Redacción EC
19:36

¿Cómo podemos calcular la CTS que nos corresponde?

Aunque a simple vista no lo parezca, la Ley considera como días efectivamente laborados:

  • Las vacaciones o días de suspensión imperfecta de labores
  • Las inasistencias motivadas por accidente de trabajo o enfermedad profesional o por enfermedades con un límite de hasta por 60 días al año.
  • Los días de descanso pre y posnatal con un límite de hasta por 98 días al año
  • Los días de huelga
  • Los días que el trabajador estuvo ilegalmente despedido cuando se ordene su reposición.
  • También es importante saber que el cálculo de la CTS se basa en el último sueldo.
19:36

La fórmula es la siguiente: sueldo más 1/6 de la última gratificación por el número de meses trabajados y dividido por los 12 meses que tiene el año.

Por ejemplo, si tienes un sueldo básico neto de S/ 1,500 y tu última gratificación fue de S/ 1,500, así calculas tu CTS:

  • Sueldo básico neto: S/ 1,500

  • 1/6 gratificación de S/ 1,500: 250

  • (1,500 + 250.00) / 360 = 4.86

  • 4.86 x 180 = S/ 875

  • Tu CTS será de S/ 875
19:27

La norma indica que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) puede dictar las disposiciones necesarias en el marco de su competencia, para el cumplimiento del presente decreto supremo.

19:06

¿Desde cuándo se puede retirar la CTS?

Ahora que se publicó el reglamento de la CTS, los trabajadores que tienen este beneficio laboral podrán retirar su dinero desde el lunes 27 de mayo.

19:06

¿Qué sucede si la empresa no paga la CTS?

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) informó a los trabajadores que en caso no depositen la CTS dentro de la fecha establecida, esto es considerado una falta grave por lo que podría recibir una sanción de la siguiente manera:

  • Pequeña empresa: la multa va de 0.45 a 4.50 unidades impositivas tributarias (UIT), entre S/2,070 y S/20,700.
  • Empresas no Mype: la sanción monetaria va entre los 1.57 a los 26.12 UIT, lo que equivale a montos entre los S/7,222 y los S/120,152.
17:47

¿Cuándo se podrá hacer el retiro CTS-2024 de mayo?

Ahora que se publicó el reglamento de la CTS, los trabajadores que tienen este beneficio laboral podrán retirar su dinero desde el lunes 27 de mayo del 2024. En la Disposición complementaria final detalla que el Poder Ejecutivo contaba con un plazo máximo de 10 días calendario para aprobar el reglamento de la presente ley, el cual se contará desde su entrada en vigor; es decir, un día después de su promulgación.

16:58

RETIRO DE CTS 2024: ¿Qué día podrás retirar tu dinero al 100%?

¿Cuándo podrás retirar tu CTS? Tras la aprobación y la publicación de reglamento de ley, el retiro de tu dinero ya tiene una fecha fija de retiro.

15:42

¿Qué pasa si la empresa no paga la CTS?

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) ha informado a los trabajadores que, si la CTS no se deposita en la fecha establecida, esto se considera una falta grave y puede resultar en una sanción. Las multas son las siguientes:

  • Pequeña empresa: la multa varía entre 0.45 y 4.50 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalentes a entre S/2,070 y S/20,700.
  • Empresas no Mype: la sanción monetaria oscila entre 1.57 y 26.12 UIT, lo que representa montos entre S/7,222 y S/120,152.
14:12

¿Cuándo se puede retirar la CTS?

Con la publicación del reglamento de la CTS, los trabajadores con este beneficio laboral podrán retirar su dinero a partir del lunes 27 de mayo.

13:36

Además, abarca a los servidores civiles de entidades del sector público sujetos al régimen laboral del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR, y al régimen del servicio civil regulado en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil.

12:33

Asimismo, se aplica a los trabajadores de empresas estatales sujetos al régimen laboral del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR.

11:58

El reglamento es aplicable a los trabajadores del sector privado que están incluidos en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-97-TR, sin importar el régimen laboral al que pertenezcan.

11:10

La norma establece que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) tiene la facultad de dictar las disposiciones necesarias dentro de su competencia para asegurar el cumplimiento de este decreto supremo.

