El 9 de febrero, el Pleno del Congreso aprobó la cuestión previa para que el proyecto de ley que busca modificar la Ley 26702 a fin de reconocer al buen pagador y fomentar el uso correcto de los instrumentos financieros, regrese a la Comisión de Economía para que se efectúen reajustes en el texto. Sin embargo, el dictamen cuenta con opiniones desfavorables de diversas entidades como el Banco Central de Reserva (BCR), la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), el Ministerio de Economía y Finanzas y la Asociación de Instituciones Microfinancieras del Perú (ASOMIF).
Para Jorge Antonio Delgado, presidente de ASOMIF, en lugar de una mayor inclusión, el proyecto hará que las instituciones se vuelvan más exigentes y el cliente perdería su historial crediticio previo.
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A través de una carta dirigida a la comisión en noviembre del año pasado, ASOMIF explicó que, de aprobarse la iniciativa, se generaría la normalización del pago impuntual, pues la propuesta califica como buen pagador a clientes que pagan con atraso de hasta 8 días calendario. Asimismo, se considera como buen pagador a quien cumple con el pago de seis cuotas consecutivas de un crédito nuevo, aunque tenga un crédito previo con la misma entidad financiera que no se ha pagado puntualmente.
“El sistema perdería información valiosa acerca del historial crediticio y generaría un incentivo perverso de descuidar las finanzas, pues bastaría con que un cliente pague puntualmente por seis meses un crédito para que necesariamente se le deba reducir el riesgo crediticio y ajustar la tasa de interés, pese a que podría tener un historial que denota gran incumplimiento en los pagos”, anotaron desde ASOMIF.
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"Lo que haría el proyecto es racionar más el financiamiento dado que el precio ya no refleja la capacidad de pago"
Luis Miguel Castilla , exministro de Economía
Luis Miguel Castilla, exministro de Economía, coincidió en que, en lugar de mejorar y ampliar el financiamiento con mejores tasas, lo que hace este proyecto es restringir aún más el financiamiento formal.
“Se consigue lo inverso a lo que se está planteando, que es un acceso más competitivo y más favorable a fuentes de financiamiento. Lo que haría [el proyecto] es racionar más el financiamiento dado que el precio ya no refleja la capacidad de pago, sino una política que distorsiona la adecuada designación del recurso, en este caso el capital”, dijo.
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Por otro lado, la SBS envío a la Comisión de Economía su Opinión sobre el predictamen. Para la institución, no resulta adecuado que la mejora en la clasificación del deudor se efectúe respecto a la fecha en la que se otorgó el crédito, ya que dependiendo del tipo de modalidad del mismo, puede mediar un periodo prolongado desde esa fecha y la situación del deudor puede cambiar significativamente.
Complicaciones para el sistema financiero
A entender de Delgado, esto genera una situación complicada para las instituciones financieras respecto a la ‘performance’ del cliente, porque no se sabe cuáles son los impactos operativos, tecnológicos o económicos.
"Se pierde el historial y el cliente se perjudica porque ya no tendrá un récord crediticio, no se sabrá si tendrá un buen comportamiento de pago y no se tendrá mayor inclusión"
Jorge Antonio Delgado , presidente de ASOMIF
Además, reiteró que se pierde el historial del riesgo crediticio del cliente. Además, indicó que no se tendría claridad sobre el origen del pago realizado.
“Como no va a haber información, no vamos a saber si esos flujos de ingresos van a ser flujos respecto a algún préstamo de otra institución, de un familiar, o del sector informal. Se pierde el historial y el cliente se perjudica porque ya no tendrá un récord crediticio, no se sabrá si tendrá un buen comportamiento de pago y no se tendrá mayor inclusión”, agregó Delgado.
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Asimismo, indicó que esto supone mayores gastos para las entidades financieras, lo que repercute en mayores intereses. “Tendríamos que visitar al cliente, chequear si realmente sus ingresos son producto del negocio, eso va a tener costos operativos mayores. Entonces, las tasas de interés sobre esos particulares van a tener que ser mayores para solventarlos”, precisó.
Sobre esto, la SBS determinó que existen gastos que ya fueron asumidos por la empresa prestamista al otorgar el crédito, como el costo de fondeo y de los gastos operativos, que no dependen del cumplimiento del pago.
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“Con relación a esta propuesta, debe tenerse en cuenta que depende de muchos factores, siendo el de mayor importancia en el caso de los créditos minoristas, el perfil de riesgo del deudor, determinado no solo por el grado de cumplimiento de pago (días de atraso) sino también por el sector económico al que se dedica, la formalidad o informalidad, su nivel de ingresos y la volatilidad de estos”, indicó también la SBS en el documento enviado a la Comisión de Economía sobre el predictamen.
