Redundancia sí, pero no a costa de pagar dos veces

“Es mejor tener un seguro y no necesitarlo que necesitarlo y no tenerlo”.

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Alberto Pasco Font ha escrito una columna que vale la pena leer: «Seguridad energética: necesitamos redundancia» (Perú 21, 26/10/26). Su argumento es claro. El Perú depende cada vez más de fuentes de energía vulnerables al clima: la hidroelectricidad sufre con las sequías, y la generación eólica y solar con El Niño. Cuando todo eso falla, queda el gas natural. Pero el gas de Camisea llega por un solo sistema de transporte, y marzo de 2026 demostró lo que pasa cuando ese sistema se detiene.

Su propuesta es construir una infraestructura de respaldo, por ejemplo; una terminal para importar y regasificar gas natural licuado, financiada con un pequeño recargo en las tarifas, «como pagar por un seguro».

Coincido con el diagnóstico. Pero precisamente porque el argumento es correcto, conviene hacer una distinción antes de que se use para otra cosa. Cuando se habla de «seguridad del suministro de gas», en realidad se mezclan dos asuntos que no son iguales.

Vale la pena recordar qué le exige hoy ese contrato a la empresa. Según lo informado por Osinergmin, TGP debe diseñar, construir, mantener y operar el sistema de manera que se limiten las paradas no programadas, y garantizar una disponibilidad del 99% en un año continuo. No es una aspiración: es una obligación.

Por eso, cuando el sistema se detuvo trece días en marzo, Osinergmin concluyó que TGP había incumplido el contrato, al no entregar el flujo ni la presión necesarios para atender la demanda máxima diaria, y envió sus informes al Ministerio de Energía y Minas, que todavía no ha resuelto las consecuencias. Mantener el ducto, inspeccionarlo, reponer los componentes que se desgastan y gestionar sus riesgos es parte del servicio que TGP vende. No es un favor ni una inversión extraordinaria.

El riesgo aparece cuando estas dos seguridades se confunden dentro de una negociación. La Novena Adenda de TGP pide diez años más de concesión y, a cambio, ofrece un paquete de inversiones. Según las críticas que ha recibido, ese paquete incluiría cargos en la tarifa por inversiones de reposición, redundancia y seguridad, y calificaría parte de ellas como «CAPEX de reposición».

Ese es el punto delicado. Si algunas de esas inversiones ya correspondían a TGP por su contrato vigente, presentarlas como «nuevas» tendría dos efectos. Primero, los usuarios pagarían otra vez, en la tarifa, una confiabilidad que ya estaban pagando. Segundo, esas mismas obras servirían para justificar diez años más de concesión. Una obligación que no se cumplió del todo se convertiría así en moneda de cambio. Y el argumento de Pasco Font, que es correcto para la seguridad del país, podría terminar usándose para algo que no tiene nada que ver; hacer pagar a los usuarios la seguridad del ducto que el concesionario ya debía garantizar.

Un ejemplo de la vida diaria ayuda a verlo. Imagine que contrata un servicio de transporte escolar. En el precio mensual está incluido el mantenimiento de la camioneta: frenos, llantas, revisión técnica. Un día, la camioneta se queda varada y los niños llegan tarde durante dos semanas. Al mes siguiente, la empresa le propone renovar el contrato por diez años más y, de paso, cobrarle un recargo por «mejoras de seguridad»: frenos nuevos y llantas nuevas. Usted preguntaría lo obvio: ¿eso no estaba incluido en lo que ya pago? Otra cosa muy distinta sería que usted decidiera contratar, además, una segunda camioneta de respaldo para cuando la primera falle. Eso sí es algo nuevo, y es razonable pagarlo aparte. Esa es la redundancia de la que habla Pasco Font.

Para que la necesidad real de redundancia no se confunda con las obligaciones del concesionario, el Estado debería tomar tres medidas antes de aprobar la adenda.

  1. La primera es revisar el contrato vigente y sus ocho adendas, y establecer con precisión qué deberes de inspección, mantenimiento, monitoreo, gestión de riesgos y reposición ya corresponden a TGP.
  2. La segunda es clasificar cada inversión de la adenda, para distinguir las que solo cumplen deberes que ya existían, las que mejoran de verdad el estándar exigido y las que son infraestructura nueva; solo estas dos últimas pueden justificar una contraprestación.
  3. La tercera es discutir la redundancia del sistema por separado, como una política de seguridad energética, con su propio análisis de costos y beneficios y comparando alternativas (terminal de GNL, almacenamiento, otros ductos), y no como parte de la negociación de una prórroga.

Seguramente se responderá que, después de marzo, la seguridad no puede esperar y que la adenda es la forma más rápida de lograrla. Es al revés. Si hay obras de seguridad que ya son obligación de TGP, el Estado puede y debe exigirlas hoy, con el contrato vigente, que sigue en pie hasta 2034. No necesita esperar una adenda ni conceder diez años a cambio. Y si lo que se necesita es redundancia del sistema, esa decisión tampoco depende de la prórroga: puede promoverse desde ya, por la vía que resulte más conveniente. Atar la seguridad a la aprobación de la adenda no la acelera; solo la convierte en argumento de negociación.

Pasco Font tiene razón: es mejor tener un seguro y no necesitarlo que necesitarlo y no tenerlo. Pero un buen seguro cubre riesgos nuevos, no lo que el proveedor ya estaba obligado a hacer, y en esa letra chica está la diferencia. La redundancia que necesita el país merece una discusión propia. La responsabilidad del concesionario por su propio ducto ya tiene contrato, tarifa y regulador. Mezclar ambas cosas en una adenda sería pedirles a los usuarios que paguen dos veces por su seguridad, y a la empresa que cobre por lo que ya debía.

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