"Reducir informalidad en 4 puntos es una meta poco ambiciosa"
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En un nuevo desliz en la comunicación sobre el nuevo  por parte del Ejecutivo, el ministro de Trabajo se desdijo hoy y afirmó que no se incorporará la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) al reglamento de la ley debido a que ello "es inconstitucional". Su declaración se da luego de que un diario especializado señalara que el Gobierno también ofrecería dicho beneficio tras el anuncio del pago utilidades a los jóvenes del nuevo régimen. 

"Quiero aprovechar para aclarar, no sé si fue producto de un evento o un error cometido al declarar al diario "Gestión", pero no es posible, de ninguna manera, pagar la CTS porque eso no esta en la ley, eso sería [...] inconstitucional", precisó en enlace telefónico a RPP Noticias.

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"Quizá fue un error de declaración mía producto de la prisa", acotó a la radio, a la cual horas antes dio declaraciones en las que afirmó que, en algún momento, se había planteado implementar la CTS al régimen laboral juvenil.

"Incluso yo hablaba que se les va a otorgar la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) y salió el congresista Lezcano a decir que es inconstitucional sin entender que la ley obliga a otorgar la CTS y por eso la norma lo está precisando", había dicho en la mañana.

En cuanto al pago de utilidades, el titular de Trabajo añadió que integrar este beneficio sí es posible mediante el reglamento.

"En el reglamento nosotros vamos a detallar que se va a pagar las utilidades conforme a ley por que eso está en la Constitución", sentenció.

En tanto, Otárola precisó que el reglamento determinará que las plazas de trabajo a ser ocupadas por jóvenes bajo el régimen laboral juvenil deben ser nuevas, para no generar despidos. 

Finalmente, afirmó que se fortalecerá a la Sunafil a través del incremento de personal que inspeccionará a las empresas y se velará para que no se despida a nadie para incorporar a personal bajo este régimen laboral porque no es el espíritu de la norma. 

OPINIÓN EXPERTA

El abogado laboralista del estudio Miranda & Amado, Jorge Toyama, explicó por qué incorporar en el reglamento el derecho a la CTS dentro del nuevo régimen laboral juvenil es inconstitucional y permitir a los jóvenes de entre los 18 y 24 años el acceso a la sutilidades no lo es. 

"Participar del reparto de utilidades es un derecho laboral amparado por la Constitución y una ley no puede anular ese derecho. Por lo tanto, el reglamento no tendría necesidad de siquiera mencionar las utilidades para que este derecho esté incorporado en el régimen. En el caso de la CTS, en cambio, como la ley no otorga este beneficio, que el reglamento lo haga sí sería inconstitucional", detalló. 

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