Los ciudadanos de este grupo etario que solo han recibido una dosis tendrán que acreditar que están en el tiempo de espera de la segunda. | Foto: GEC
Los ciudadanos de este grupo etario que solo han recibido una dosis tendrán que acreditar que están en el tiempo de espera de la segunda. | Foto: GEC
/ NUCLEO-FOTOGRAFIA > DIANA MARCELO
Redacción EC

Tras disponerse en el que los mayores de 45 años solo podrán abordar viajes interprovinciales terrestres si acreditan sus dos dosis de la vacuna contra el COVID-19, la jefa de inmunizaciones del Minsa, Gabriela Jiménez, respondió a posibles casos que podrían darse respecto a la inoculación de este grupo etario antes de viajar.

En entrevista a TV Perú, Gabriela Jiménez fue consultada sobre qué pasaría si una persona mayor a 45 años - que no recibió su segunda dosis por contagio COVID-19 - desea viajar. Al respecto, la funcionaria respondió que esto implicaría la presentación de un documento como acreditación para su caso.

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“Toda persona que ha sido inoculada y está en el tiempo de espera para la administración de su siguiente dosis (2da vacuna), va a tener una hoja de acta de la afectación por COVID-19; entonces, el médico genera un acta y eso puede ser una prueba importante para que manifieste (al momento de viajar) la razón de todavía no haberse inoculado completamente”, señaló Jiménez.

En tal sentido, la persona que desee viajar y no haya podido aplicarse su segunda vacuna, tendrá que presentar la documentación referida por la funcionaria.

¿Cuánto tiempo después puedo vacunarme?

Cabe señalar que, según lo dispuesto por la , antes de aplicar la vacuna, los encargados de la inmunización deberán realizar una serie de preguntas a las personas con el objetivo de detectar un posible caso de COVID-19.

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Si la persona a ser vacunada “recibió un tratamiento para el COVID-19 con anticuerpos monoclonales o plasma de convaleciente, debe esperar 90 días para vacunarse contra el COVID-19″. La norma agrega lo siguiente: “Hable con su médico si no sabe con certeza qué tratamientos recibió, o si tiene más preguntas acerca de vacunarse contra el COVID-19″.

Casos relacionados al COVID-19 en los que una persona no debe vacunarse.
Casos relacionados al COVID-19 en los que una persona no debe vacunarse.

Viajes interprovinciales exigen dos dosis

Dicha medida se viene cumpliendo desde este lunes 15 de noviembre, según lo dispuesto en el . Según la norma, esto cumple para los cuatro niveles de alerta (moderado, alto, muy alto y extremo).

El ministro de Salud, Hernando Cevallos, refirió que esta norma servirá para fomentar la vacunación contra el coronavirus (COVID-19). Remarcó que muchas personas deben realizar viajes de largas horas en el interior de un bus y que el objetivo es que, al ser eventualmente contagiados, no desarrollen complicaciones de la enfermedad.

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“Si bien la vacuna es voluntaria, no tiene ningún ciudadano derecho a contagiar a otro ciudadano. Al no estar vacunado las posibilidades de contagio son mayores”, expresó sobre esta medida.

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Desde este lunes 15 de noviembre, las personas de 45 años a más solo podrán abordar los buses interprovinciales, si cuentan con las dos dosis de vacuna. Bajo contexto, surge la siguiente interrogante: ¿cómo un ciudadano puede acreditar que cuenta con la inmunización completa contra el COVID-19? Aquí te lo contamos.

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