El Ejecutivo prorrogó, por 60 días calendario, el estado de emergencia en los distritos de Tambopata, Inambari, Las Piedras y Laberinto, de la provincia de Tambopata; y en los distritos de Madre de Dios y Huepetuhe, provincia de Manu, región Madre de Dios. El objetivo de esta medida es cautelar el orden interno, así como preservar los derechos constitucionales de la población.
El Decreto Supremo Nº 026-2020-PCM publicado hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano agrega que la medida regirá a partir del viernes 14 de febrero. La norma subraya que la Policía Nacional del Perú mantendrá el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas en los distritos de Madre de Dios.
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Según el dispositivo durante ese plazo se continuará las operaciones policiales para detectar, ubicar, capturar y desarticular las organizaciones criminales que vienen operando en Madre de Dios.
La norma indica que durante la prórroga del estado de emergencia quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) apartado f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.
Su intervención se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, y en el Decreto Legislativo N° 1095, Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional, respectivamente.
El presente Decreto Supremo es refrendado por el presidente de la República, Martín Vizcarra y el titular del Consejo de Ministros, Vicente Zeballos; y los ministros involucrados.