"La unión civil no colisiona con la Constitución, pero..."
"La unión civil no colisiona con la Constitución, pero..."
Redacción EC

ROCÍO LA ROSA

En medio del debate, a favor y en contra, de la entre personas del mismo sexo, el doctor en Derecho, Mario Castillo Freyre, invoca a la mesura y desapasionamiento para encontrar una solución al tema. ¿Debe someterse a referéndum? ¿Es viable lo planteado por ? ¿Se debe aprobar el proyecto en cuestión tal y como está redactado? Aquí sus respuestas.

¿Colisiona con nuestra Constitución el proyecto de la unión civil no matrimonial entre personas del mismo sexo?
La Constitución no lo señala específicamente, aunque pre supone cuando habla de la unión civil, y dice que es entre hombre y mujer. El proyecto no constituiría una violación expresa a la Constitución porque no habla de matrimonio sino de algo parecido al matrimonio a lo que llaman unión civil. Entonces, no se requeriría de una modificación constitucional ni por el Congreso ni por referéndum.

¿Entonces no es viable la propuesta del cardenal Juan Luis Cipriani a favor de un referéndum?
El que no se requiera una modificación constitucional en el tema, no implica que no pueda plantearse un referéndum para ver si se regula o no el tema mediante una ley, como este caso y como lo ha planteado el cardenal Cipriani. Porque el referéndum no es para modificar la Constitución sino sobre el proyecto. Eso es perfectamente posible, la propuesta del cardenal es posible y ajustada a la Constitución.

Se afirma que no se pueden someter a referéndum derechos humanos, como en este caso.
La Carta Magna solo prohíbe el referéndum cuando se habla de suprimir derechos fundamentales de la persona. Aquí no se trata de recortar derechos a nadie sino de ampliar derechos.

¿Se debería someter a referéndum un proyecto de esta naturaleza en el Perú?
No debe someterse a referéndum, pero no porque gane o pierda. Un tema tan importante no puede ser objeto de un debate como el que se está teniendo, este tema a mi juicio debe debatirse de manera seria, dejando de un lado y otro el activismo. Hay que reconocer que en derecho el otro tiene algo de razón. En el actual debate todo es blanco o negro. Así vamos mal. En democracia se deben buscar puntos de encuentro y más en un proyecto como este. Creo que el cardenal tiene razón en que se puede someter a referéndum, pero haciéndolo el tema se polizaría más.

¿Es oportuno que el Congreso resuelva el tema en este momento?
El Congreso no debe actuar apurado en estas circunstancias. Debería convocar a especialistas y recoger opiniones. Y así tomar una posición acorde a la Constitución y a los requerimientos de mayorías y minorías.

La creencia religiosa de algunos congresistas puede ser un factor en contra del proyecto...
Este es un tema de alto contenido moral y ético por el cual cada congresista votará de acuerdo a su conciencia y eso será válido.

¿En caso no prospere el proyecto en el Congreso, tienen alternativas las personas que reclaman la unión civil para no quedar desprotegidos?
Por supuesto y para eso no se tiene que modificar una coma de la legislación. Actualmente, existen mecanismos que mucha gente desconoce. Los bienes que compran dos personas con su esfuerzo son bienes que están en copropiedad y las personas que viven juntas en estas circunstancias deben registrarlos a nombre de los dos. Y en un testamento se puede favorecer a la persona que uno quiere respetando los límites que establece la ley. Es verdad que no es todo, ¿puede haber más derechos? Claro que sí, pero es un tema que debe discutirse con tranquilidad y sin apasionamientos. El país está siendo sometido a que el tema se maltrate y al ser un tema de derechos humanos no debe maltratarse.

PROYECTO COLISIONA CON EL CÓDIGO CIVIL
¿En lo personal, está a favor del proyecto de unión civil?
Tal como está redactado, no. Yo creo que es un proyecto que colisiona con la integridad y armonía del Código Civil, y que perfectamente los derechos que se piden reconocer podrían ser incluidos en otras normas de la legislación, incluyendo tres o cuatro párrafos al Código Civil.

¿En qué aspectos colisiona con el Código Civil?
En primer lugar crea un nuevo estado civil. Yo no se si eso se ha discutido lo suficiente. Actualmente los estados civiles son soltero, casado, viudo y divorciado. Se agregaría un quinto y nuevo estado: la unión civil no matrimonial. Además, el proyecto le da a los beneficiados mayores derechos de los que tienen hoy los concubinos. Habría que ver un tema de armonía en la legislación con lo que hay para estas personas (heterosexuales). Esto se está viendo como un tema aparte. Se podría solucionar agregándole cuatro párrafos a un solo artículo del Código Civil, el 326. Así se lograría el 80% de lo que pide este proyecto.

¿Qué derechos se plantea en la unión civil y que no tienen actualmente los concubinos?
En primer lugar se crea un nuevo estado civil, mientras que el concubino sigue siendo concubino. El concubino solo puede heredar a los dos años de convivir, la persona que contraiga la unión civil heredaría, si su pareja muere, al día siguiente. En el caso del concubinato la sociedad de bienes se forma recién a los dos años, en el otro caso al día siguiente de registrarse la unión civil. Yo creo que habría que estudiar si los concubinos también tendrían que tener más derechos, ya el año pasado se avanzó con el tema del derecho a la herencia.

¿Es bueno tener un quinto estado civil en nuestra legislación?
Yo no estoy de acuerdo, y lo digo de manera muy clara, con el matrimonio entre personas del mismo sexo y que se cree un nuevo estado civil. Sí estoy de acuerdo con que se otorgue una serie de derechos a las personas del mismo sexo que conviven o que quieren hacer una vida de convivencia, que no están regulados en la ley.

¿Cree que la unión civil es un primer paso para que luego se pida aprobar el matrimonio entre personas del mismo género?
No tengo ninguna duda y tienen todo el derecho de plantearlo.

LA FICHA
Mario Castillo Freyre es licenciado, magíster y doctor en Derecho por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Es especialista en Derecho Civil, Derecho Arbitral, Derecho de Seguros, Derecho Comercial y Regulatorio. En julio del 2000 fundó el estudio que lleva su nombre. También es árbitro en el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima, del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), del Colegio de Abogados de Lima, del Colegio de Ingenieros del Perú, y de la Pontificia Universidad Católica del Perú.  

Es catedrático de Derecho Civil desde 1990 (obligaciones y contratos) en la Pontificia Universidad Católica del Perú, Universidad Femenina del Sagrado Corazón y Universidad de Lima, y profesor honorario en diversas universidades del país y el extranjero.

Ha publicado más de cincuenta obras entre tratados e investigaciones y más de ciento cincuenta artículos especializados.