
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) dio a conocer los nuevos requisitos y reglas que deben cumplir los extranjeros que viven en el país norteamericano a partir de 11 de abril de 2025, de lo contrario, aquellos que no cuenten con documentos y se encuentren viviendo de manera ilegal que incumplan la medida pueden enfrentarse a cargos civiles y penales.
Los requerimientos del registro obligatorio de inmigrantes están circunscritos en el portal Alien Registration Requirement (ARR, por sus siglas en inglés) a cargo del USCIS, las personas extranjeras y sin documentos que vivan en EE.UU., tendrán un plazo de 30 días para realizar su registro a partir del comienzo de esta medida en abril. Por tal motivo, en este artículo te explicamos qué datos solicitan las autoridades migratorias.

¿Qué datos solicitan en el registro de inmigrantes en EE.UU.?
La Orden Ejecutiva 14159, Protegiendo al Pueblo Estadounidense Contra la Invasión, firmada por Donald Trump ordenó al Departamento de Seguridad Nacional (DHS) a asegurarse de que los extranjeros cumplan con su deber de registrase con el gobierno en cumplimiento con la sección 262 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) y asegurarse de que el no cumplir con este requisito sea tratado como una prioridad de control de ley civil y penal.
A la fecha, muchos extranjeros en Estados Unidos ya se han registrado según lo requiere la ley. Sin embargo, un número significativo de ellos no han tenido una manera directa para registrarse y cumplir con su obligación conforme con la sección 262 de la INA. Por tal razón, USCIS ha creado un nuevo formulario G-325R, Información Biométrica (Registro), y un proceso en línea mediante el que los extranjeros se pueden registrar y cumplir con lo requerido por la norma.
¿Cómo inscribirse en el registro obligatorio de inmigrantes en EE.UU.?
- Paso 1: Crear una cuenta en línea del USCIS
Para registrarse, primero se debe crear una cuenta de USCIS en línea siguiendo estas indicaciones:
- Visita la página de registro de USCIS.
- Ingresa una dirección de correo electrónico y confirma tu cuenta a través del mensaje de confirmación enviado a tu correo electrónico. Si no está en su correo basura o correo no deseado, seleccione “Didn’t receive confirmation instructions?” (“¿No recibió instrucciones de confirmación?”) para más información.
- Revisa y acepta los Términos de Uso haciendo clic en “I Agree” (“Estoy de acuerdo”)
- Crea una contraseña segura que tenga, por lo menos, ocho caracteres, una letra mayúscula, una letra minúscula y un carácter especial.
- Elige cómo recibir un código de verificación de un solo uso para mayor seguridad (por correo electrónico y por mensaje de texto), y luego haga clic en “Submit” (Enviar).
- Cuando creas una cuenta, también recibirás un código de respaldo de verificación de dos pasos. Imprímelo, guárdalo y manténlo en un lugar seguro.
- Selecciona preguntas de recuperación de contraseña.
- En “Account Type” (Tipo de cuenta), seleccione “I am an applicant, petitioner, or requestor” (Soy un solicitante o peticionario) o “I am a legal representative” (Soy un representante legal).
- Adjunta solicitudes presentadas en formato impreso a tu cuenta en línea. Como solicitante, haga clic en “My Account” (“Mi Cuenta”) y después en “Add a paper-filed case” (“Añadir un caso presentado en formato impreso”) en el menú desplegable. Ingrese su número de recibo y podrá ver el estatus e historial de su caso.
Cada extranjero que presente el Formulario G-325R debe tener su propia cuenta en línea del USCIS. Esto incluye a los extranjeros menores de 14 años. Si usted es el padre, madre o tutor legal de un extranjero menor de 14 años que necesita registrarse, deberá crear una cuenta en línea USCIS individual en nombre de su hijo.
- Paso 2: Presentar el formulario G-325R
Una vez creada su cuenta en línea USCIS o la de su hijo (si usted es el padre o tutor legal de un extranjero menor de 14 años), se debe rellenar una versión electrónica del Formulario G-325R, Información Biográfica (Inscripción), el mismo que debe presentarse en línea a través de una cuenta en línea del USCIS. No puede presentarse por correo postal ni en persona.
Cada extranjero que necesite registrarse debe presentar el Formulario G-325R desde la cuenta en línea individual del USCIS del extranjero. Este documento sólo puede ser presentado por el titular de la cuenta en línea del USCIS. Si usted es el padre, madre o tutor legal de un extranjero menor de 14 años que necesita inscribirse, deberá presentarlo en nombre del extranjero a través de su cuenta en línea individual del USCIS.
Al rellenar el Formulario G-325R, tenga en cuenta si ya se ha registrado. Por ejemplo, si tiene un número de registro de llegada-salida que proporcionar en respuesta a la pregunta “¿Cuál es su número de registro de llegada-salida del Formulario I-94?“, entonces el DHS ya le ha expedido una prueba de registro. Cualquier persona a la que se le haya expedido el Formulario I-94 o I-94W en el momento de su admisión o libertad condicional en los Estados Unidos ya está registrada. Sólo los extranjeros que se hayan registrado previamente pero a los que no se les hayan tomado las huellas dactilares y que hayan cumplido 14 años en Estados Unidos deben presentar el Formulario G-325R en un plazo de 30 días desde que cumplieron 14 años.
- Paso 3: Revisión del formulario G-325R por el USCIS
