Organización criminal, tráfico de influencias, cohecho pasivo específico, cohecho activo específico, encubrimiento personal y real, y falsedad ideológica son los presuntos delitos por los que deberá responder Patricia Benavides, por presuntamente haber liderado una red criminal durante su gestión como Fiscal de la Nación.
Esto debido a que la Fiscalía Suprema Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, a cargo de la fiscal suprema Delia Espinoza, abrió una investigación preliminar en contra de la suspendida exfiscal de la Nación.
Benavides Vargas deberá concurrir a declarar ante el despacho de Espinoza el próximo jueves 25 de enero, fecha en la que fue citada para ser interrogada.
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El plazo inicial para realizar las diligencias será de seis meses, pero este puede ser ampliado teniendo en cuenta la complejidad del caso.
Los argumentos que dan pie al inicio de esta investigación se centran en la presunta organización criminal que habría operado en el Ministerio Público (MP) durante la gestión de Benavides, y que tuvo como ejecutores a sus exasesores Jaime Villanueva, Miguel Ángel Girao Isidro y Abel Hurtado Espinoza.
A través de estos últimos, la funcionaria habría pactado con congresistas el apoyo político -a través de sus votos- para lograr la destitución e inhabilitación de la exfiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, la elección del defensor del Pueblo Josué Gutiérrez y la remoción de los integrantes de la Junta Nacional de Justicia (JNJ); ofreciendo para ello a los parlamentarios el archivamiento de sus investigaciones en curso en la Fiscalía de la Nación.
Como se recuerda, Jaime Villanueva Barreto, el exhombre de confianza de Benavides, se acogió a la colaboración eficaz ante el Equipo Especial de Fiscales Contra la Corrupción en el Poder (Eficcop), luego de ser detenido en noviembre del 2023. Ante la fiscalía confesó haber operado por orden de Benavides; y no solo admitió, también proporcionó las conversaciones por WhatsApp que sostuvo con algunos congresistas contactados por la red criminal.
Según fuentes de El Comercio, tras el análisis de los hechos, la fiscal Delia Espinoza Valenzuela consideró que existían indicios de conductas delictivas desplegadas por la exfiscal de la Nación.
Como se recuerda, Espinoza fue autorizada por el fiscal de la Nación interino Juan Carlos Villanueva para que conozca los hechos vinculados a los funcionarios aforados (altos funcionarios) que pudiesen estar implicados en los hechos investigados en la carpeta 1228-2023, a cargo del Eficcop.
De los hechos y delitos
Para la consideración de una presunta organización criminal, la fiscalía ha determinado que Benavides habría conformando una “cúpula de poder” con ella a la cabeza como “líder y jefe”; y que habría actuado a través de sus operadores en diversos hechos delictivos e instrumentalizando el poder constitucional que ostentaba su cargo como fiscal de la Nación.
Según los argumentos iniciales de la investigación; a través de sus asesores, especialmente Jaime Villanueva, la exfiscal de la Nación también habría buscado influenciar en un grupo de congresistas de la República, para que voten a favor de sus intereses.
Esto es, lograr la destitución e inhabilitación de Ávalos Rivera, con quien ya había tenido conflictos internos en el Ministerio Público; la remoción de los miembros de la JNJ, quienes tenían investigaciones en su contra; la elección de Gutiérrez como defensor del Pueblo, para que luego pueda participar de la elección de nuevos integrantes de la JNJ que archiven sus casos o no la destituyan del cargo de fiscal suprema.
En presunta retribución o contraprestación, Benavides Vargas habría decidido archivar las investigaciones que tenían ante la Fiscalía de la Nación, aquellos congresistas que votaron a favor de sus intereses. Uno de estos casos sería el archivo de la carpeta fiscal de la investigación conocida como “Los Niños 3″.
En su proceso de colaboración eficaz, Villanueva Barreto entregó diversas conversaciones de WhatsApp con congresistas que datan de inicios de mayo del 2023, y donde el exasesor asegura hablar autorizado por Benavides. El contexto de los diálogos es sobre la elección del defensor del Pueblo, y lo importante de este proceso pues quien sea electo presidiría la comisión para la elección de la JNJ.
