La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema concedió el recurso de apelación que presentó el expresidente Pedro Castillo, con el que busca -una vez más- anular su prisión preventiva por 18 meses que se le impuso en diciembre del 2022 por presunta rebelión, al haber encabezado un golpe de Estado.
A través de una “cuestión previa” el expresidente y su defensa insisten en cuestionar el proceso de su detención, formalización de investigación preparatoria y posterior prisión preventiva, según la resolución a la que accedió El Comercio.
Dicho recurso ya había sido rechazado en primera instancia por el juez de investigación preparatoria Juan Carlos Checkley.
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“Que el encausado Castillo Terrones en su recurso (...) instó se revoque el auto que desestimó la cuestión previa y se la declare fundada. Alegó que el auto recurrido no respetó la garantía del antejuicio político para un presidente de la República, fijada por el artículo 100 de la Constitución”, indica la resolución emitida por el colegiado.
El tribunal, presidido por el juez supremo César San Martín, deberá fijar fecha para realizar la audiencia pública con la concurrencia de las partes.
Según el petitorio, la defensa de Castillo Terrones argumenta la no existencia del proceso de antejuicio político establecido en los artículos 99 y 100 de la Constitución Política y 89 del Reglamento del Congreso de la República.
Por ello, solicita que “se anule todo lo actuado incluyendo las resoluciones N° 001-2022-2023- CR de 07/12/2022 y 002-2022-2023-CR de 11/12/2022″ emitidas por el Congreso de la República que declaraban su vacancia y promovían la acusación constitucional.
Por ello, pide que, a través de la cuestión previa, “se anule todo lo actuado inclusive la formalización de la investigación preparatoria” y “solicitó asimismo la inmediata libertad de su patrocinado Castillo Terrones”.
“Declararon bien concedido el recurso de apelación interpuesto por el encausado José Pedro Castillo Terrones contra el auto de primera instancia de fojas setenta y tres, de 27 de enero de 2023, que declaró infundada la cuestión previa que dedujo; con todo lo demás que al respecto contiene. En el proceso penal seguido en su contra por delito de rebelión, conspiración de rebelión y abuso de autoridad en agravio del Estado, así como perturbación de la tranquilidad pública en agravio de la Sociedad”.