David C. Rapoport, uno de los más grandes estudiosos del terrorismo, escribió “Las cuatro oleadas del terror” (2004), obra en la que identificó los principales hitos del terrorismo internacional desde 1880 con la oleada anarquista hasta la actual cuarta oleada de terrorismo religioso. Los grupos terroristas que operaron en nuestro país pertenecerían a la llamada oleada de “la nueva izquierda”. El objetivo del terrorismo en estas oleadas fue generar cambios en el statu quo político, económico y en los modelos de gobierno. Más allá de estas denominaciones, lo cierto es que el autor señala que el terrorismo es una estrategia y nunca un fin. Que las víctimas del terrorismo siempre son medios y no objetivos finales.
El Partido Comunista del Perú Sendero Luminoso (PCP-SL) y el Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA), en su lógica terrorista, asesinaron con sevicia a miles de campesinos y ashánincas con el objetivo político de destruir el Estado y tomar el poder. Fueron derrotados y muchos de ellos encarcelados. A fines de 1990 había más de 2.000 terroristas cumpliendo penas de entre 20 y 30 años. Ahora quedan menos de 100, principalmente los que formaron parte del llamado comité central. Los demás fueron liberados por cumplimiento de pena.
Ahora bien, recientemente el Tribunal Constitucional (TC) emitió una sentencia que declaró inconstitucional el marco normativo que limitaba los derechos políticos a los condenados por terrorismo. El argumento central tiene una simplicidad temeraria e irresponsable. Su raciocinio olvida las complejidades intrínsecas propias del fenómeno terrorista. Para nuestros magistrados, como en los valses de antaño, el solo paso del tiempo arregla y lo borra todo. Si un terrorista cumplió su sentencia está rehabilitado y, cual paloma angelical, vuelve a nacer con todos sus derechos restablecidos.
Hay varios temas que deben ponerse en debate. Primero, ¿los conceptos de rehabilitación y resocialización pensados para los delitos comunes deberían ser aplicables para los que integraron y, en no pocos casos, siguen vinculados a los órganos de fachada de los grupos terroristas?
Segundo, después de los ataques terroristas del 11 de setiembre del 2001 se produjeron abundantes tratados internacionales de lucha contra el terrorismo; todos ellos suscritos por el Perú. Estos instrumentos van en la línea de fortalecer la persecución contra dicho delito. Como parte de las obligaciones de los estados firmantes de diseñar políticas de prevención, se considera válida la adopción de medidas que recortan ciertos derechos de sentenciados por terrorismo como la privacidad, la asociación e, inclusive, el derecho a elegir y ser elegidos.
Tercero, ¿el TC se olvidó que, como una estrategia de sobrevivencia, el PCP-SL viene ejecutando una estrategia política armada por el propio Abimael Guzmán? ¿Qué debe hacer la policía cuando mandos terroristas ‘rehabilitados’ integran el Movadef y otros órganos generados?
Por ejemplo, en España para que se considere rehabilitado a un terrorista que cumple su condena, este tiene que pasar por un programa de reeducación y reinserción social que, entre otras cosas, les pide apartarse de la organización terrorista y condenar expresamente a la violencia que generó. ¿En el Perú algún terrorista pidió perdón?
La democracia pierde legitimidad cuando sus instituciones se muestran lerdas para comprender la amenaza terrorista. Qué rápido hemos olvidado el proceso de formación que siguió el PCP-SL y el MRTA. ¿Convirtieron al magisterio en plataforma de su radicalización y ahora, como si no hubiese pasado nada, vamos a abrirles las puertas de los colegios? Pluralismo político, sí, pero dentro de los principios democráticos.
¿Qué sentido tiene ratificar los tratados contra el terrorismo si no van a ser aplicados como parte de nuestra legislación?