(Ilustración: Giovanni Tazza)
(Ilustración: Giovanni Tazza)

Nuestro país enfrenta una coyuntura política difícil, lo que genera un alto grado de polarización, el recrudecimiento de odios y, lamentablemente, que se utilice la mentira como argumento para descalificar los nuestros; mentiras que resulta imperativo desvirtuar. 

En primer lugar, el procedimiento de vacancia que se ha iniciado y que tendrá su desenlace en las próximas horas se encuentra expresamente previsto en la Constitución Política (artículo 113) y en el reglamento del Congreso (artículo 89-A), siendo resuelto por un órgano de naturaleza política, como el Congreso de la República. Por lo tanto, sería constitucional y democrático aprobar una vacancia, como ocurrió recientemente en Brasil y Paraguay. 

Si en este ámbito constitucional y democrático, nosotros los congresistas, en el ejercicio del balance de poderes, renunciamos a ejercer nuestro rol fiscalizador, tarde o temprano este se trasladará fuera de los cauces democráticos, llegando en algunas ocasiones en forma violenta a las calles. Hoy nos toca liderar la lucha contra la corrupción, siendo este un deber irrenunciable, cuyo desconocimiento podría originar un intenso movimiento social en las calles, tal como sucedió en Brasil o Ecuador. 

La decisión que se adopte hoy será una decisión sustentada en criterios de naturaleza política y resuelta por un órgano político. Al no imputarse la comisión de un delito o infracción constitucional (que para el caso no resultaría necesario), el procedimiento de vacancia no puede ni debe ser equiparado con un proceso judicial. 

Sin perjuicio de ello, la naturaleza política no implica un desconocimiento del respeto al debido procedimiento, pero tampoco puede significar la incorporación de categorías jurídicas de índole judicial con el ánimo de confundir a la población. Dicho en otros términos, no se puede equiparar un procedimiento parlamentario específico, como el de vacancia, que es de naturaleza estrictamente política, con un proceso penal, que es de naturaleza judicial. De ahí que, por ejemplo, no corresponda que se exija fundamentos jurídicos de índole judicial en la motivación de la decisión. 

En el presente caso, contrariamente a lo que se ha señalado, el debido procedimiento ha sido respetado y estamos seguros que lo será hasta el final. Se presentó una moción, la misma fue debatida y aprobada por 93 de los 110 congresistas presentes, se corrió traslado al presidente del pedido de vacancia, y pese a que el reglamento del Congreso le otorga solo 60 minutos para el ejercicio del derecho de defensa, hemos acordado permitir que el ejercicio de dicho derecho se extienda por una hora más. Asimismo, se ha convocado a la sesión en la que se debatirá la vacancia en el plazo previsto en el reglamento del Congreso (entre el tercer y décimo día luego de admitido el pedido) siendo que, incluso, se ha optado por computar aquel plazo en días hábiles, no calendario. No es una vacancia express. 

Se debe precisar además que el procedimiento de vacancia también es distinto del juicio político. Recordemos que la acusación constitucional comprende dos procedimientos: el antejuicio y el juicio político. Este último procede ante la comisión de una infracción constitucional. En nuestro país, solo procede acusar constitucionalmente por causales específicas (artículo 117 de la Constitución) entre las cuales no se encuentra, desde luego, la incapacidad moral permanente.  

En consecuencia, para que proceda la vacancia no resulta necesario que se evidencie siquiera una infracción constitucional o un delito. Lo que corresponde exigir, a través de una valoración de naturaleza ética, es que se acredite: a) la conducta (comisiva u omisiva) reñida con la moral; b) la gravedad de la conducta; y c) la aptitud de dicha conducta para anular la capacidad moral del presidente en forma permanente que le impida continuar en el cargo. Es decir que nos encontramos ante una decisión política y ética; no ante una decisión judicial. Justamente, teniendo en cuenta que se trata de una sanción ética, nuestra Constitución ha previsto una votación calificada (87 votos). 

Finalmente, no dejemos que los odiadores de siempre que hoy piden la renuncia de los vicepresidentes y el adelanto de elecciones agudicen esta crisis política, a ellos les decimos: basta de mentiras, permitan un futuro distinto a nuestro Perú. La confrontación hepática no es la solución, blindar a la corrupción tampoco.