El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) confirmó tres multas impuestas en 2019 a la empresa América Móvil Perú S.A.C. —que operaba bajo la marca comercial Claro en el país— por un total de 202 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a un monto de S/848.400.
En abril de 2019, la gerencia general del Osiptel emitió una resolución que resolvió sancionar a Claro por la comisión de tres infracciones establecidas en el Texto Único Ordenado de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones (TUO de las Condiciones de Uso) y el Reglamento de Fiscalización, Infracciones y Sanciones (RFIS).
En detalle, el organismo regulador indicó que la compañía incumplió la siguiente normativa:
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- El tercer párrafo del artículo 11-E del TUO de las Condiciones de Uso, toda vez que no habría remitido 12 mensajes de texto a las doce líneas de telefonía móvil de seis abonados; y tres mensajes de texto de manera inmediata a las tres líneas de telefonía móvil de un abonado. Por esto, se dispuso una multa de 51 UIT al considerarse como infracción grave.
- El segundo párrafo del artículo 12 del TUO de las Condiciones de Uso, toda vez que en 9 de las 18 acciones de supervisión no habría entregado a los abonados el documento en el que conste el total de las líneas registradas bajo su titularidad, debiendo especificarse la modalidad de contratación de los servicios. Por esto, se impuso una multa de 51 UIT al considerarse como infracción grave.
- El literal a del artículo 7 del RFIS en tanto habría presentado de manera incompleta la información requerida que acredite la cantidad de líneas registradas bajo la titularidad de abonados. Por esto, se dispuso una multa de 100 UIT al considerarse como infracción grave.
Ante la decisión de Osiptel, Claro interpuso un recurso de reconsideración en mayo del 2019.
Según una nueva resolución emitida por el Consejo Directivo de Osiptel, publicada hoy en el diario oficial “El Peruano”, el regulador declaró “infundado” el recurso de apelación presentado por América Móvil Perú S.A.C. Con esta decisión, confirmó las tres multas por un total de 202 UIT.
También el mencionado consejo estableció “desestimar” la nulidad formulada por la compañía operadora y declarar que su decisión agota la vía administrativa, no procediendo ningún recurso en esta vía.
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