Lo cierto es que, el 17 de mayo del 2023, el Pleno del Congreso eligió a Josué Gutiérrez como defensor del Pueblo, lo cual fue celebrado por el operador de la exFN.
“Portero cambia a verde, tenemos defensor. Ahora falta la lagarta, con los mismos votos. Contundente”, escribía.
Y, precisamente, días previos a la fecha (25 de mayo del 2023) en que se debatiría la propuesta de destitución de Ávalos Rivera como fiscal suprema, según los chats aportados por el aspirante a colaboración eficaz, las reuniones y conversaciones para obtener los votos a favor de la remoción se encaminaban.
El 24 de mayo, Villanueva compartió con el congresista interlocutor un documento sobre la proyección de voto, segmentando aquellos que por entonces eran investigados en el caso “Los Niños 1″, “Los Niños 2″ y “Los Niños 3″ en la FN.
El debate no se realizó en la fecha prevista. Por lo que el 6 de junio del 2023, el congresista interlocutor le escribe a Villanueva indicándole que sus colegas “querían una señal de archivo de sus investigaciones”. El exasesor de Benavides respondió que ya todo estaba listo y que eso saldría para el viernes 9 de junio del 2023.
Fue finalmente el 15 de junio que la entonces fiscal de la Nación, Patricia Benavides, emite la Disposición Nro 02, concluyendo que no había mérito para promover investigación preliminar contra 37 congresistas implicados en el Caso Los “Niños 3″.
El 21 de junio, el Pleno de Congreso aprueba la remoción e inhabilitación de Ávalos Rivera. Y, ese mismo día, Villanueva, “la voz autorizada para hablar en nombre de la Fiscal de la Nación”, pedía que publiquen la resolución para colocar al accesitario de Ávalos ante la Junta de Fiscales Supremos y esta no pueda regresar mediante una cautelar.
Todo los hechos anteriores habrían dado pie para que la fiscalía suprema tipifique, inicialmente, los presuntos delitos de tráfico de influencias, cohecho pasivo específico y, cohecho activo específico.
Ello, sumado también a los presuntos actos ordenados por Benavides para apoyar la remoción de los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) propuesta por la congresista de Avanza País, Patricia Chirinos.
La vinculación con este hecho queda registrada en otro chat de Villanueva, donde le envía a su interlocutor un documento denominado “Análisis Caso Remoción.docx”.
El chat, analizado por el Equipo Especial de la Policía que apoya al Eficcop, ya había detectado que dicho documento fue elaborado y guardado por “FN” (es decir la Fiscalía de la Nación) el 6 de noviembre del 2023.
Finalmente, sobre el alegado encubrimiento personal y real, así como falsedad ideológica; se desprende de la declaración del aspirante a colaborador eficaz, Jaime Villanueva, quien narró que fue Benavides Vargas quien lo alertó de que la fiscalía lo detendría. A través de una llamada desde su número +515103249813 (Signal), dijo el exasesor, la exfiscal de la Nación le ordenó que se interne en la Clínica San Pablo para evitar su detención y que esta ya había coordinado con un médico de apellido “Vargas” para que se emitan los documentos de su hospitalización en dicho centro médico.
Caso debe centrarse en demostrar su participación
Andy Carrión, abogado especialista en derecho penal, saludó que la Fiscalía haya abierto la investigación contra Patricia Benavides, puesto que “ese era el círculo que debía cerrarse”.
“Ya que no podía haber una investigación en las fiscalía provinciales, donde ella (Benavides) era considerada la líder de una organización criminal, pero que no estaba siendo investigada”dijo.
De otro lado, dijo llamarle la atención la cantidad de delitos por los que se abrió la investigación contra la exfiscal de la Nación, que parte por organización criminal, va hacia tráfico de influencias, cohecho, falsedad y otros. No obstante, consideró que ello es válido cuando se inicia la investigación, para luego especificar cuáles se configurarían.
También observó, como delito puntual, el de cohecho pasivo y el cohecho activo, indicando que un funcionario público no puede cometer los dos delitos a la vez. O bien, es quien soborna o quien se deja sobornar, pero no los dos al mismos tiempo.
