Al amparo de las facultades legislativas, el Gobierno dictó una serie de medidas que modifican la ley de Contrataciones del Estado de modo que ahora se excluye de los proveedores del Estado a las personas o empresas sancionadas por corrupción en el país o el extranjero.
La nueva ley de contrataciones, que entrará en vigencia dentro de unos 75 días, señala que están impedidas de contratar con el Estado las personas naturales o jurídicas condenadas, en el país o en el extranjero, mediante sentencia consentida por delitos de concusipon, peculado, corrupción de funcionarios, enriquecimiento ilícito, tráfico de influencias, entre otros delitos.
Bajo esta norma, empresas como Odebrecht quedarán impedidas de realizar contrataciones con el Estado Peruano debido a sus actos de corrupción en Brasil y otros países de América Latina, incluyendo el Perú.
También estarán impedidas las empresas o personas que sean la continuación de los sujetos ya condenados (testaferros o empresas creadas por personas ya condenadas); así como las personas inscritas en el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles.
En el caso de los consorcios, se precisa ahora que los integrantes del consorcio son responsables solidarios de las infracciones que se cometan, a menos que se pueda demostrar individualizar la responsabilidad.
SEGUROS EXTRANJEROS
Entre otros cambios, la norma permite ahora la contratación de seguros patrimoniales con proveedores no domiciliados, siempre que se sustente que las condiciones dadas por la firma extranjera sean más competitivas.
INCOMPATIBILIDADES
La nueva ley de contratacione restringe la posibilidad de encargar procedimientos de selección a entidades internacionales, se explicita mejor las incompatibilidades que tienen los funcionarios del Estado para convertirse en proveedor del Estado.
Finalmente, se ha mejorado el régimen de sanciones y se han realizado cambios en temas de arbitrajes y recursos administrativos.
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