La Comisión Permanente del Congreso aprobó por unanimidad el proyecto de Ley del Poder Ejecutivo que promueve la innovación, la investigación científica y el desarrollo tecnológico en el país, en el marco del Plan Nacional de Diversificación Productiva (PNDP).
Conforme al proyecto, las empresas podrán deducir del Impuesto a la Renta hasta un 175% sus gastos en proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica. Antes, solo se reconocía a las empresas el 100% de lo invertido en los proyectos, como cualquier otro gasto.
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El ministro de la Producción, Piero Ghezzi, felicitó al Congreso por aprobar tan importante norma que impulsará la diversificación productiva en el país. "Para que haya diversificación las empresas necesitan innovar en nuevos productos o servicios y en su propia gestión empresarial", apuntó.
Agregó que el Estado está haciendo una apuesta muy fuerte a favor de la innovación de las empresas. "La ley establece un poderoso incentivo a favor de la innovación productiva de largo plazo en el país. Lo hace pues este tipo de inversión tiene efectos multiplicadores muy beneficiosos tanto para las empresas como para la economía en general", puntualizó.
Ghezzi sostuvo que el Perú está muy rezagado en inversión en ciencia, tecnología e innovación empresarial respecto de otros países, pues invertimos solo el 0,12% del PBI, cuando en América Latina se invierte en promedio 1,75 del PBI.
PRECISIONES DE LA NORMA
La ley aprobada establece que los proyectos en investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación podrán ser ejecutados directamente por las empresas o mediante centros de investigación científica, de desarrollo tecnológico o centros de innovación tecnológica.
La deducción será de 175% si el proyecto es realizado por contribuyentes domiciliados en el país y de 150% si es no domiciliado. Los gastos podrán o no estar vinculados al giro del negocio principal de la empresa.
Para acceder a la deducción, los contribuyentes deben obtener la calificación de sus proyectos a través de Concytec u otras entidades de acuerdo a la naturaleza del proyecto, lo cual será definido en el reglamento respectivo.
La deducción de los gastos se efectuará a partir del ejercicio fiscal en el que se obtenga la calificación favorable y conforme se vayan devengando.
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— Portafolio EC (@PortafolioECpe) febrero 25, 2015
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