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Agencia AP
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En el Perú, más de 12,3 millones de personas trabajan en la informalidad, lo que les impide acceder a seguros obligatorios como el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) y el Seguro de Vida Ley, según cifras del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).
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En el contexto del Día del Trabajador, Diego Rosell, gerente comercial de Negocios Masivos de Protecta Security, señaló que en este día, reconocer el esfuerzo también implica garantizar condiciones adecuadas de protección. “Contar con información clara sobre la cobertura de los seguros permite a los trabajadores desenvolverse con mayor seguridad y fortalece su bienestar integral”, aseguró.
Asimismo, destacó que el desafío no solo está en el acceso, sino también en la cultura de prevención: “Valorar al trabajador también implica cuidar su bienestar. Reducir los accidentes laborales debe ser siempre la prioridad. La protección comienza antes del siniestro, con información, prevención y una adecuada gestión de riesgos”, agregó.
¿Qué cubre el Vida Ley y el SCTR?
En términos simples, estos seguros deben ser contratados por el empleador y están diseñados para proteger al trabajador y a su familia frente a situaciones críticas. El SCTR, dirigido a trabajadores que realizan actividades de alto riesgo, como construcción, minería, industria, electricidad, saneamiento, entre otros, ofrece:
Este seguro es obligatorio para empleadores cuyos trabajadores realizan actividades de riesgo; sin embargo, no aplica para quienes se encuentran fuera de planilla, lo que amplía la brecha de desprotección.
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Por su parte, el Seguro de Vida Ley, obligatorio desde el primer día del vínculo laboral, brinda respaldo económico a los beneficiarios del trabajador en caso de fallecimiento natural o accidental, así como en situaciones de invalidez total y permanente:
Los principales beneficiarios son el cónyuge o conviviente y los hijos. En ausencia de ellos, la cobertura puede extenderse a padres u otros familiares directos, previa declaración del trabajador. Cabe precisar que, si el empleador no cumple con la contratación del Seguro de Vida Ley, la indemnización deberá ser asumida directamente por la empresa.
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Sandra Morales Gonzales
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Oscar Guerrero Tello