La campaña electoral vuelve a poner sobre el tapete la discusión sobre el papel de los alcaldes y alcaldesas en la seguridad ciudadana. Tratándose, por lejos, del principal problema urbano, a estas alturas no hay forma de que quienes aspiran a convertirse en autoridades municipales se desentiendan del asunto. Pero, qué es en realidad lo que pueden hacer los alcaldes para enfrentar este problema. Como no hay claridad al respecto, me permito enumerar cinco de sus posibles responsabilidades.
La primera es mantener el orden en la ciudad, por cuanto es en el desorden que prosperan las conductas antisociales y el delito. Para ello deben aplicar con firmeza las disposiciones legales y ordenanzas municipales referidas, entre otros, al comercio ambulatorio, al tránsito y al transporte, al expendio de bebidas alcohólicas, al consumo de alcohol y drogas en la vía pública, al funcionamiento de los locales nocturnos y las normas de sanidad pública y defensa civil. Ésta es una función municipal por excelencia.
La segunda es vigilar y patrullar el espacio público para garantizar la tranquilidad y seguridad, evitar la ocurrencia de conductas antisociales, faltas y delitos, y atender los pedidos de intervención del público. Es la típica función de disuasión que tradicionalmente correspondió a la policía, pero que desde principios de los 90, y de manera cada vez más creciente, viene siendo asumida por los serenazgos, de acuerdo con la Constitución y la Ley Orgánica de Municipalidades.
La tercera es la prevención de las conductas antisociales, violentas y delictivas. Existen varias formas de prevención. La situacional, que busca mantener el espacio público ordenado, iluminado y seguro. La comunitaria, que organiza a los vecinos. La cultural, que fomenta una cultura cívica. La social, que trabaja con los grupos en riesgo. Son especialmente importantes la prevención y el tratamiento de las adicciones, y la prevención de las violencias, especialmente la juvenil y la violencia contra la mujer.
La cuarta es la gestión de la información delictiva, que se construye a partir de las llamadas de los vecinos y de las denuncias de estos ante el serenazgo y la policía. La calidad y oportunidad de la información permitirá responder bien al requerimiento de los vecinos, planificar la vigilancia y el patrullaje, diseñar estrategias preventivas, evaluar el desempeño de las instituciones involucradas y facilitar la labor de investigación que corresponde a la fiscalía y la policía.
La quinta, y quizá la más importante, es la articulación del esfuerzo de todas las instituciones públicas y privadas, así como de la ciudadanía en el ámbito local, como lo manda la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. En su calidad de presidente del comité respectivo, el alcalde conduce y supervisa la estrategia, exige que las instituciones públicas, especialmente la policía, le rindan cuentas por el desempeño de sus funciones y, a su vez, rinde cuentas a la ciudadanía.