El Decreto Supremo 184-2020-PCM exceptúa al personal de delivery de la inmovilización obligatoria. (Foto: Francisco Neyra / GEC)
El Decreto Supremo 184-2020-PCM exceptúa al personal de delivery de la inmovilización obligatoria. (Foto: Francisco Neyra / GEC)
/ FRANCISCO NEYRA
Redacción EC

El Ministerio de la Producción () señaló este viernes que los restaurantes están habilitados para realizar los despachos a domicilio (delivery) las 24 horas del día, incluido durante el toque de queda.

A través de un breve comunicado difundido en redes sociales, Produce detalló que este servicio podrá funcionar cualquier día de la semana, indistintamente de la inmovilización social obligatoria.

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En el caso del traslado o movilización del personal, los trabajadores podrán circular por las calles a cualquier hora siempre que presenten su pase laboral respectivo.

La medida cuenta con fundamento legal según el artículo 8° del Decreto Supremo 184-2020-PCM, que dispone que durante la inmovilización social obligatorio, se exceptúa al personal que participa en la prestación de servicios de alimentos y de restaurante para entrega a domicilio (delivery).

El Gobierno de Francisco Sagasti anunció la semana pasada la modificación de aforos en los restaurantes, los cuales están definidos en base a tres niveles de alerta sanitaria y económica por cada región: alerta moderada, alta y muy alta.

  • Riesgo de alerta moderado (Amazonas, Ayacucho, Huancavelica, Loreto, San Martín y Ucayali): 60%
  • Riesgo de alerta alto (Arequipa, Apurímac, Cajamarca, Callao, Lima Metropolitana, Cusco, Huánuco, La Libertad, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno y Tumbes): 50%
  • Riesgo de alerta muy alto (Áncash, Ica, Junin, Lambayeque, Lima Regiones, Piura y Tacna.): 40%

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