Carlos  Morales

La aprobación en la del de un dictamen que propone derogar la ley del , y la desactivación del aparato institucional de , causa preocupación a los sectores académicos vinculados a y a los gestores estatales de . La noticia pasó inadvertida por el cúmulo de información que recibimos cotidianamente, que grafica con inocultable realismo nuestra cada vez mayor precariedad institucional, como reflejan los indicadores globales de gobernanza y la rebaja de nuestra calificación crediticia por parte de las agencias clasificadoras de riesgos.

Esta historia registra un antecedente. Durante la primera fase del actual gobierno de , se conformó una comisión multisectorial que propuso medidas para el “fortalecimiento” de Servir. En julio del 2022 emitió su informe técnico, que evaluó el avance del tránsito de las entidades públicas al servicio civil.

El diagnóstico no fue alentador. Al 2022, solo habían iniciado el tránsito al servicio civil poco más del 25% de entidades públicas; de ese porcentaje, el 90% recién estaba iniciando la fase de diagnóstico y el 10% restante se encontraba en las de reorganización y valorización de puestos.

Como era evidente, Servir requería un reforzamiento de su capacidad operativa para que se le provea de presupuesto y equipos técnicos, a fin de replantear los mecanismos idóneos para concretar la implementación de la reforma.

Por su parte, el informe de la comisión concluyó que, al haber transcurrido más de ocho años y no registrarse avances en su implementación, existía desconfianza entre los sindicatos de trabajadores públicos y la población respecto de la viabilidad del proceso de tránsito de entidades y trabajadores al régimen del servicio civil.

Lo curioso es que, en el mismo informe, la comisión reconocía que la “parálisis” en la implementación respondía a la falta de impulso político y económico, que precisamente tocan al ; y, por cierto, al Congreso, en lo relativo a los recursos presupuestales.

Otra nota llamativa es que el informe atribuye los resultados del proceso de tránsito a la escasa difusión de los beneficios que ofrece el servicio civil a los trabajadores públicos ( y gratificaciones completas, línea de carrera meritocrática, etc.); nuevamente, aspectos de competencia del Ejecutivo, por estar adscrito Servir a la

Adicionalmente, el informe de la comisión sostenía que Servir no realizó una eficiente función de supervisión y fiscalización, a diferencia de la señalando que habría dejado desprotegidos los derechos laborales de los trabajadores públicos, por lo que se proponía su adscripción al , cartera ministerial que, para mayores señas, se encontraba entonces a cargo de, quedando así fragmentadas sus competencias.

Pues bien, ¿qué es lo que propone ahora el dictamen de la Comisión de Trabajo del Congreso?

El dictamen en cuestión, recaído sobre los proyectos de ley de los congresistas , y , propone un texto sustitutorio que se votaría en el pleno del Congreso, que en su artículo 1 plantea derogar la ley del servicio civil y su norma de origen, que crea Servir como entidad rectora del sistema de recursos humanos del ; es decir, eliminar el régimen legal del servicio civil y su aparato institucional.

En su reemplazo, se propone una comisión tripartita conformada por representantes del Ejecutivo, del Congreso y de las organizaciones sindicales de trabajadores estatales, cuya función sería proponer modificaciones normativas y mejoras respecto de los distintos regímenes laborales, “creando” un nuevo régimen legal que unifique los regímenes laborales públicos, privados y de contratación administrativa existentes en el Estado.

En sus disposiciones complementarias y finales, se crea un organismo transitorio para la administración de la gestión de los recursos humanos del Estado, propuesta inédita hasta donde tenemos conocimiento, teniendo en cuenta que asumiría idénticas funciones a las que ya viene cumpliendo Servir y que han sido virtualmente calcadas de su norma de creación.

Finalmente, se crea un Tribunal Transitorio de Recursos Humanos, recogiéndose las mismas regulaciones que contempla la ley del servicio civil en materia de faltas disciplinarias y de procedimiento administrativo sancionador, reproduciéndose artículos completos de la ley; eso sí, con lamentables omisiones, que explican por sí solas la verdadera motivación del proyecto.

