La Junta Preparatoria del Congreso ya se encuentra haciendo los preparativos para que la instalación de los integrantes del nuevo período sea el próximo lunes 16. Lo único pendiente para oficializar la fecha es que cuatro congresistas omisos se acerquen a llenar los formularios para su declaración jurada de bienes y rentas, un requisito obligatorio estipulado en el reglamento del propio Parlamento.
Los nombres de los legisladores, todos ellos de provincias, fueron confirmados por este Diario a través de fuentes del Congreso y contraloría. Ellos son los omisos hasta el cierre de jornada, hoy a las 6:00 p.m.
Congresista | Partido | Región |
---|---|---|
Hans Troyes | Acción Popular | Cajamarca |
José Ancalle | Frente Amplio | Arequipa |
Yván Quispe | Frente Amplio | Puno |
Angélica Pinedo | Fuerza Popular | Lima Provincias |
En un inicio, sumaban cinco los omisos con el legislador Mártires Lizana (Fuerza Popular, Piura), pero este se acercó -fuera del horario- al personal de la contraloría para entregar su documentación y poner su firma.
“Todos los demás ya están firmando [sus declaraciones juradas]”, refirieron las fuentes consultadas por El Comercio. Lo que se espera es que los cinco omisos se acerquen hasta mañana para culminar el proceso y poder anunciar oficialmente la fecha de instalación. Es por ello que, en su último comunicado donde hablaban de medidas preventivas sobre el coronavirus, indicaron que la instalación “se desarrollará en los próximos días”.
El Reglamento del Congreso estipula que estas declaraciones deberán presentarse a los treinta días de haber asumido el cargo. Sin embargo, no contempla los plazos cuando se trata de un período extraordinario tras una disolución. También contempla que la Oficialía Mayor publicará en el diario oficial El Peruano y en otro de mayor circulación, la declaración jurada de bienes y rentas y la declaración jurada de no estar incurso en las incompatibilidades consignadas en el artículo 92 de la Constitución Política del Perú.
Además de la declaración jurada de bienes y rentas, los congresistas están obligados a presentar una declaración jurada de situación financiera y otra de no estar incurso en las incompatibilidades consignadas en el artículo 92 de la Constitución Política del Perú (referidas a no ocupar otros cargos públicos ni participar en empresas que tengan contratos con el Estado.
“Los congresistas electos en tanto no cumplan con los requisitos señalados en el párrafo precedente, no pueden juramentar el cargo de congresista ni ejercerlo”, señala el reglamento parlamentario.
De acuerdo con lo informado por la Contraloría, al iniciar este procedimiento de registro de declaraciones juradas de los congresistas, la disposición del contralor Nelson Shack era que se trabaje de corrido hasta horario nocturno. Sin embargo, el personal tuvo que ceñirse al horario de trabajo que. cumple el personal administrativo del Congreso que es hasta las 6:00 p.m. Son pocos los congresistas que visitaron la propia sede de la Contraloría para cumplir con el registro su información.
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