Karem Barboza Quiroz

, presidente del (TC), dijo, en entrevista con El Comercio, que otorgaron de manera rápida la medida cautelar a favor del por el caso de la cuestión de confianza, para “evitar que se produzca una disolución que puede ser cuestionable”.

Se han dictado dos decisiones: La admisión de la demanda competencial del Congreso contra el Ejecutivo y la medida cautelar ¿No es cotidiano que el TC acepte dictar una medida cautelar, verdad?

Es una situación extraordinaria. El Tribunal Constitucional no está para decir qué es lo que tienen que hacer los órganos constitucionales porque, en teoría, los órganos constitucionales conocen la Constitución, me refiero a los poderes públicos; saben lo que dice la Constitución, actúan en el marco de la Constitución y la ley y ellos desarrollan sus competencias y funciones.

Ahora, acá ha habido un conflicto y en el marco de este conflicto de competencias el tribunal ha admitido la demanda y esto va a tener un procedimiento que culminará, como máximo, el 8 de marzo -del 2023-. Pero no quiere decir que vamos a dictar la resolución ese día, podría ser antes.

¿La medida evitará que el Ejecutivo pueda contabilizar -la decisión del Congreso sobre la cuestión de confianza- con miras a un cierre del Parlamento?

La medida cautelar, lo que hace, es suspender los efectos del acta, de la interpretación, de la postura que tiene el Ejecutivo, que el rechazo in limine de la improcedencia manifiesta de su cuestión de confianza, eso constituye la primera denegación de confianza a los efectos del artículo 134 que es el que permite disolver constitucionalmente el Congreso. Entonces, en estos momentos eso no se va a computar como primera.

¿Eso quiere decir que si el presidente Pedro Castillo quisiera plantear una segunda cuestión de confianza y esta es rechazada, habría imposibilidad de cerrar el Congreso?

Claro, efectivamente. No podrían cerrar el Congreso, porque están suspendidos los efectos hasta que nosotros resolvamos el tema de fondo. El tema de fondo aquí es, quién interpreta, quién tiene la competencia para decidir si es que hay una denegación de la cuestión de confianza para los efectos del artículo 134, porque ese es el tema de fondo allí, la disolución del Congreso.


El presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Morales, sostuvo que muchas veces la lucha entre los poderes puede ser encarnizada, pero lo importante es que la República no caiga. (COMPOSICIÓN DE EL COMERCIO)
El presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Morales, sostuvo que muchas veces la lucha entre los poderes puede ser encarnizada, pero lo importante es que la República no caiga. (COMPOSICIÓN DE EL COMERCIO)
/ EL COMERCIO

El Pleno del TC ha tomado como sustento lo que dijo el entonces primer ministro Aníbal Torres sobre que sí hubieran querido cerraban el Congreso. Explíquenos mejor este argumento…

Primero que en este conflicto de competencias hay un acto. Ese acto que supuestamente invadiría o le quitaría competencias al Congreso, ese acto está expresado en el acuerdo del Consejo de Ministros. Ese es el punto que nos lleva a conceder la medida cautelar. Las citas a la sustentación del presidente del Consejo de Ministros son teorías argumentativas para indicar que hay una secuencia. Y claro, en el Parlamento, la oralización de los actos es muy importante. O sea, él está manifestando una voluntad política. No es lo mismo que alguien opine libremente y cuando va el presidente del Consejo de Ministros, que como usted sabe, tiene voz en el Congreso; hay una oralización de la voluntad política. El acto concreto que vamos a evaluar en el proceso, es el Acuerdo del Consejo de Ministros.

Pero el solo hecho que el primer ministro diga que si quieren pueden cerrar el Congreso…

Pero más que eso, es lo que él señala, que se pueden presentar sucesivas cuestiones de confianza, alternativas, entonces hace su propia interpretación; y todo eso va a ser analizado.

Ahora, esa posición de que pueden presentar la cuestión de confianza cuando quieren porque tiene esa facultad… Si fuese así, ¿no sería un abuso en el uso de este mecanismo?

La cuestión de confianza es una figura traída del parlamentarismo. Si el Parlamento no les da la cuestión de confianza tienen que dimitir, se cae el gobierno. Entonces, es una cuestión muy seria. Claro, lo que pasa es que se usa un argumento absurdo de que podrían presentar sucesivas cuestiones de confianza, pero ningún país de régimen parlamentario hace eso. Hay una que es obligatoria, que es cuando se presenta un nuevo presidente del Consejo de Ministros.

