El presidente Martín Vizcarra afronta un proceso tras pedir que se vote por candidatos que eliminen la inmunidad parlamentaria. (Foto: Presidencia de la República)
El presidente Martín Vizcarra afronta un proceso tras pedir que se vote por candidatos que eliminen la inmunidad parlamentaria. (Foto: Presidencia de la República)

Martín Calderón / Alexander Villarroel

El presidente se convirtió en el cuarto integrante del Ejecutivo que está en la mira de las autoridades electorales por presuntamente infringir el principio de neutralidad en las .

El mandatario fue notificado ayer por el Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 sobre el inicio del proceso en su contra, tras pedir a la ciudadanía que vote por candidatos que estén a favor de eliminar la inmunidad parlamentaria, durante una actividad en Lambayeque el último sábado.

Vizcarra tiene tres días hábiles para presentar sus descargos; es decir, hasta el próximo 30 de diciembre.

El caso será únicamente visto en la capital, porque el JEE de Lambayeque resolvió ayer remitir a Lima el informe de fiscalización que elaboró su coordinador adscrito.

Los otros expedientes por presunta infracción a la neutralidad en el Ejecutivo comprenden al jefe del Gabinete, Vicente Zeballos; y a los titulares de Agricultura y la Mujer, Jorge Montenegro y Gloria Montenegro, respectivamente. De ellos, solo a Gloria Montenegro se la halló responsable y recibió una exhortación ética.

—Procesos y casos—

La máxima sanción que el presidente Vizcarra recibiría, si se determina que infringió el principio de neutralidad, sería una exhortación ética, dijo ayer Luis Carrasco, presidente del JEE de Lima Centro 1.

Sin embargo, el juez aseguró que en caso Vizcarra llegue a reincidir “se expone a una denuncia penal”.

No obstante, los especialistas en materia electoral Michel Samaniego y Alejandro Rospigliosi precisaron que, incluso de haber reincidencia, el presidente goza de inmunidad, por lo que no puede ser procesado penalmente por ahora.

“En este caso, la inmunidad [presidencial] no es obstáculo para procesarlo administrativamente. La sanción es de carácter ético”, expresó Carrasco en Canal N.

El artículo 346 de la Ley Orgánica de Elecciones prohíbe que las autoridades practiquen actos que favorezcan o perjudiquen a partidos o candidatos.

Además, el artículo 30 del reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad define a esta última como el deber de las autoridades o funcionarios de actuar con imparcialidad en un proceso electoral.

En todo el país, los jurados electorales especiales han recibido al menos 29 casos sobre presuntas infracciones a la neutralidad.

El partido Alianza para el Progreso (APP) es el que está indirectamente más involucrado, con 12 casos.

En Ucayali, por ejemplo, el coordinador de fiscalización adscrito al JEE de Coronel Portillo detectó que la Plaza de Armas del distrito de Manantay, las instalaciones del palacio municipal y un coliseo fueron pintadas de rojo, azul y blanco, los colores alusivos a APP.

Por ese caso, el JEE de Coronel Portillo resolvió remitir lo actuado al Ministerio Público, a fin de que inicie las acciones que correspondan contra el gobernador regional, Francisco Pezo Torres; así como al alcalde de la Municipalidad distrital de Manantay, Víctor López Ríos.

Ambos funcionarios llegaron a esos cargos con APP.

Contenido sugerido

Contenido GEC