11:10

A través del Decreto Supremo Nº 003-2024-TR, publicado en el diario oficial El Peruano, se emitió un reglamento que también será difundido en los portales digitales de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

11:08

Retiro de CTS 2024: Gobierno publica reglamento de ley que autoriza el desembolso del 100% de fondos

El trabajador podrá realizar el retiro, total, parcial o parciales, del monto disponible en su respectiva cuenta de depósito de CTS.

09:12

Se estima que alrededor de tres millones de empleados retirarán su dinero ahorrado.

21:55

CASOS DE EMBARGO Y RETENCIÓN

Los depósitos de la CTS pueden ser embargados hasta un 50% por deudas alimenticias.

Es importante señalar que la CTS debe ser depositada en el banco seleccionado por el trabajador, incluso si hay un embargo judicial por deudas de alimentos. En estas situaciones, la empresa debe notificar al juez que la CTS ha sido depositada según lo estipulado por la ley, y que cualquier embargo debe ser solicitado al banco depositario. Esto es aplicable excepto en los casos de CTS incluidos en la liquidación de un trabajador cesante, cuyo plazo de depósito aún no ha vencido.

21:01

QUÉ SUCEDE SI LA EMPRESA NO PAGA LA CTS?

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) informó a los trabajadores que en caso no depositen la CTS dentro de la fecha establecida, esto es considerado una falta grave por lo que podría recibir una sanción de la siguiente manera:

  • Pequeña empresa: la multa va de 0.45 a 4.50 unidades impositivas tributarias (UIT), entre S/2,070 y S/20,700.
  • Empresas no Mype: la sanción monetaria va entre los 1.57 a los 26.12 UIT, lo que equivale a montos entre los S/7,222 y los S/120,152.

19:03

¿QUÉ PORCENTAJE DE LA CTS PUEDO DISPONER?

La legislación laboral permite retirar el 100% del excedente de cuatro remuneraciones brutas (acumuladas en la cuenta CTS a la fecha de la disposición), y se considera para ese cálculo el monto de la última remuneración. 

17:49

¿CUÁNDO ME DEBEN DEPOSITAR LA CTS?

En el presente año, el 50 % debe depositarse durante los primeros 15 días de mayo del 2024 y el 50 %, dentro de los primeros 15 días de noviembre del 2024.

16:45

¿QUÉ TRABAJADORES RECIBEN LA CTS?

La Compensación por Tiempo de Servicio es recibida por todos los trabajadores formales del sector privado que tengan una jornada mínima de 4 horas diarias, lo que equivale a aproximadamente 4 millones de peruanos. Este beneficio es equivalente a un sueldo anual, pero además se suma la sexta parte de la última gratificación percibida.

14:10

¿CÓMO CALCULAR EL PAGO DE LA CTS EN 2024?

Mauricio Matos, socio asociado del Área Laboral de EY Perú, explicó a la agencia Andina cómo calcular la CTS de la siguiente manera:

  • Para los empleados con sueldo variable, la CTS se calcula promediando el sueldo percibido en los seis meses del periodo correspondiente. Esto significa que se promedia el salario de noviembre a abril para la CTS de mayo, o de mayo a octubre para la CTS de noviembre.
14:09
  • Para los empleados con sueldo fijo pero con remuneración complementaria variable, como horas extras, estos montos se incluyen en el cálculo si se han percibido tres o más veces en el periodo de noviembre a abril (CTS de mayo) o de mayo a octubre (CTS de noviembre). Los conceptos se suman y se dividen por seis.
14:09
  • Para calcular el monto total, se debe considerar el sueldo mensual del trabajador, sumarle 1/6 de la gratificación (dividiendo la gratificación entre seis), dividir el total entre 360, y luego multiplicar por los días trabajados (180 días para el semestre completo).
12:06

¿Cuándo podré retirar la CTS?

La institución responsable de aprobar el reglamento es el Ministerio de Trabajo, que de acuerdo a ley, tiene un plazo máximo de 10 días calendario contados desde su entrada en vigor.

12:02

Desde la publicación de la ley, la fecha límite que le corresponde al Gobierno dar luz verde al reglamento vence el lunes 27 de mayo. Al jueves de hoy, solo le restan cuatro días calendario.

11:59

Si el Poder Ejecutivo decide esperar hasta su plazo máximo, los trabajadores podrán cobrar esta compensación a partir del martes 28 de mayo. Si lo publica antes, las fechas de cobro se adelantan también.

