La Municipalidad de Independencia publicó una ordenanza que regula la tenencia, protección y control de canes en su jurisdicción, que como primera medida prohíbe contar con más de dos canes por vivienda.
A través de una ordenanza publicada en el diario oficial El Peruano, la comuna distrital estableció que las personas naturales y jurídicas podrán criar y/o poseer dos canes en su domicilio por “razones de salubridad”.
El insólito perfil de los perros potencialmente peligrosos, según Independencia https://t.co/KaRISS3v2r pic.twitter.com/Td5rWhY8UF
— Sociedad El Comercio (@sociedad_ECpe) noviembre 11, 2015
No obstante, quien desee criar un número mayor de canes, deberá acreditar que sus propiedades “por sus dimensiones, condiciones y características” pueden albergarlos. Para ello el interesado tramitará una autorización municipal especial ante la Gerencia de Gestión Ambiental. No obstante, en la norma no se precisa especificaciones respecto a dichas dimensiones.
MALTRATO ANIMAL
La Municipalidad de Independencia también estableció sanciones para quienes cometan actos de crueldad y violencia contra los canes. Las multas por “maltratos innecesarios” ascienden a 15% de una UIT (577.5 soles), para personas naturales, y 20% de UIT (770 soles), para personas jurídicas.
Asimismo, prohíben la organización de peleas de canes sea en lugares públicos o privados, así como su promoción, fomento y publicidad bajo la responsabilidad que le correspondiera a sus promotores, organizadores, y promotores, organizadores y propietarios.
REGISTRO Y SANCIONES
La norma también el Registro Municipal de Canes en de Independencia, en el cual los propietarios o responsables deberán registrar de manera obligatoria a todos los canes que tuvieran a su cargo, y especialmente los considerados potencialmente peligrosos.
Asimismo, dispone multas para los propietarios de canes que no cumplan con el recojo inmediato de las excretas de los canes en las áreas públicas del distrito. La sanción en este caso corresponde a 5% de una UIT (192.5 soles).
De igual forma, si un can ocasiona lesiones graves a una persona, el dueño estará obligado a cubrir el costo total de la hospitalización, medicamentos y cirugía reconstructiva necesaria. En caso de que el perro cause lesiones graves a otro animal, el dueño también deberá correr con los gastos y, en caso de muerte, indemnización. Estas disposiciones no serán aplicadas cuando se actúa en defensa propia, de terceros o de la propiedad privada.
SACRIFICIO DE PERROS
Por otro lado, la comuna distrital contempla el sacrificio de perros cuando estos “hayan causado daños físicos graves o muerte de personas o animales”, hayan participado en peleas y cuando “hayan sido recogidos por la autoridad municipal y en un plazo establecido por ley nadie facilite su retiro y /o haya sido imposible incorporarlo en la sociedad”.