“Una generación sin pornografía se dedicará más al deporte y al estudio”. De esta manera, el congresista Yonhy Lescano (Acción Popular) defiende el proyecto de ley –que presentó el pasado 21 de diciembre– para restringir en nuestro país el acceso a los contenidos pornográficos a través de Internet.
Según la iniciativa legal 00825-2016, con la prohibición de la pornografía en páginas web y otras plataformas virtuales se evitará “una afectación a la salud mental y a la educación sexual de las personas”, así como “un factor que incentiva los delitos sexuales”.
El documento fue ingresado a las comisiones de Transportes y Comunicaciones, y de Mujer y Familia el 26 de diciembre, aunque recién podría ser debatido en la próxima legislatura, que comienza en marzo.
—Sobre la salud mental—
En la exposición de motivos de su proyecto de ley, Lescano argumenta que prohibir la pornografía en Internet era “una necesidad” para la protección del desarrollo físico y mental de los peruanos. Asimismo, indica que estos contenidos generan adicción y conductas agresivas, entre otras patologías psicológicas. Sin embargo, no cita ningún estudio que avale tales afirmaciones.
Para Humberto Castillo, ex director del Instituto Nacional de Salud Mental, atribuir a la pornografía el origen de algunas conductas patológicas es un exceso. “Este tipo de contenidos podría limitar a una persona en su desarrollo emocional, pero para ello deben existir condiciones previas como la ansiedad o la depresión. La pornografía en sí misma no genera adicción ni una conducta violenta”, agrega.
En la misma línea está Ricardo Bustamante, presidente de la Asociación Psiquiátrica Peruana, quien indica que no existen fuentes científicas que demuestren de manera concluyente lo expuesto por el congresista.
Consultado al respecto por El Comercio, Lescano dice: “No necesito consultar a los psiquiatras. Solo me basta con pasear por las calles para ver cómo están los niños, las generaciones. Voy a las cabinas de Internet para ver la realidad [sobre los efectos de la pornografía]”.
—Sobre el aspecto legal—
En los artículos 2 y 3 de su proyecto de ley, Lescano plantea que las empresas proveedoras del servicio de Internet instalen bloqueadores que impidan la visualización de páginas web con contenido pornográfico. De incumplirlo, no podrían renovar sus autorizaciones en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
El parlamentario cita como ejemplo el caso de Corea del Sur, donde el gobierno obliga al proveedor de servicios de Internet a bloquear el acceso a contenidos pornográficos, de violencia sexual o de acoso cibernético.
Víctor García Toma, ex presidente del Tribunal Constitucional, considera que aplicar esa disposición sería complicado, ya que se requerirá de alguna entidad estatal para determinar qué contenido es pornográfico o no. “El gran problema es que un adulto tiene todo el derecho de consumir estos contenidos si así lo desea”, dice.
Para el constitucionalista Samuel Abad, la propuesta de Lescano pretende “una regulación estatal desproporcionada”, la cual vulneraría la libertad individual. “Si se quiere proteger a los menores de edad, hay un marco legal vigente”, agrega.
Actualmente, las leyes 28119 y 29139 prohíben el acceso de menores a páginas web con contenido pornográfico en las cabinas de Internet, y obliga a sus administradores a instalar bloqueadores. También está la Ley de Delitos Informáticos, que establece penas de hasta 15 años para quienes exhiban o fabriquen material con pornografía infantil.
Según dice Lescano a El Comercio, este marco legal “no ha detenido ningún delito”, y asegura que sí lo lograría su proyecto de ley a través de una restricción definitiva del contenido pornográfico en Internet.
—Datos—
46% de la población de 6 y más años de edad tiene acceso a Internet en el Perú, según estadísticas del INEI (a marzo del 2016).
69% de los usuarios peruanos de Internet confía en este medio de información, de acuerdo a una encuesta de GfK (de octubre del 2015).