
Con el inicio del nuevo año escolar a la vuelta de la esquina, una ley recién implementada en California podría cambiar la forma en que miles de estudiantes viajan a clase. El gobernador Gavin Newsom firmó una legislación que apunta directamente a mejorar la seguridad en el transporte escolar, imponiendo nuevas reglas a conductores y empresas que prestan este servicio.
La medida, conocida como ley SB 88, fue aprobada en octubre de 2023 y entró en vigor en 2025, estableciendo estándares mucho más estrictos para quienes conducen autobuses escolares, camionetas o cualquier otro vehículo que transporte a menores en el marco de actividades educativas.
¿Qué cambia con la nueva ley?
A partir de este año, todos los choferes que reciben un pago por transportar estudiantes —sean empleados directos de escuelas o contratistas privados— deberán cumplir con requisitos más exigentes:
- Evaluación de riesgo de tuberculosis antes de ser contratados.
- Historial limpio de antecedentes penales y de tránsito.
- Exámenes médicos periódicos (cada 2 años, o cada año si el chofer tiene más de 65 años).
- Capacitación obligatoria en seguridad vial, primeros auxilios y trato a estudiantes con discapacidades.
- Controles regulares de uso de drogas y alcohol.
- Límites estrictos de conducción: máximo 10 horas por día y no más de 16 horas en total tras un turno con descanso.
- Inspección mecánica completa de cada unidad cada 12 meses o cada 50.000 millas (80.000 km).
- Todos los vehículos deben llevar botiquín de primeros auxilios y extintor.
¿Quiénes deben cumplirla?
Esta ley abarca a:
- Choferes de autobuses escolares, camionetas y autos usados por escuelas o empresas subcontratadas.
- Distritos escolares, oficinas educativas del condado, escuelas charter, etc.
- Cualquier entidad que preste servicios de transporte para actividades escolares, incluidos viajes largos y extracurriculares.
¿Hay excepciones?
Sí. La SB 88 no aplica en los siguientes casos:
- Padres, familiares o tutores legales que lleven a sus hijos.
- Choferes de transporte público o agencias sociales que no están bajo control de una entidad educativa.
- Casos de emergencia (accidentes, desastres naturales).
- Actividades escolares ocasionales con ciertos límites de tiempo de conducción.
- Estudiantes en hogares de acogida mientras se define su traslado definitivo.
- Viajes escolares de más de 200 millas con autorización previa.
¿Qué deben hacer las escuelas y empresas de transporte?
Toda institución educativa debe asegurarse de que los choferes contratados estén habilitados y en regla. Si contratan empresas externas, estas deben presentar una declaración jurada donde garanticen:
- Que no violaron leyes laborales al momento de contratar.
- Que cumplirán todas las normas de la SB 88.
- Que solo operan con choferes autorizados.
- Que toda documentación esté actualizada y disponible para auditoría.
¿Por qué es importante esta ley?
El transporte escolar en California involucra a miles de niños todos los días. La SB 88 busca reducir riesgos, evitar accidentes, y garantizar que tanto los conductores como los vehículos estén a la altura de esa responsabilidad.
Padres, maestros y autoridades locales ahora tendrán herramientas más sólidas para exigir seguridad, y los distritos deberán estar atentos a cumplir con todas las disposiciones legales.












