Horas extra: ¿Qué ocurre en el caso de los practicantes? - 2
Horas extra: ¿Qué ocurre en el caso de los practicantes? - 2
Paola Villar S.

Toda de trabajo, por ley, deben ser remunerada. De acuerdo a lo estipulado, estos  se compensan con un adicional de 25% del valor por hora en las dos primeras y de 35% en las siguientes. Pero en el caso de los , ¿qué es lo que dice la ley?

Según Daniel Ulloa, abogado y director de la maestría de relaciones laborales de la PUCP, los practicantes de por sí están excluidos de la Ley general de trabajo, por lo cual el concepto de las "horas extra" no puede ser aplicado.

"Los practicantes tienen una jornada máxima para laborar. La ley dice que uno no puede trabajar más de una cantidad específica de horas", precisó el experto en conversación con El Comercio.

En ese sentido, indicó que la primera interpretación de la norma es que estos límites horarios son estrictos y no tienen por qué darse las horas extra de trabajo. "Aceptar que el practicante puede laborar horas extra no tiene base legal", señaló Ulloa.

DISTINTAS LEYES
Para el experto, lo principal es saber diferenciar que la Ley general del trabajo no incluye ni a los practicantes preprofesionales, ni a los profesionales. En el caso de estos últimos, existe la Ley sobre modalidades formativas laborales (N°28518), que es la encargada de regular sus derechos y responsabilidades laborales.

Según describe la ley, los periodos de prácticas son considerados dentro del grupo de modalidades "formativas", que implican convenios de trabajo especiales donde los practicantes se encuentran en periodos de formación. Desde este punto de partida, según mencionó Ulloa, se entiende que la Ley "no quiere llamar trabajador a un practicante".

“La ley lo que hace es darle derechos muy parecidos a los practicantes [de la Ley general de trabajo], pero en teoría, no los considera como trabajadores por una decisión política. El artículo 3 de la Ley N°28518 dice expresamente que estas modalidades no están sujetas a las leyes vigentes de trabajo” indicó el especialista.

(Fuente: Prodlab)

¿Y si en la práctica trabajan más de las seis horas que estipula la ley?

Los abogados indicaron que son los propios practicantes quienes deben controlar su hora de trabajo y que en caso los obliguen a quedarse más tiempo, pueden solicitar la protección de las autoridades.

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