"Es deber de los gobernantes el cumplir la Constitución y las leyes, así como hacerlas cumplir por todos los ciudadanos" (Foto: Presidencia).
"Es deber de los gobernantes el cumplir la Constitución y las leyes, así como hacerlas cumplir por todos los ciudadanos" (Foto: Presidencia).
Erick Urbina

Se atribuye a Luis XIV, rey de Francia y Navarra, la frase “l’Etat c’est moi”, que refleja al absolutismo monárquico en su máximo esplendor. Según los historiadores, el monarca pronunció “el Estado soy yo” al ver que la corte parisina no estaba de acuerdo con los edictos que había presentado. Con esta frase, el “Rey Sol” quería hacerles ver a los integrantes de la corte que era un absurdo todo lo que ellos discutían sobre sus propuestas y actos de gobierno, pues estos debían ser aceptados sin cuestionamientos pues venían del rey, quien estaba por encima de la ley.

En el Estado absolutista se despojó a la clase dirigente de su función política para convertirla en una aristocracia cortesana que llevó al pueblo a la hambruna acompañada de una alta mortalidad y una gran desigualdad. Esto devendrá en un periodo de conflictos sociales y políticos acompañados de guerras civiles hasta la Revolución Francesa y la llegada del Estado Liberal.

La instauración de los regímenes liberales trajeron consigo la fórmula del Estado de derecho, que se caracteriza por: limitar al poder (principio de separación de poderes); reconocer y garantizar derechos; y, el sometimiento de todos a la ley, empezando por los que gobiernan. El Perú –según establece nuestra Constitución– se organiza según el principio de la separación de poderes y en el marco de un Estado constitucional de derecho. Asimismo, es deber de los gobernantes el cumplir la Constitución y las leyes, así como hacerlas cumplir por todos los ciudadanos.

En atención a lo expuesto previamente, llama la atención que el actual gobernante del Perú –así como quienes lo acompañan en la luz y en la sombra– actúen más como reyes coronados por derecho divino que como gobernantes elegidos por voluntad popular, quienes deben someterse a la ley y rendir cuentas por sus actos de gobierno.

El actuar del presidente Castillo ha estado reñido con la constitucionalidad y la legalidad. Empezando por su juramentación pues, conforme lo señala Carlos Hakansson: “(…)Si no resulta válido jurar por la anterior (1979), como lo hizo la presidencia de Ollanta Humala, tampoco lo es por un texto futuro como juró . La institucionalidad demanda el juramento de cumplir con los límites establecidos en las disposiciones constitucionales, que no son una mera formalidad. Cualquier acción y omisión contraria a ellas producirá la ilegitimidad del mandato presidencial”.

Pero este no es el único acto reñido con la ley; la decisión inicial de no gobernar en Palacio (corregida posteriormente), el nombrar a ministros y otros funcionarios que no cuentan con las credenciales necesarias y exigidas por la ley, además de tener –en más de un caso– problemas con la justicia y/o vínculos con el terrorismo, pretender implementar un sistema de ronderos en circunscripciones no previstas para ello, entre otros, son muestra de esto y reflejan un comportamiento reiterado y consciente por parte del gobernante y sus acompañantes.

Frente a estos actos y otros más hay responsabilidad por lo menos política y corresponde al Poder Legislativo ejercer sus funciones de control político previstas en la Constitución y su Reglamento para hacer prevalecer el Estado constitucional de derecho. Cabe resaltar que no es necesario otorgar primero el voto de confianza antes de ejercer mecanismos como la interpelación ministerial, la censura o la acusación constitucional.

Hace pocos días celebramos el bicentenario de nuestra independencia y nuestro nacimiento como República. Ya no estamos en los tiempos en los que los gobernantes estaban por encima de la ley y aunque un partido político haya ganado, esto no les da carta blanca para hacer y deshacer a su sola voluntad y sin límites.

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