La concertación que no fue

“La pregunta, entonces, es qué servicio le presta el distribuidor al productor, más allá de lo obvio, que es poner su producto en el punto de encuentro con el consumidor”.

Iván Alonso
Por

Economista

Resumen

Este resumen es generado por inteligencia artificial y revisado por la redacción.

El Tribunal de Defensa de la Competencia, la máxima instancia de Indecopi en la materia, ha anulado los procesos iniciados contra cuatro cadenas de supermercados y contra la compañía San Fernando por una presunta concertación de precios. Según la Comisión de Libre Competencia, la instancia previa, los supermercados concertaron los precios del pavo entero de la marca San Fernando en las campañas navideñas de los años 2009 al 2016 con la participación de la compañía como planificadora, intermediaria o facilitadora. Su evidencia son unos correos electrónicos en los que se discute la política de precios. El Tribunal ha dicho que esos correos no evidencian una concertación entre los supermercados, que está sujeta a una prohibición legal absoluta, sino el mantenimiento del precio de venta al consumidor establecido por el productor, lo que puede ser o no una práctica anticompetitiva, dependiendo de las circunstancias. El Tribunal ha dejado en pie la posibilidad de iniciar otro proceso con una tipificación distinta de la falta.

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