Una vez presentado el Formulario G-325R, el USCIS revisará la información proporcionada y cualquier registro del DHS disponible sobre el solicitante. Si parece que ya ha cumplido con los requisitos de inscripción de alguna otra manera y no necesita presentar el Formulario G-325R, USCIS le notificará que ya ha cumplido con el requisito de inscripción. Si ya se ha registrado como lo requiere la INA 262, USCIS no le programará una cita para servicios biométricos ni le proporcionará evidencia de registro.
Si parece que estás obligado a registrarte, USCIS revisará el Formulario G-325R ingresado para determinar si tienes que presentarte para una cita de servicios biométricos. Si no estás obligado a presentarte a una cita de servicios biométricos (por ejemplo, los visitantes canadienses y los extranjeros menores de 14 años), USCIS proporcionará una prueba de registro (como se explica en el Paso 5 a continuación).
- Paso 4: Acudir a la cita para la captura de datos biométricos
Si estás obligado a registrarte y proporcionar tus datos biométricos, USCIS te programará una cita en uno de sus Centros de Apoyo de Solicitudes (ASC). Los solicitantes de registro no están obligados a pagar una cuota de servicios biométricos bajo la Regla Final Provisional.
Una cita de servicios biométricos es una cita en la que uno proporciona sus huellas dactilares, fotografía y/o firma al USCIS. Esto permite a la mencionada agencia del DHS confirmar la identidad del solicitante y llevar a cabo las verificaciones de antecedentes y seguridad necesarias.
- ¿Cómo programo mi cita de servicios biométricos? Después de presentar su petición o solicitud, USCIS programará su cita de servicios biométricos en un Centro de Asistencia en Solicitudes (ASC) local. Su notificación de cita (Formulario I-797C, Notificación de Acción) incluirá la fecha, hora y ubicación de su cita con ASC.
- ¿Qué debo llevar a mi cita de servicios biométricos? Debe traer su notificación de cita en el ASC (Formulario I-797C) y una identificación válida con foto (por ejemplo, su Tarjeta de Residente Permanente (Green Card), pasaporte o licencia de conducir). También es recomendable revisar la copia de la solicitud o petición que completó.
- ¿Qué sucede durante mi cita de servicios biométricos? Cuando usted comparezca a su cita, presentará sus datos biométricos en máquinas diseñadas para tomar estos datos biométricos. Si tiene 14 años de edad o más, debe proporcionar una firma en su solicitud o petición presentada con USCIS. No es requerido que los menores proporcionen una rúbrica en la solicitud o petición, pero pueden optar por firmar su nombre si son capaces de ello. Un padre o tutor legal también puede firmar la solicitud o petición a nombre del menor.
- ¿Qué pasa si necesito reprogramar mi cita de servicios biométricos? Debe hacer la solicitud a través de su cuenta en línea myUSCIS o llamar al Centro de Contacto de USCIS al 800-375-5283 (TTY 800-767-1833). Debe presentar la solicitud de reprogramación antes de la fecha y hora de su cita original y demostrar que tiene causa justificada para reprogramar la cita.
- ¿Qué pasa si necesito ayuda con el idioma durante mi cita de servicios biométricos? Si no entiendes inglés hablado, debes traer contigo a alguien que pueda traducirte. Debes traer a alguien como, por ejemplo, un familiar, tu abogado o un representante acreditado.
- ¿Qué pasa si tengo una discapacidad y necesito adaptaciones? Visita la página Acomodos Especiales por Discapacidad para el Público para hacer tu solicitud de acomodo en línea; o llama al Centro de Contacto de USCIS al 800-375-5283 (TTY 800-767-1833) para ayuda en inglés o español.
- ¿Dónde puedo encontrar más información sobre las citas de servicios biométricos? Para información general y localizar el Centro de Asistencia en Solicitudes más cercano a ti, visita la página Localizador de Servicios y Oficinas Locales de USCIS. También puedes llamar a la línea gratuita al 1-800-375-5283.
Si te niegas intencionalmente a asistir a tu cita de servicios biométricos (si se requiere), se puede determinar que no te has registrado bajo INA 266(a), 8 U.S.C. 1306(a), y puede resultar en sanciones penales contra tu persona.
- Paso 5: Recibir la documentación de inscripción
Una vez que te hayas inscrito y hayas proporcionado tus datos biométricos (de ser necesario), se publicará una notificación (USCIS Proof of G-325R Registration) que proporciona la prueba de tu inscripción en tu cuenta en línea del USCIS, donde se te permitirá descargar una versión en PDF del aviso para poder imprimirla.

¿Qué sanciones penales puedo recibir por no inscribirme, negarme a hacerlo o no failiar mis datos biométricos en el registro obligatorio de inmigrantes en EE.UU.?
Cualquier extranjero que intencionadamente no solicite o se niegue a solicitar el registro o a que se le tomen las huellas dactilares (si es necesario), y cualquier padre o tutor legal que deba solicitar el registro en nombre de un extranjero menor de 14 años y que intencionadamente no presente o se niegue a presentar una solicitud para el registro de dicho extranjero, será culpable de un delito menor y, en caso de condena, se le impondrá una multa no superior a 5.000 dólares o una pena de prisión no superior a 6 meses, o ambas cosas.
Cabe precisar que la inscripción en el Registro de Migrantes en Estados Unidos no es un estatus de inmigración y la documentación de registro no crea un estatus de inmigración, no establece autorización de empleo ni proporciona otro derecho o beneficio bajo INA ni ninguna otra ley estadounidense.

Video de YouTube de Univision Los Angeles











