Resolución fue aprobada por el pleno del ente electoral, que preside Víctor Ticona (al medio) e integran Ezequiel Chávarry, Luis Arce, Raúl Chanamé y Jorge Rodríguez. (Foto: JNE)
Resolución fue aprobada por el pleno del ente electoral, que preside Víctor Ticona (al medio) e integran Ezequiel Chávarry, Luis Arce, Raúl Chanamé y Jorge Rodríguez. (Foto: JNE)

El pleno del (JNE) aprobó ayer una resolución a través de la cual se inicia el proceso –en esta instancia– para las nuevas elecciones al convocadas por el presidente .

Mediante el dispositivo 150-2019-JNE, el ente electoral fijó el 30 de setiembre como fecha de cierre del padrón electoral para este proceso. Es decir, el día que se publicó el decreto con el cual se disolvió el Congreso y se anunció nuevos comicios para el domingo 26 de enero del 2020.

Los legisladores que resulten elegidos solo completarán el período del Legislativo disuelto (2016-2021).

Según conoció El Comercio, el pleno del JNE, que preside el magistrado , se ha declarado en sesión permanente.

En la resolución, la institución reconoce que, “como regla general”, todo proceso electoral debería durar un año, contado desde la fecha de cierre del padrón. No obstante, agrega, esto “no es posible aplicar” en este escenario, puesto que ahora solo hay un período de 118 días.

Por eso se advierte que en este proceso será “necesario adoptar medidas excepcionales”, a fin de conciliar “los hitos que establecen las leyes electorales con las actividades propias de la elección convocada”. También se resuelve solicitar información al Reniec respecto al padrón electoral.

—Las reglas de juego—

Fuentes de este Diario detallaron que el JNE “se encuentra evaluando” si es que llegarían a regir para este proceso las últimas reformas políticas promulgadas en agosto.

En total hay 24 partidos políticos de alcance nacional que están habilitados para participar en las elecciones del 2020.

Según explicó Alejandro Rospigliosi, experto en derecho electoral, todos estos criterios deberán estar establecidos en un reglamento, que deberá ser aprobado por el pleno del JNE.

Sin embargo, remarcó que los 130 integrantes del Congreso disuelto no podrán participar en las elecciones del 2020, ya que la ley que prohíbe la reelección fue aprobada por referéndum con anterioridad.

Similar postura tuvo José Tello, especialista en temas electorales, quien apuntó que “existen algunos vacíos legales”, por lo que este organismo deberá establecer qué normatividad se va a aplicar.

“No vamos a pedir que haya primarias abiertas y simultáneas. Vemos inviable que se pueda manejar esa normatividad. [...] Estamos frente a una elección particular y la normatividad se debe adecuar a estos tiempos”, refirió.

El constitucionalista Jorge Jáuregui subrayó que debe ser interpretación del JNE si los 24 partidos están obligados a presentar listas de candidatos, bajo prejuicio de perder su inscripción. Para él, sí lo están.

CRONOGRAMA:

FECHA
30/9/2019Se fijó esta fecha como cierre del padrón electoral. Los ciudadanos que cumplieron 18 años hasta ese lunes podrán votar en los comicios congresales.
7/10/2019El Reniec deberá remitir al JNE una “lista del padrón inicial”, a fin de realizar una primera evaluación de los posibles electores.
6/11/2019El ente registral deberá enviar el padrón electoral oficial (con las observaciones levantadas) y el JNE lo debe aprobar dentro de 10 días. Acto seguido, se envía a la ONPE para la impresión de las listas con los centros de votación.

LOS 24 PARTIDOS INSCRITOS EN EL ROP:

(Elaboración: El Comercio / Fuente: Jurado Nacional de Elecciones)
(Elaboración: El Comercio / Fuente: Jurado Nacional de Elecciones)

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