Sentenciados por agresión familiar no podrán portar armas
Sentenciados por agresión familiar no podrán portar armas
Redacción EC

Una ley publicada en el diario El Peruano establece que ninguna persona con sentencia por agresión en el hogar pueda poseer armas de fuego, lo que significa un avance en la lucha contra la violencia familiar, según el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP).

La Ley N°30275 publicada el 30 de noviembre comenzó a entrar en vigencia hoy y modifica la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar con esta nueva restricción.

La ministra de la Mujer, Carmen Omonte, destacó que esta prohibición se extenderá también a quienes tengan antecedentes de violencia familiar e intenten obtener por primera vez su licencia para portar armas ante la Sucamec.

El MIMP destacó que el 2013 el 10% de los casos de feminicidio y de tentativas de feminicidio fueron ocasionadas por disparos, cifra que se redujo a 5% desde enero a setiembre de este año.

Según la Encuesta Nacional Demográfica y de Salud Familiar (Endes) del 2013, el 4% de las mujeres señalaron que sus parejas o esposos las atacaron o amenazaron con alguna arma. 

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