“Salvo que la hipótesis vaya por el lado de que, al solicitar el apoyo de los congresistas esto ya es una dádiva, pero a su vez ella se dejó solicitar una dádiva por parte de los congresistas, que es el archivo de sus casos, como relación bilateral. Pero es una investigación inicial y se irá aclarando conforme vayan realizándose las diligencias”, sostuvo.
Carrión Zenteno consideró que debido a que se trata de diversos hechos con delitos independientes, como la destitución de Zoraida Ávalos, los presuntos delitos cometidos por el intento de remoción de la Junta Nacional de Justicia, los hechos por la elección de Josué Gutiérrez como defensor del Pueblo, el archivo de las investigaciones de los congresistas; estaríamos frente a un concurso real de delitos.
“Por tanto, teniendo en cuenta que el tráfico de influencias se sanciona de 4 a 6 años de pena, el delito de falsedad puede llegar a los 6 años, el de organización criminal puede ser de 8 hasta los 15 años, el cohecho activo y pasivo también llegan hasta los 8 años de pena privativa de libertad; entonces al sumarlo superaría los 35 años de cárcel.”
Aldo Cárdenas, abogado penalista del Estudio Linares, también puntualizó sobre la imputación del presunto delito de cohecho pasivo específico, señalando que es un delito especial y de infracción del deber.
“Es un delito que requiere del funcionario público; específicamente del fiscal, haber omitido labores propias que le competen al cargo. O sea, un deber exigido dentro de su ley orgánica, de su reglamento, que permita influir en las decisiones que pueda tomarse de acuerdo a su cargo (persecución penal del delito)”, indicó.
Según el especialista, la fiscalía deberá de centrarse en ubicar a Benavides Vargas dentro de la presunta organización criminal que habría liderado. Es decir, cuál fue su participación exacta, ya que se deben analizar cuáles son los roles de cada uno de los integrantes que la supuesta red criminal habría tenido.
“Ateniendo a que uno de los elementos tipos, es que los actos se habrían realizado por su decisión (de Benavides). O sea, ‘si ustedes archivan el caso de la señora Zoraida Ávalos, el tema de la Junta Nacional de Justicia, yo podría archivar ( sus casos)’. Entonces, ese nexo causal se tendrá que determinar objetivamente para poder imputarle responsabilidad por los delitos”, indicó.
Respecto al peso de las declaraciones del exasesor Jaime Villanueva, en un proceso de colaboración eficaz, Cárdenas Peña indicó que ello está sujeto a la corroboración de su versión; y si bien influyen en la investigación, no son determinantes.
Existen defectos
Juan Peña, abogado de Patricia Benavides, precisó que si bien no pueden cuestionar la disposición fiscal de inicio de investigación preliminar, puesto que son inimpugnables, consideró que existen defectos en la misma.
El letrado cuestionó que después de varios meses de investigación se trate de un caso “fofo”, alegando que el caso original en la fiscalía provincial, cuenta con un aspirante a colaborador eficaz, allanamientos fiscales y con corroboraciones.
“Vemos que son varios delitos, como cohecho pasivo y también el activo. Hay varios defectos de esta disposición que seguramente en la investigación preliminar se podrán subsanar y se podrá identificar cuál es el delito que creen que se ha cometido”, expresó.
Respecto a la tutela de derecho que presentaron ante el Poder Judicial, explicó que no solicitaron una audiencia, sino que el juez se comunique con la fiscalía para poder acceder a la carpeta fiscal de investigación.
De otro lado, señaló que la acreditación de siete abogados en el caso, se debía a que tienen la intención de participar activamente en las diferentes diligencias, por lo que rechazó que quieran “avasallar la carpeta fiscal” vinculada a su patrocinada.
“Hemos estado predispuestos a que se abran investigaciones, siempre y cuando sea el mecanismo correcto. Si encontramos que hay algún abuso en alguna de ellas o alguna inconsistencia, ejerceremos el derecho de defensa o los mecanismos que se crea conveniente para poder subsanar eso, pero siempre respetando la ley.”