Está por suceder que la señora Betssy Chávez, primera ministra, acuda a pedir la confianza y si se le niega…

No se podría computar la primera. En términos de la decisión del Tribunal Constitucional de la medida cautelar, de nuestra orden, que esperamos que la cumplan, como debe ser, esa no se computa.

¿El TC ha dictado la medida cautelar ante peligro o riesgo futuro que pueda ocurrir?

Claro. La historia nos enseña que la situación de la denegatoria de confianza para los efectos del artículo 134 (de la Constitución) que es el que permite disolver constitucionalmente el Congreso, eso nunca se había dado. Solo se dio en el gobierno de Pedro Pablo Kuczynski y Martín Vizcarra.

Durante ese gobierno hubo una denegación expresa al ministro (Fernando) Zavala, entonces quedaba una más. El problema vino cómo se debía interpretar (la segunda), entonces se dijo que se interpretaba como una ‘denegatoria fáctica’, disolvemos. Fue inmediato, pero el tribunal intervino cuando ya se habían producido los hechos. Incluso, se podría hablar de que había un daño que se hizo o que el daño era irreparable, porque se convocaron a elecciones. Entonces, ese ejemplo, nos permite ahora actuar rápidamente, evitar que se produzca una disolución que puede ser cuestionable. Si va a haber una disolución, tiene que ser constitucional y por eso es que hemos dicho, un momento, hasta que resolvamos esta controversia se evaluará.

Usted ha comentado que tienen hasta el 8 de marzo para resolver la controversia ¿podría ser antes de eso?

He visto que me han citado mal allí. Yo he dicho que el tribunal tiene como plazo máximo legal para resolver este caso, hasta el 8 de marzo. No quiere decir que lo vamos a resolver el 8 de marzo. Se computa desde el 2 de diciembre unos 30 días hábiles para que conteste (el Ejecutivo). Con la contestación tenemos 10 días hábiles para la audiencia, después de eso ya estamos expeditos para resolver. Va a ser lo más pronto posible.

¿Qué pasa si al final el TC resuelve que el Parlamento tenía la razón y el Ejecutivo se atribuyó una facultad que no era de su competencia?

Se confirma lo que se dice en la medida cautelar. O sea, que no se compute como una denegación de la confianza para los efectos del artículo 134.

¿Y cómo queda el acta que firmaron los Ministros asumiendo y refrendando esa posición con el presidente de la República?

Ya me está haciendo adelantar la sentencia. Ese es otro debate que está ahorita.

¿Pero ustedes se van a pronunciar sobre ello, porque está implícito que al analizar un acto del Ejecutivo tendrán que ver esa acta?

Eso es parte, vamos a tener que evaluar esas cosas.

Le preguntaba porque finalmente cuál sería la situación de los entonces ministros que firmaron el acta…

No puedo decirlo, porque me está pidiendo que adelante juicio.

¿Pero qué dice la Constitución?

Soy el presidente (TC) pero me estás pidiendo que adelante.

¿Se van a pronunciar sobre ello, si hubo o no una infracción constitucional?

Ahorita hay un término de la discusión sobre la cuestión de confianza. Aquí lo que ha sido demandado es quién tiene la competencia. Luego, hay otras cuestiones ulteriores que es lo que se está debatiendo ¿quiénes? Los juristas, los parlamentarios. Algunos dicen que habrá consecuencias jurídicas, que hay responsabilidad; bueno, eso lo veremos. Recuerda que solo hemos concedido una medida cautelar, ni siquiera hemos tenido la contestación del Ejecutivo.

Algunos ministros como Alejandro Salas han calificado de apresurada la emisión de la cautelar del TC ¿cómo toman esta posición?

Como está establecido y reconocido en la Constitución del Perú, todas las personas pueden hacer críticas a nuestras decisiones. Nosotros las escuchamos, valoramos y ponderamos. Pero en defensa de nuestra decisión, podríamos decir que es justamente al revés. Esto ameritaba una decisión inmediata. Una vez que hubo el acuerdo, fue una decisión unánime. La situación impredecible de incertidumbre si es que se computaba como primera denegación y era en los términos del (ex) presidente del Consejo de Ministros, el señor Torres, el Ejecutivo podría haber interpretado que podía disolver el Congreso. Es una situación grave para la República.

¿Es la primera vez que se analizará y se establecerá quién tiene la facultad de interpretar una denegatoria de confianza?

Exactamente, este conflicto de competencia es para eso. Muchas veces se dice que (el TC) es un árbitro, pero en realidad no es un árbitro, es un órgano constitucional que va a interpretar quién tiene la competencia.