10:51

La CTS es un fondo de ahorro obligatorio que tiene por objetivo servir como un respaldo financiero para proteger a los trabajadores en caso de cese del empleo.

10:49

¿QUÉ PORCENTAJE DE LA CTS PUEDO DISPONER?

La legislación laboral permite retirar el 100% del excedente de cuatro remuneraciones brutas (acumuladas en la cuenta CTS a la fecha de la disposición), y se considera para ese cálculo el monto de la última remuneración. 

10:48

¿CUÁNDO ME DEBEN DEPOSITAR LA CTS?

En el presente año, el 50 % debe depositarse durante los primeros 15 días de mayo del 2024 y el 50 %, dentro de los primeros 15 días de noviembre del 2024.

23:43

¿CUÁNDO PODRE RETIRAR LA CTS?

La institución responsable de aprobar el reglamento es el Ministerio de Trabajo, que de acuerdo a ley, tiene un plazo máximo de 10 días calendario contados desde su entrada en vigor.

23:43

Desde la publicación de la ley, la fecha límite que le corresponde al Gobierno dar luz verde al reglamento vence el lunes 27 de mayo.

Si el Poder Ejecutivo decide esperar hasta su plazo máximo, los trabajadores podrán cobrar esta compensación a partir del martes 28 de mayo. 

23:42

¿QUÉ PORCENTAJE DE LA CTS PUEDO DISPONER?

La legislación laboral permite retirar el 100% del excedente de cuatro remuneraciones brutas (acumuladas en la cuenta CTS a la fecha de la disposición), y se considera para ese cálculo el monto de la última remuneración. 

23:42

¿CUÁNDO ME DEBEN DEPOSITAR LA CTS?

En el presente año, el 50 % debe depositarse durante los primeros 15 días de mayo del 2024 y el 50 %, dentro de los primeros 15 días de noviembre del 2024.

23:42

¿QUÉ TRABAJADORES RECIBEN LA CTS?

La Compensación por Tiempo de Servicio es recibida por todos los trabajadores formales del sector privado que tengan una jornada mínima de 4 horas diarias, lo que equivale a aproximadamente 4 millones de peruanos. Este beneficio es equivalente a un sueldo anual, pero además se suma la sexta parte de la última gratificación percibida.

23:41

¿CÓMO PODEMOS CALCULAR LA CTS?

  • Las vacaciones o días de suspensión imperfecta de labores
  • Las inasistencias motivadas por accidente de trabajo o enfermedad profesional o por enfermedades con un límite de hasta por 60 días al año.
  • Los días de descanso pre y posnatal con un límite de hasta por 98 días al año
  • Los días de huelga
  • Los días que el trabajador estuvo ilegalmente despedido cuando se ordene su reposición.
23:41

También es importante saber que el cálculo de la CTS se basa en el último sueldo.

23:40

La fórmula es la siguiente: sueldo más 1/6 de la última gratificación por el número de meses trabajados y dividido por los 12 meses que tiene el año.

Por ejemplo, si tienes un sueldo básico neto de S/ 1,500 y tu última gratificación fue de S/ 1,500, así calculas tu CTS:

  • Sueldo básico neto: S/ 1,500

  • 1/6 gratificación de S/ 1,500: 250

  • (1,500 + 250.00) / 360 = 4.86

  • 4.86 x 180 = S/ 875

  • Tu CTS será de S/ 875
23:39

¿HASTA CUÁNDO PODRÍA RETIRAR MI CTS?

En caso se apruebe en el Congreso y luego tenga la luz verde del Poder Ejecutivo, el dictamen autoriza poder retirar la CTS hasta el 31 de diciembre 2024.

23:39

¿CÓMO HAGO PARA RETIRAR MI CTS?

Ante un eventual retiro de la CTS 2024, los pasos a seguir serán los mismos que en anteriores oportunidades.

23:38

• Es fundamental contactar con el banco en el que su empleador deposita su CTS o, en todo caso, al área de recursos humanos de la empresa en la que trabaja para obtener información detallada.

• Verifique el saldo de su cuenta de CTS: asegúrese de conocer el monto exacto con el que cuenta, antes de hacer cualquier solicitud de retiro.

• Decida el monto a retirar: puede ser total (del 100 %) o parcial.

• No será necesario presentar ningun solicitud, como sudece con las AFP.

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