Un principio básico de técnica legislativa es que, cuando se legisla, desde el punto de vista jurídico, se busca crear algo nuevo o modificar lo existente para mejorarlo. También, que se deroga lo redundante o superfluo, o aquello que contradice u oscurece el sentido y no coadyuva a la adecuada aplicación de una norma jurídica. Nada de ello ocurre con la ley del servicio civil.

Uno de los aspectos más controvertidos de la ley, que se apreció desde su vigencia, fue la prohibición de negociar colectivamente incrementos de remuneraciones para los trabajadores públicos. Esta prohibición, luego de diversos pronunciamientos del , fue dejada sin efecto por la nueva ley de negociación colectiva para el sector público, manteniéndose incólume el resto del texto de la ley.

Fuera de lo señalado, el proyecto propuesto por la Comisión de Trabajo dista mucho de ser original, por cuanto lo que propone simple y llanamente es derogar la ley del servicio civil, dejando únicamente subsistentes el régimen disciplinario y el procedimiento sancionador, para que se continúen aplicando las sanciones por faltas disciplinarias a los trabajadores públicos que incumplan sus deberes, obligaciones e impedimentos recogidos en la ley.

La omisión más saltante del proyecto es una materia neurálgica que sí contempla la ley vigente: las causales de término del servicio civil, ligadas al cese del trabajador que no apruebe las evaluaciones de desempeño, con lo que la meritocracia pasa a ser simple moneda de cambio en las relaciones laborales en el sector público.

En la ley vigente, el cese no ocurre de forma automática, sino que deben mediar dos evaluaciones consecutivas, seguidas de una capacitación a los seis meses siguientes, y la desvinculación solo ocurre después de un rendimiento deficiente comprobado de tres años.

Los criterios y requisitos de las evaluaciones los define Servir, y deben ser objetivos y cuantificables, y ser puestos en conocimiento del trabajador público de forma previa; luego debe darse una retroalimentación con el área de recursos humanos, a fin de identificar posibilidades de mejora, en cuyo caso se llevan a cabo capacitaciones personalizadas.

Paradójicamente, los aspectos en los que Servir ha desarrollado fortalezas son en sus funciones de rectoría y de resolución de reclamos de los servidores ante el Tribunal del Servicio Civil, como lo evidencian las estadísticas presentadas por Servir tanto ante la comisión multisectorial como ante la comisión parlamentaria.

Así, en los últimos diez años, Servir emitió 193.807 informes técnicos, fijando criterios interpretativos y aplicativos respecto de los múltiples aspectos regulados en la normatividad laboral del sector público, orientando a los responsables de la gestión de recursos humanos del Estado.

Desde el 2011, el Tribunal del Servicio Civil ha resuelto 103.500 controversias, contando únicamente con dos salas, dictando 23 precedentes vinculantes, que fijan criterios legales que otorgan predictibilidad a sus decisiones, en beneficio de los trabajadores públicos que formulan sus reclamos.

Por ello, existe un importante acervo institucional que apuntala al sistema administrativo de gestión de recursos humanos estatal, que estaría siendo dejado de lado con la apresurada creación de organismos y tribunales “transitorios”, que partirían de una base cero, sin vocación de permanencia, lo que demuestra no solo la falta de sustento técnico que exhibe la propuesta, sino los claros intereses que la impulsan, contrarios a la reforma, porque es percibida por los sectores sindicales como una amenaza a la preservación de sus derechos como la estabilidad laboral.

Lo que corresponde es una revisión integral y técnica de la reforma, pero, sobre todo, un compromiso responsable de los actores políticos centrales, poniendo el interés general sobre cualquier otra consideración, pues solo con voluntad política firme y decidida será posible lograr avances sustantivos, sin retroceder en lo conseguido a nivel institucional, que, si bien no ha tenido el impacto deseado, constituye la base fundamental para la reforma del servicio civil, para así aspirar a reclutar mejores servidores públicos que le den legitimidad y viabilidad al Estado, y que lo acerquen a los ciudadanos. Los peruanos lo merecemos y tenemos que hacer oír nuestra voz al respecto.

*El Comercio abre sus páginas al intercambio de ideas y reflexiones. En este marco plural, el Diario no necesariamente coincide con las opiniones de los articulistas que las firman, aunque siempre las respeta.

Carlos Guillermo Morales es Expresidente del Tribunal del Servicio Civil

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