¿Será solo para este caso o se va a establecer una regla para las posteriores situaciones?

Se va a interpretar para casos futuros, porque se va a interpretar adecuadamente la Constitución. La idea es que sirva para casos futuros, hay que marcar una pauta.

No quiero terminar sin preguntarle sobre algo que también comentó el ministro Salas. Que el TC es elegido por el Congreso y por ende tiene un tinte político…

Bueno, la elección está a cargo del Congreso; la elección, quizás, puede tener un tinte político o forma parte del proceso político, pero los magistrados somos jueces. El sistema de elección de las altas cortes en todos los países del mundo es hecha por los Congresos, Parlamentos, por los presidentes, entonces la elección tiene un matiz político. El tema es que cuando tú eres electo, tienes solo una obligación con la Constitución y la ley y debes garantizar independencia e imparcialidad. Pero si lo que se ha dicho fuera cierto, cómo es posible que hayamos anulado la decisión del Congreso de procesar al presidente de la República por traición a la patria.

¿Decir que no se había seguido bien dicho proceso, porque se habían violado ciertos derechos, es porque el Congreso se equivocó?

Sí pues, pero todos se equivocan. Pero lo importante es que si uno se equivoca, hay que corregirlo.

El presidente Castillo ha sido citado por el Congreso para el miércoles a fin de que ejerza su defensa y/o con su abogado, ante una nueva moción de vacancia ¿Debería acudir?

Me abstengo de opinar.

No considera que, en aras de mostrar que se puede confiar en él, ¿debería ir?

Somos jueces, somos imparciales, no participamos de la dinámica política, no doy consejos.

Pero el TC es la entidad que busca que los poderes tengan una relación cordial, que midan sus fuerzas de manera adecuada…

A veces la lucha política es encarnizada, a veces los conflictos políticos pueden ser duros, usar los mecanismos de la Constitución, pero lo importante es que no se destruyan, lo importante es que la República no se caiga, lo importante es que el marco constitucional y legal no se caiga y no vuelva en pedazos.

Está bien, que no se caiga, pero ya están en constante enfrentamiento y tienen a la sociedad en esta constante zozobra ¿debe tener un límite, verdad?

Hay límites que están establecidos en la Constitución. Entonces, cuando ellos ya no pueden llegar a un punto de acuerdo, en algunos casos acuden al Tribunal, en algunos tendrán que ponerse de acuerdo…

Y en otras se disuelven o se vacan…

Y en otros casos se producen situaciones terribles y la historia del Perú ha sido un ejemplo de ello y de Latinoamérica, y eso debemos evitar. Si hay algo que podría decir como presidente del Tribunal Constitucional, que vemos esto desde la perspectiva de un órgano jurisdiccional, es que hay que ser sensatos, hay que evaluar y tomar las cosas con calma. No dejar que las pasiones del momento afecten el futuro y la continuidad del país.

¿Qué sucede si esta semana se produce una vacancia?

Bueno, la Constitución prevé cuáles son los mecanismos sucesorios.


Presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Morales, hizo un llamado al Ministerio de Economía para dialogar a fin de que puedan tener una partida que les permita implementar su local de San Isidro, cuyo edificio fue comprado hace seis años y hasta ahora no pueden mudarse.(Foto: Hugo Pérez/GEC)
Presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Morales, hizo un llamado al Ministerio de Economía para dialogar a fin de que puedan tener una partida que les permita implementar su local de San Isidro, cuyo edificio fue comprado hace seis años y hasta ahora no pueden mudarse.(Foto: Hugo Pérez/GEC)
/ Hugo Perez


La semana pasada usted acudió al Congreso para sustentar su presupuesto y ha pedido un monto adicional de S/ 900 mil para implementar su nueva sede en San Isidro…

Esa es una de nuestras preocupaciones. Este local se compró en el año 2016, pero hace seis o siete años que no se puede implementar. Se hizo un proyecto anterior que en la actual coyuntura de crisis no hay fondos y en estos momentos, este local no se puede habitar. Entonces, queremos que se le hagan algunos arreglos para que se pueda utilizar y los funcionarios estimaron que ese monto era suficiente, pero estamos dispuestos a que nos den las partidas. No nos han dado nada y estamos apenados por eso porque el Tribunal Constitucional merece una sede decente.

¿Esto depende de quién?

Del Ministerio de Economía y Finanzas que asigne recursos. Hago un llamado al ministro de Economía, al viceministro de Hacienda a que, por favor, vengan aquí, que vean in situ, para resolver esto, asignar unos fondos mínimos. El tribunal hace siete años que no puede habilitar este local.