el crédito.

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La garantía del Estado es parcial y en porcentajes progresivos. Se activa cuando el deudor haya pagado, como mínimo, un tercio de todas las cuotas reprogramadas, y posteriormente se incrementará hasta el vencimiento de la obligación. En el caso de los créditos hipotecarios, la garantía del Estado tiene un mecanismo similar pero con una duración de 18 meses del cronograma de pagos original a partir de la fecha de la reprogramación.

Los porcentajes de cobertura son los siguientes:

Garantías para créditos de consumo y personales. (Fuente: MEF)
Garantías para créditos de consumo y personales. (Fuente: MEF)
Garantías para créditos vehiculares y mypes. (Fuente: MEF)
Garantías para créditos vehiculares y mypes. (Fuente: MEF)
Garantías para créditos hipotecarios. (Fuente: MEF)
Garantías para créditos hipotecarios. (Fuente: MEF)

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