Castilla advirtió que el Perú podría incumplir con las normas internacionales y el proyecto podría ser observado, elevado al Tribunal Constitucional y ser declarado inconstitucional.
“Me parece que atenta contra la regulación prudencial, que en el Perú es bastante buena”, precisó.
Ricardo Montero de la Piedra, jefe de Estudios Económicos de Asbanc, precisó que el proyecto no reduce el riesgo asociado a cada préstamo, sino que incrementa los costos al añadir trámites burocráticos y trata de imponer cambios a la estructura de precios (tasas de interés).
“Es en el fondo un proyecto de control de precios que obliga a los bancos, cajas y financieras a cobrarle menos a un grupo de personas según el criterio de los congresistas. Esto termina siendo una mala idea porque puede obligar a subir todas las tasas de interés para financiar este descuento a un grupo reducido. Ya se han pronunciado en contra la SBS y el BCR”, dijo.
"Como toda intervención en los precios, esto va a terminar con unos pagando las cuentas de otros y con un resultado final de más personas excluidas del sector financiero"
Ricardo Montero de la Piedra , jefe de Estudios Económicos de Asbanc
Montero detalló que esto terminaría haciendo que los consumidores en general subsidien a las personas beneficiadas por el control de precios.
“¿Quiénes son los beneficiados? Aquellos que normalmente ya acceden a tasas relativamente buenas porque no tienen un mal historial crediticio. Como toda intervención en los precios, esto va a terminar con unos pagando las cuentas de otros y con un resultado final de más personas excluidas del sector financiero”, aseveró.
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No se necesita una ley así
El presidente de ASOMIF aclaró que no hay necesidad de aprobar la ley en mención, pues actualmente ya se brinda ese beneficio. “Ni si quiera han visto los impactos que se tienen porque los clientes normalmente tienen (créditos con) dos o tres instituciones en promedio”, dijo.
Castilla coincidió y detalló que, en la medida que va mejorando la capacidad de pago y el historial crediticio, la tasa de interés va bajando. Así, subrayó que el dictamen desconoce cómo se establece la tasas de interés y que debe reflejar la capacidad de pago de un potencial deudor, siendo compatible con los estándares internacionales.
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“Eso ya ocurre. Incluir un periodo de seis meses arbitrarios -cualquier tipo de distorsión que se introduzca-, acaba penalizando a la intermediación financiera”, dijo Castilla.
Y, agregó que la tasa de interés refleja, entre otros aspectos, la capacidad de pago. Esto, consideró, no se puede distorsionar con un premio como el que establece el dictamen.
Por su parte, Montero planteó que una ley que obligue a considerar reducido el riesgo, cuando realmente no se ha reducido, implicaría que las provisiones constituidas no cubran adecuadamente el riesgo crediticio. Asimismo, no permitiría distinguir a deudores con efectiva capacidad y voluntad de pago a futuro, de aquellos con probabilidades de no pagar.
“El nivel de competitividad del sector financiero fomenta que se le otorguen condiciones y tasas más favorables a los clientes que cumplen con sus obligaciones a tiempo”, señaló.
Según la SBS, con base en un análisis realizado a un segmento de deudores de créditos de consumo que había sido recientemente bancarizado, se encontró que aquellos clientes que mostraron buen comportamiento de pago consiguieron reducciones en las tasas de interés de sus créditos, lo que evidencia que el buen pagador recibe el beneficio de una reducción de tasa de interés en sus nuevas operaciones.
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Otra entidad que envió también su opinión sobre el proyecto a la Comisión de Economía fue el BCR. El ente emisor anotó que establecer un periodo de seis meses de aplicación general como criterio único para considerar una disminución de riesgo crediticio y reducir el requerimiento de constitución de provisiones, no se condice con las prácticas especializadas que se emplean en las Empresas del Sistema Financiero (ESF).
“Las ESF constituyen provisiones (genéricas y específicas), que permiten una adecuada valoración de la cartera tomando en cuenta el riesgo crediticio, protegiendo así los recursos de los ahorristas”, comentó el BCR.
Por su parte, el Ministerio de Economía, reconoció que la medida es anticonstitucional, pues las tasas de interés son resultado de la intermediación financiera en un proceso de libre mercado.
“La fijación de una tasa de interés de manera arbitraria afecta la libre empresa y la libertad de contratación tal como señalan los artículos 59 y 62 de la Constitución”, se leyó en el documento del MEF.