Hasta con diez años de internamiento en un Centro Juvenil serán sancionados los adolescentes de entre 16 y 18 años de edad que cometan sicariato. La pena mínima es de 8 años. Así lo establece el nuevo Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes creado por el Decreto Legislativo 1348 publicado en el diario El Peruano. Esta norma forma parte de del paquete de leyes emitido por el Ejecutivo a través de las facultades legislativas que le cedió el Congreso.
El nuevo código, que cuenta con 183 artículos, especifica que si el menor que comete el sicariato, tiene entre 14 y 16 años de edad, la pena variará entre los 6 y 8 años de internamiento.
La misma figura se aplicará a los adolescentes que cometan violación sexual a un menor de edad seguida de muerte o lesión grave. Esto podría aplicarse, por ejemplo, a la violación sexual que cometió un grupo de jóvenes, entre ellos dos menores de edad, contra una joven de 16 años que falleció luego de ser ultrajada, en Ayacucho.
Reducen penas para otros delitos
Pese al endurecimiento de las penas a los menores que cometan los delitos de violación sexual a menor de edad seguida de muerte y sicariato, la nueva norma ha reducido las sanciones a los adolescentes que cometan otros delitos. Según se explica en el decreto, estas modificaciones se deben a las recomendaciones que emitió el Comité de los Derechos del Niño de la ONU, respecto al Decreto Legislativo 1204, emitido en el 2015, y que modificaba el Código de los Niños y Adolescentes para regular las sanciones a adolescentes infractores de la ley penal y su ejecución.
Con el mencionado decreto, se elevaron las sanciones a los menores de entre 16 y 18 años de edad que cometieran homicidio calificado, feminicidio, extorsión, pandillaje pernicioso o violación sexual, o que integren alguna organización criminal. La pena máxima pasó a ser de 10 años de internamiento. El comité pidió la derogación de la norma al considerar que no protegía los derechos de los menores.
En la nueva norma publicada hoy, las sanciones a los mismos delitos se han disminuido a penas entre 4 y 6 años de internamiento para los adolescentes de entre 16 y 18 años de edad.
Otro de los cambios establecidos es que cuando el adolescente infractor adquiera la mayoría de edad durante el cumplimiento de la internación ya no será trasladado a un centro penitenciario sino que permanecerá en el Centro Juvenil hasta el cumplimiento de la medida. Solo serán trasladados aquellos menores con previo informe fundamentado sobre la seguridad de su internamiento.
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